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NotaPublicado: Mié 21 Oct, 2015 12:33 pm 
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NotaPublicado: Sab 07 Nov, 2015 2:22 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

El Juzgado de lo contencioso administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado el recurso del fiscal Miguel Pallarés contra la orden de demolición parcial de su vivienda en urbanización arrecifeña de La Bufona dictada por la Agencia de protección del medio urbano y natural. Con esta sentencia, ya son cuatro los recursos que distintos Juzgados no han admitido respecto a otras tantas viviendas en la misma urbanización, también con orden de derribo.

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La Agencia ordenó en el año 2013 la demolición de algunos elementos construidos en suelo rústico de valor natural ecológico, como pérgolas, muros, terrazas o pérgolas, de 14 viviendas de ese plan parcial, que a su vez está fuera de ordenación porque fue anulado por el Tribunal Supremo. La Apmun considera que esas obras son ilegalizables, y una de esas casas pertenece al fiscal Miguel Pallarés, que hoy ejerce en Gran Canaria pero que fue fiscal coordinador de Arrecife.

Pallarés recurrió en los tribunales esa orden alegando en primer lugar que era un tercero de buena fe y basándose en tres aspectos: que el expediente estaba caducado, que también había caducado la acción de restablecimiento y que existía una falta de proporcionalidad en la orden de demolición. El Juzgado no le estima ninguno de los argumentos.

Sobre su condición de tercero de buena, la sentencia resalta otros fallos en los que se deja claro que esa condición "carece de trascendencia a los efectos de impedir la ejecución de una sentencia que impone la demolición del inmueble de su propiedad por no ajustarse a la legalidad urbanística".

Le recuerda que su protección jurídica podría venir por la vía de resolver los contratos de compraventa o a reclamar los perjuicios que le hayan ocasionado al responsable de ejecutar la infracción urbanística.

En este sentido, hay que recordar que, mientras que la promotora de la obra, Brisa Inversiones, alega que entregó las casas y que la sobras de ampliación, en suelo rústico, las llevaron a cabo los compradores, el fiscal alega que "las obras fueron ejecutadas con anterioridad a la adquisición de la vivienda" en el año 2000, aunque esta circunstancia para el Juzgado no es relevante "por cuanto dicha obligación recae sobre quien ostenta la condición de titular del bien".

El Juzgado tampoco acepta la caducidad, ni del expediente, que se inició en diciembre de 2012, ni de la acción de la Administración para el restablecimiento del orden jurídico infringido. Respecto a la calificación del suelo donde se hicieron las obras, Pallarés había aportado en su defensa un informe de un técnico de la Oficina del Plan Insular del Cabildo de Lanzarote, donde por otra parte trabajaba su esposa, copropietaria del inmueble.

En base a ese informe, la defensa de Pallarés alegaba que el suelo, según el PIO, es "suelo máximo delimitado para núcleos de población" y que por tanto existe una contradicción entre el PIO y el Plan General que ha de ser resuelta a favor del Plan Insular en virtud del principio de jerarquía entre planes".

Tampoco se da este argumento como válido puesto que la sentencia recalca que de ese informe no se desprende ninguna contradicción puesto que el técnico dejó claro que el PIO no clasifica suelo en ese ámbito "sino que es el planeamiento municipal el que establece la clase de suelo".

"Debe concluirse, por tanto, que es la propia normativa del PIO la que remite a la clasificación del suelo efectuada por el planeamiento municipal", dice la sentencia, que asegura que hay un hecho no cuestionado, y es que las obras se extralimitan del suelo que pertenece al plan parcial La Bufona y que se encuentran en suelo rústico de valor ecológico por paso de jable.

Por último, la sentencia dice que la demolición es preceptiva y no facultativa "como medida restauradora de los valores infringidos por la conducta ilícitamente realizada, especialmente cuando están en juego suelos especialmente protegidos por su valores ecológicos y medioambientales".

La casa del fiscal está escriturada en 96 metros cuadrados aunque tiene más de 200. Pagó por ella unos veinte millones de pesetas y poco después fue tasada por casi 38. Durante ocho años no pagó el Impuesto de Bienes Inmuebles puesto que la casa no aparecía en la base de datos del catastro.

Uno de los promotores de la urbanización, Francisco Carmona, ya fallecido, era el encargado municipal del catastro. Las licencias de las casas las firmó el ex secretario municipal Felipe Fernández Camero, tío de la mujer del fiscal Pallarés.

El próximo lunes 16 de noviembre se inicia el juicio contra Antonio Caro y Federico Echevarría, constructor y promotor de la urbanización. La Fiscalía pide cuatro años de prisión para ambos por un delito contra la ordenación del territorio y falsedad en documento público.


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NotaPublicado: Jue 19 May, 2016 4:10 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

La Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda ha ‘eliminado’ recientemente las 14 viviendas de la urbanización de La Bufona construidas de forma ilegal. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló hace tres años la inscripción de las viviendas en el Catastro a nombre de los compradores y el Juzgado condenó en enero pasado al promotor y al constructor.

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Hasta el mes de abril, todavía seguían apareciendo en el Catastro las 14 casas construidas al norte de la urbanización, en parte sobre suelo rústico de protección, lo que ha desembocado en órdenes de derribo por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun), que están siendo confirmadas por la Justicia en la vía contencioso administrativa.

También el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, al condenar al promotor Federico Echevarría y al constructor Antonio Caro por un delito contra la ordenación del territorio, les sentenció a demoler las viviendas construidas de forma ilegal sobre suelo rústico. Esta sentencia está pendiente de que se pronuncie la Audiencia Provincial.

Durante años, las casas de La Bufona permanecieron omitidas de la base de datos del Catastro, sobre la que se efectúan las liquidaciones del impuesto de bienes inmuebles. En 2008 se dieron de alta “en una calle ficticia”, la calle Chubasquillo, cuando la que realmente existe es la Chabusquillo.

La familia Murillo, titular de los terrenos sobre los que se construyeron las viviendas, a la que se le dio de baja sus fincas registrales, recurrió al Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR), que le dio la razón en abril de 2010.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en sentencia del año 2013, ratificó la resolución del TEAR y ordenó reponer a los Murillo la titularidad de las fincas registrales antes de ser alteradas para inscribir las 14 viviendas de La Bufona. Sin embargo, en tres años no se había ejecutado la sentencia firme.

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A comienzos de mayo, Murillo advierte a la Delegación de Economía y Hacienda de Canarias, de la que depende el Catastro, que se había producido, a su juicio, otra modificación catastral en La Bufona: “La ilegalizable vivienda de la presidenta del Partido Popular de Lanzarote”, Ástrid Pérez, construida en parte “sobre suelo rústico de alta protección, se ha visto beneficiada de una alteración catastral, que supone que la totalidad del suelo de la parcela en que está enclavada” pasa a ser “de uso residencial”.

“Este fenómeno”, apunta Murillo, “sólo ocurre con la vivienda de la presidenta del Partido Popular”. “Las restantes 13 viviendas colindantes” siguen apareciendo “a nivel catastral” como que “el suelo es rústico”, añade en su escrito, que presentó el pasado 5 de mayo. En la denuncia avisó de que se podía “estar produciendo una arbitrariedad de Hacienda pública con un alto cargo del Partido Popular”.

Poco después de la denuncia ante Hacienda, en el Catastro ya no aparece ni la vivienda de Ástrid Pérez ni ninguna de las otras construidas al norte de la urbanización de La Bufona. La parcela más próxima a la calle Chabusquillo, con categoría urbana y de la que también es titular Murillo, se identifica como “suelo sin edificar”, con cero metros cuadrados de superficie construida.


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NotaPublicado: Lun 20 Jun, 2016 4:12 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

El Diputado del Común ha amenazado con denunciar en Fiscalía si no se procede al derribo de las viviendas ilegales de la urbanización de La Bufona, en Arrecife. De las 14 viviendas construidas en parte sobre suelo rústico, tres tienen ya orden de derribo firme.

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El Diputado del Común ha trasladado a la directora de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun), Ana Batista, que “el restablecimiento del orden jurídico perturbado por las obras ilegales es de ejercicio inexcusable” y que se trata de una “actividad administrativa reglada”.

También la insta a que proceda “a la ejecución subsidiaria de las tres órdenes de demolición firmes” a costa de los propietarios de las casas, así como que revoque “cualquier acto administrativo que sea contrario a la ejecución subsidiaria de las órdenes de demolición firmes”.

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural argumentó ante el Diputado del Común que por “racionalidad técnica” y “eficiencia” no procedía “ejecutar, de forma individualizada, las órdenes de demolición”. La Apmun también destacó la “dificultad que conllevaría tener que llevar a cabo las demoliciones ya firmes, una a una”, por su “coste”.

En cambio, el Diputado del Común resalta que ha sido precisamente “la ineficacia e ineficiencia” de la Agencia de Protección del Medio con el precinto de las obras la que ha provocado que “se está ahora en esta situación de tener que derribar lo ilegal”. Un “grave incumplimiento legal de sus obligaciones” en “la vigilancia del precinto y su respeto”.

Con respecto a las tres órdenes de demolición firmes por “no haber sido recurridas”, subraya que “se asemejan a la santidad de la cosa juzgada material”. Por tanto, añade, “ante una orden de demolición firme no cabe adoptar ninguna decisión en sentido contrario que la deje inoperativa o sin efectivo”.

“Si así se actúa o se persiste en seguir”, advierte el Diputado del Común, “se está ante un ejercicio desviado de las potestades administrativas, el cual se puede incardinar en un ilícito penal”, lo que le obliga a dar traslado al Ministerio Fiscal.

Por otro lado, el Diputado del Común destaca que al no haber sido ejecutadas las órdenes de demolición de forma voluntaria por los afectados, “los costes que esa dejación conlleva se repercuten directamente a los incumplidores” por parte de la Agencia de Protección del Medio.

Así, la “ejecución subsidiaria” por parte de la Apmun no le generará “coste alguno” por cuanto los gastos que conlleve la demolición “se recuperan, siempre, de forma directa y a cargo del incumplidor de la orden de demolición firme. Por ello, concluye, “no hay excusa alguna posible” de proceder al derribo individualizado de las casas en vez de esperar a que todas las órdenes de demolición se conviertan en firmes.

MEDIOS. El Diputado del Común recuerda que en su último informe al Parlamento de Canarias reclamó que la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural debía “ser bien provista de medios para cumplir con su importante cometido”, citando de manera expresa el caso de La Bufona.

QUEJA. El escrito de queja que ha dado origen a la advertencia del Diputado del Común a la Apmun fue presentado por Eduardo Murillo, propietario de terrenos invadidos por las viviendas. En el mismo tachaba de “vergonzante” que no se ejecutaran “resoluciones firmes” como “la que afecta a la vivienda de la presidenta del PP”, Ástrid Pérez.


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NotaPublicado: Jue 01 Sep, 2016 3:02 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

La calificación del suelo cuando se construyeron las viviendas de La Bufona impedía que allí se autorizara “ningún tipo de licencia” para construir. Esto es lo que asegura la familia Murillo, que lleva años batallando en los tribunales para probar que la construcción de las 14 viviendas de esa urbanización sobre las que pesa orden parcial de demolición invadió terrenos de su propiedad. La familia desprende esta conclusión de un reciente informe de la Oficina Técnica del Ayuntamiento de Arrecife; y por el que ya ha pedido al Consistorio que “identifique” al funcionario que autorizó los proyectos de urbanización que presentaron los promotores “para construir ilegalmente”.

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En ese informe, fechado el pasado 7 de julio y elaborado a petición de Eduardo Murillo, la técnico municipal señala que los terrenos sobre los que se construyeron esas 14 viviendas se encontraban, según el Plan General de Arrecife de 1991, en su mayoría sobre suelo rústico de especial protección por paso de jable, mientras que la parte restante estaba sobre “suelo urbanizable sectorizado no ordenado”, que fue “ordenado con el Plan Parcial de La Bufona” de 1981.

Posteriormente, señala el informe, esa pequeña parte que no era suelo rústico se convirtió, con la Adaptación Básica del Plan General del año 2004, en “suelo urbano consolidado”. Y especifica que las partes que en los planos aparecen en color rosado son “suelo destinado a uso residencial”. La familia Murillo, sin embargo, sostiene que esa adaptación de 2004 “no es de aplicación” al Plan Parcial de La Bufona y que por tanto rige allí el Plan de 1991. Para ello, los Murillo se basan en un informe técnico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial canaria del 2004, que señala que esa Adaptación Básica queda “suspendida” en La Bufona. El informe municipal señala otro aspecto que los Murillo consideran “importante”; y es que apunta que aun cuando “linda con suelo urbano”, la parte de suelo rústico no puede “dotarse de los servicios urbanos”.

“Es de aplicación el Plan del 91”, ha apuntado a La Voz Gonzalo Murillo, que recalca que según la clasificación del suelo que hacía ese Plan no sería posible “autorizar ningún tipo de licencia” en la zona. “En cambio, allí hay más de 50 viviendas”, apostilla. Murillo destaca, además, que lo “importantísimo” de ese informe es que “por primera vez en casi 20 años” habla sobre la “clasificación que tiene el suelo que en teoría es urbano, donde están hechas las casas”.

Y es que el caso de La Bufona se ha centrado en estos años en una parte de los terrenos, que se corresponde con la parte trasera de las 14 viviendas que la justicia ya ha declarado ilegales y deben demolerse parcialmente. La sentencia, dictada el pasado mes de enero por el Juzgado de lo Penal 3 de Arrecife, consideraba probado que las obras en esa parte de las viviendas continuaron cuando las casas ya se habían comprado. Allí se construyeron piscinas, muros y otras intervenciones, que son precisamente las que están sobre suelo rústico protegido. El fallo consideraba probado que los promotores las ejecutaron a sabiendas de su ilegalidad y, por eso, condenó a Federico Echevarría y Antonio Caro por un delito continuado contra la ordenación del territorio.

Sin embargo, según la tesis que defiende la familia Murillo en las alegaciones que presentó al Ayuntamiento a la luz de este informe de la Oficina Técnica, la construcción de la otra parte de las viviendas tampoco debería haberse autorizado. En este sentido, aluden al artículo de la ley canaria de Ordenación del Territorio que señala que en “suelo urbanizable no ordenado” solo podrán autorizarse las obras que “correspondan a sistemas generales” y obras “de carácter provisional”.

En esas alegaciones, presentadas el pasado 19 de agosto al Ayuntamiento, la familia Murillo sostiene que “el problema no es el de 14 viviendas situadas al norte de la urbanización La Bufona, sino de las 52 viviendas ejecutadas ilegalmente en dicha urbanización, puesto que la técnico municipal está informando de que entre el año 1991 y 2004 la clasificación del suelo era de urbanizable sectorizado no ordenado”.

Así, considera que según la ley los propietarios están “obligados en la actualidad a cumplir con los deberes legales exigibles (realizar las cesiones obligatorias al Ayuntamiento de Arrecife) para poder obtener el derecho de hacer uso legal del suelo que ocupan sus viviendas”. Agrega, en este sentido, que los propietarios habrán de cumplir con “innumerables trámites” para obtener la clasificación del suelo adecuada y “no estar sometidos a la acción de demolición”. Según el escrito de la familia Murillo, esa demolición no afectaría solo a las 14 viviendas que ya tienen orden de derribo parcial, sino a “todas aquellas situadas al sur de la calle El Chabusquillo y que invaden viales, zonas verdes, espacios públicos y aparcamientos públicos, puesto que el periodo para ejercer la demolición de dichas viviendas no prescribe nunca, al igual que ocurre con el suelo rústico”.

En cuanto a la actuación del Ayuntamiento, el escrito de la familia Murillo reprocha a la institución que haya “autorizado licencias de obras para construir ilegalmente al norte de la calle Chabusquillo” y que haya “permitido” desarrollar el planeamiento de La Bufona “careciendo de accesos viarios con carreteras de interés regional”, como son la LZ-2 y la LZ-3. En este sentido, subraya que el Tribunal Supremo declaró “radicalmente nulo” ese planeamiento “precisamente por no contar con informe positivo del área de carreteras de la Consejería de Obras Públicas”.

De otro lado, Gonzalo Murillo hace hincapié en que todo lo que se explica en el informe municipal entra “en conflicto con el famoso informe que están utilizando los propietarios de las casas en los tribunales”. Y es que aunque la Apmun ya ordenó hace años el derribo de una parte de las viviendas y más recientemente lo ha hecho la sentencia penal, la medida no se ha ejecutado porque los dueños recurrieron esa decisión en los tribunales.

El informe al que alude Murillo lo firmaba el técnico de la Oficina del Plan Insular del Cabildo Gustavo Navarro. En él, “dice que el suelo no es rústico, sino que es urbano”, explica Murillo, que destaca la contradicción entre un informe y otro. “Alguien miente. O miente este técnico del Cabildo, o miente esta señora (la técnico municipal) y miente la Agencia y miente el Seprona y miente el Gobierno de Canarias, porque todos dicen lo mismo”, remacha.


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NotaPublicado: Vie 13 Ene, 2017 8:51 am 
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Según La Voz de Lanzarote:

El Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife ha decidido abrir diligencias penales para investigar la actuación de un técnico de la Oficina del Plan Insular del Cabildo, Gustavo Navarro, en relación con las viviendas ilegales de La Bufona. Fue el denunciante de esa causa, Gonzalo Murillo, quien acudió a los tribunales al considerar que Navarro emitió una certificación urbanística “falsaria” sobre el suelo en el que se asientan esas casas, sin tener además competencias para ello.

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Ese certificado ha sido utilizado de forma reiterada por los compradores de las viviendas, en los pleitos contencioso-administrativos que emprendieron para intentar anular la orden parcial de derribo que pesa sobre estas casas, y que fue decretada en 2013 por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun). Además, la defensa de los promotores de esta urbanización, Federico Echevarría y Antonio Caro, también aportó ese informe durante el juicio penal en el que fueron condenados a seis meses de prisión por un delito continuado contra la ordenación del territorio.

Durante ese juicio, en el que Murillo estaba personado como acusación particular, su abogada ya advirtió de que su cliente había presentado una demanda contra este trabajador del Cabildo por un posible delito de prevaricación. Además, en la denuncia a la que ha tenido acceso La Voz, el denunciante sostiene que el técnico podría haber incurrido en “falsedad en documento oficial”, con la “finalidad de dar cobertura a unas obras ilegales ejecutadas sobre suelo rústico de protección ecológica e impedir que se pueda ejercer la potestad de la Administración, de restitución del orden físico y natural alterado”. Ahora, en un auto fechado el pasado 13 de diciembre, el juez Jerónimo Alonso ha ordenado practicar varias diligencias para esclarecer los hechos.

El informe emitido por Gustavo Navarro sostiene que “las viviendas se emplazan en el suelo máximo delimitado para núcleos de población” y que, “de acuerdo con esto, no se encuentran en Suelo Rústico de Protección: Valor natural ecológico-El Jable, según el Plan Insular”. Sin embargo, ésa es precisamente la clasificación que da al suelo el Plan General de Arrecife que se encuentra en vigor.

Tal como han señalado las sentencias dictadas hasta ahora en los procedimientos contenciosos, el informe de Navarro agregaba a continuación que, dentro de ese tipo de suelo que establece el PIOT, luego “la distribución corresponde al planeamiento municipal”. Sin embargo, al no aclarar en su informe que el Plan de Arrecife lo califica como rústico protegido, tanto los promotores como los compradores de las viviendas han utilizado ese certificado en su defensa, aunque sin éxito.

Según el denunciante, el técnico del Cabildo “mutó la calificación real” de ese suelo y, además, lo hizo “fuera del ámbito de sus competencias, pues correspondía al Ayuntamiento de Arrecife la emisión” de ese certificado, que está fechado el 3 de diciembre de 2012.

Inicialmente, la denuncia de Murillo recayó en el Juzgado de Instrucción Número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, pero este Juzgado se ha inhibido, ya que los hechos denunciados ocurrieron en el partido judicial de Arrecife, que es donde finalmente van a ser investigados.

En su auto, el juez Jerónimo Alonso ordena requerir al Cabildo el expediente que dio lugar a la emisión de la certificación urbanística, a raíz de la solicitud de una de las dueñas de las viviendas; así como el que abrió el presidente del Cabildo tras el escrito presentado por Murillo cuestionando la emisión de ese informe.

Del mismo modo, solicita que la Consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias y la Apmun entreguen los respectivos expedientes sobre los informes emitidos respecto a estas viviendas, que tienen desde hace años una orden parcial de derribo. Además, entre otras cosas, ordena recabar la relación de juicios contenciosos abiertos sobre esas casas y el estado de tramitación en que se encuentran. Por último, pide que el auto se ponga el conocimiento del Ministerio Fiscal y de las demás partes personadas en estas diligencias.

Además de ser técnico de la Oficina del PIOT, Gustavo Navarro ha estado también al frente de este departamento. Fue en agosto de 2015 cuando fue designado como jefe sustituto de la Oficina del Plan Insular, después de la polémica destitución de Leopoldo Díaz ordenada por el presidente, Pedro San Ginés.

Seis meses después de su nombramiento, el propio Navarro decidió renunciar al cargo y presentó su carta de dimisión. Incluso, pidió ser trasladado a otro departamento del Cabildo.


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NotaPublicado: Vie 13 Ene, 2017 3:30 pm 
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http://www.ivoox.com/casandra-garcia-as ... 428_1.html


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NotaPublicado: Lun 06 Feb, 2017 3:46 pm 
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La Consejería de Obras Públicas del Gobierno de Canarias se ha dirigido a la Gerencia Regional del Catastro de Las Palmas para inscribir a su nombre las superficies que expropió en el plan parcial La Bufona en los años ochenta para desdoblar la carretera LZ-2.

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El Gobierno expropió y pagó esos terrenos pero no los inscribió su nombre. La promotora Brisa Inversiones sigue apareciendo como la propietaria de ese suelo, de más de 8.000 metros cuadrados e incluso vendió una parte de suelo a un tercero. El acceso la urbanización nunca se ejecutó y se sigue entrando por la urbanización El Cable.

En el año 2015, el Diputado del Común, tras las queja del denunciante del caso La Bufona y propietario de terrenos en ese plan parcial, Gonzalo Murillo, instó al Gobierno a que inscribiera los terrenos a su nombre.

En septiembre de 2015, el Gobierno respondió que iba a proceder a esa inscripción pero no lo ha hizo. El Diputado del Común realizó un seguimiento de la petición y volvió a instar al Gobierno a que lo hiciera.

La inscripción en el catastro es un paso previo a la inscripción en el Registro de la propiedad. Si el Gobierno tiene que registrar a su nombre ese suelo, se deberá dejar sin efecto la agrupación de fincas que dieron lugar a la finca de la que se expropió este suelo, y con la que se desarrolló el plan parcial La Bufona.

Los promotores del pan parcial, Federico Echevarría y Antonio Caro, fueron condenados por el Juzgado de lo penal número 3 de Arrecife a seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio.


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NotaPublicado: Mar 21 Feb, 2017 3:57 pm 
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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha resuelto de forma definitiva el caso de La Bufona. En una sentencia contra la que no cabe recurso, rebaja la pena impuesta por un delito contra la ordenación del territorio pero mantiene la demolición de las casas.

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La Audiencia raba la condena a los promotores de la urbanización, Federico Echevarría y Antonio Caro, de seis a dos meses de prisión, así como la multa, de 3.650 euros a 1.200 y la inhabilitación para trabajar como constructores o promotores, de un año a tres meses. El fallo de la Audiencia Provincial también condena a las acusaciones particulares a pagar las costas de la apelación.

Sin embargo, la Audiencia mantiene el resto de los pronunciamientos de la sentencia inicial, del Juzgado número 3 de Arrecife, que ya los había absuelto de los delitos de desobediencia, falsedad y estafa.

Entre esas medidas confirmadas está el derribo de lo construido “sin título habilitante”, que afectaría al menos a una parte de 14 casas, construidas en suelo rústico de protección ecológica, donde hay construidos muros de contención, piscinas, pérgolas y algunas habitaciones. En total, unos 250 metros cuadrados de media por cada casa.

En ese sentido, la Audiencia rechaza la alegación de Federico Echeverría, que pretendía que el promotor y el constructor sólo tuvieran que "tirar el muro de cerramiento de las parcelas", al entender que eran "los propietarios de las viviendas los responsables de las obras".

La sentencia subraya que la demolición es "del todo necesaria para restaurar el orden jurídico y reparar en la medida de lo posible" la ilegalidad cometida en la ejecución de las obras. "No es argumento de suficiente entidad", señala la Audiencia, que los condenados digan que "no puede repararse todo el daño causado" en la zona "por existir otras construcciones".

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Eso supondría "una torticera interpretación de la normativa urbanística" con la finalidad de "alterar el régimen jurídico del suelo" y convertir los terrenos en un "suelo urbano", donde "no lo había", y "posibilitar luego una consolidación de las edificaciones con una apariencia de legalidad", afectando a "posibles compradores" de "buena fe", añade la resolución judicial.

La Audiencia recalca que tampoco es "factible" argumentar la "impunidad administrativa o desidia de los poderes públicos en su labor de policía urbanística para pretender que los jueces y tribunales no restablezcan la legalidad tratando de restaurar" la situación de los terrenos a la situación en la que se encontraba antes del "delito".

"Sin duda", subraya la Audiencia Provincial, "la demolición acordada debe mantenerse", fundamentalmente porque las obras realizadas "no son susceptibles de legalización habida cuenta de la calificación del suelo en que se asientan". Así, están "completamente fuera de ordenación".

Las acusaciones, tanto la Fiscalía como la familia Murillo, plantearon en su recurso a la Audiencia que los condenados también habían cometido un delito de desobediencia grave por no haber atendido una orden de suspensión de las obras en suelo rústico de especial protección ecológica, dictada por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural en julio del año 2000.

La Audiencia señala que de la documentación ha quedado "acreditado al margen de toda duda" que los condenados "conocían la orden de suspensión", además de quedar "probada también la violación de dicha orden". Por tanto, el Juzgado de lo Penal "debería" haber condenado a Echevarría y Caro por desobediencia grave, al haber hecho caso omiso y continuar con las obras hasta 2004.

"Sin embargo", explica la Audiencia, "la condena en segunda instancia" exigiría la "previa audiencia" al promotor y al constructor de La Bufona, "trámite inexistente en nuestro sistema procesal y que tampoco ha sido interesado por el Ministerio Público ni por las acusaciones particulares".


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NotaPublicado: Mar 21 Mar, 2017 4:07 pm 
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El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, en un auto del pasado 1 de marzo, ha ordenado que se ejecute la sentencia del caso La Bufona, cuya sentencia firme es de febrero de este año, y que los condenados Antonio Caro y Federico Echevarría procedan a la demolición de las obras que se llevaron a cabo en suelo rústico de protección jable.

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Así, el Juzgado acuerda la “reposición de la realidad física a su estado anterior” en un plazo de seis meses, “prorrogables por causa justificada, debiendo verificarse su cumplimiento a través de informe de la Policía Local de Arrecife”.

La sentencia dice que las obras realizadas "no son susceptibles de legalización habida cuenta de la calificación del suelo en que se asientan. La obra está completamente fuera de la ordenación y a tal infracción penal se ha añadido un delito de desobediencia”.

La demolición afectaría a una parte de las casas que está en esa franja y comprendería tanto el muro como las piscinas, pérgolas, pavimento o incluso algunas habitaciones. Entre las viviendas con orden de derribo parcial se encuentran las de la presidenta del PP de Lanzarote, Astrid Pérez, o la del fiscal Miguel Pallarés.

Tanto Caro como Echevarría han solicitado que se suspenda el plazo de ejecución hasta que se aclare la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas. Consideran que la sentencia tiene "omisiones o defectos que son necesarios aclarar porque no se especifica cuáles son las obras a demoler".

Promotor y constructor señalan “que salvo el cerramiento de la parcela, el resto de obras fueron realizadas por los propietarios y estos no permiten la entrada a su parcela para poder ejecutar la sentencia y mucho menos derribar la obras realizadas por ellos", y añaden que “no se puede exigir a los condenados demoler algo en lo que no han tenido participación alguna”.

Por su parte, el denunciante del caso, Gonzalo Murillo, también pide que se aclare la sentencia para que se condene a ambos por desobediencia grave. La primera sentencia no los condenaba por este delito y la segunda lo admitía pero tampoco condenaba argumentando que se debería dar audiencia a los acusados. Murillo considera que se han podido defender de este delito durante el procedimiento.


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NotaPublicado: Jue 23 Mar, 2017 5:19 pm 
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Una asociación de vecinos de La Bufona, que asegura representar a 14 propietarios afectados por la sentencia de la Audiencia Provincial que obliga a promotor y constructor a derribar parte de las viviendas, ha anunciado que presentará “en estos días” una “reclamación” ante el Ayuntamiento de Arrecife y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun), al considerar que son las administraciones responsables de que se ejecutaran las casas.

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Las viviendas de La Bufona tenían orden de paralización de la Apmun pero tanto el promotor, Federico Echevarría, como el constructor, Antonio Caro, siguieron adelante y terminaron las casas. Parte de las propiedades se encuentran sobre suelo rústico de protección y la familia Murillo lleva años reclamando que se invadieron terrenos de su propiedad.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, en un auto del pasado 1 de marzo, ha ordenado que se ejecute la sentencia del caso La Bufona, y que tanto Caro como Echevarría procedan a la demolición de las obras que se llevaron a cabo en suelo rústico de protección jable.

El colectivo vecinal, denominado Almadracha, también señaló este jueves que “estudia qué medidas se pueden adoptar no solo contra las administraciones públicas sino también contra el constructor y el promotor de las viviendas”.

El Juzgado ha acordado la “reposición de la realidad física a su estado anterior” en un plazo de seis meses, “prorrogables por causa justificada, debiendo verificarse su cumplimiento a través de informe de la Policía Local de Arrecife”. También recalca que las obras realizadas "no son susceptibles de legalización habida cuenta de la calificación del suelo en que se asientan”.

En principio, la demolición afectaría a una parte de las casas que está en esa franja y comprendería tanto el muro como las piscinas, pérgolas, pavimento o incluso algunas habitaciones.

En un comunicado, la asociación de vecinos insiste en que tanto el Ayuntamiento como la Apmun no suspendieron ni paralizaron las obras de manera efectiva “por falta de medios”, por lo que consideran que existe una “responsabilidad clara” de ambas administraciones en “permitir la construcción de las viviendas, permitiendo asimismo que personas con absoluto desconocimiento de lo que pasaba compraran las viviendas que ahora pretenden demoler parcialmente”.

En ese sentido, desde la asociación recalcan que son “terceros de buena fe”, que las viviendas tenían licencias de obra y de primera ocupación, y aseguran que “no descansarán hasta ver que se hace verdadera justicia con esta urbanización abandonada por el Ayuntamiento de Arrecife, a pesar de recibir el pago de sus impuestos”.

Además, los propietarios de las casas que sufrirán demoliciones parciales han mostrado su “desilusión” con la sentencia, ya firme, puesto que sostienen que se ha dictado dentro de un procedimiento penal “en el que no han participado como perjudicados a pesar de estar en juego parte de sus viviendas”. En su opinión, son “los verdaderos condenados sin ser escuchados”.

Así, afirman que “es lamentable ver como aquellos que han sido condenados salen del proceso con una sentencia más favorable que aquellos que no tuvieron esa oportunidad por el Juzgado y que verán derribada parte de sus casas”.


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NotaPublicado: Vie 24 Mar, 2017 4:17 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

El fiscal Miguel Pallarés ha enviado un escrito a la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que debe resolver la apelación sobre el pleito contra la orden de derribo parcial de su casa en la urbanización de La Bufona, en Arrecife.

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La orden de derribo fue dictada por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun). Pallarés plantea al TSJC que se considere que los hechos ya son cosa juzgada, al haber una sentencia de la Audiencia Provincial en el denominado caso La Bufona ordenando el mismo derribo.

La Apmun ordenó esos derribos en el año 2011, y los dueños de las casas, entre los que se encuentra Pallarés, recurrieron la orden, perdieron y apelaron.

Ahora el ex fiscal coordinador de Arrecife, en la actualidad destinado en Las Palmas de Gran Canaria, ha decidido renunciar a esa apelación. La sentencia de la Audiencia Provincial, por la vía penal, obliga a los promotores de la urbanización a derribar una parte de las casas que está en suelo rústico.

El Juzgado ha dado un plazo de seis meses para que se ejecuten los derribos. No obstante, el promotor Federico Echevarría y el constructor Antonio Caro han pedido que se aclare la sentencia porque consideran que ellos sólo construyeron el muro perimetral de las casas.

Así, promotor y constructor defienden que el resto de las construcciones dentro de suelo rústico fueron ejecutadas por los propietarios posteriormente, y que se les condena a derribar algo que no construyeron sin que se les dé acceso a la vivienda por parte de los vecinos para ejecutar ese derribo.

Los vecinos, por su parte, han señalado que exigirán responsabilidades al Ayuntamiento de Arrecife y a la Apmun, además de que estudian posibles contra los promotores de la urbanización.

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Por otro lado, la familia Murillo, denunciante del caso La Bufona, ha salido al paso del comunicado enviado esta semana por la asociación de vecinos de La Bufona, Almadracha. Murillo señala que ha puesto en conocimiento del fiscal jefe de Canarias la situación de las viviendas de esa urbanización “para proteger a decenas y decenas de familias compradoras de viviendas en la Urbanización La Bufona-Interior” y para que no se les oculte información.

En ese escrito advierte de que no sólo las 14 casas de la calle Chabusquillo se encuentran en situación irregular, sino también el resto de las viviendas, que podrían ser “objeto de obligada demolición, no sólo por haber sido edificadas sobre suelo rústico de protección, sino también al haber podido ser construidas sobre viales, zonas verdes, aparcamientos públicos y demás zonas de dominio público municipal”.

Murilllo destaca que “para poder otorgar el Ayuntamiento de Arrecife licencias de obra para edificar en La Bufona, antes tendría la promotora que haber cumplido con sus deberes con el Ayuntamiento y haber realizado las cesiones obligatorias de suelo” y que el actual concejal de Urbanismo, Samuel Martín, ha reconocido que aún no se han llevado a cabo esas cesiones obligatorias.

La familia Murillo, propietaria del terreno rústico sobre el que se asientan las casas, solicitó en agosto del año pasado al concejal Samuel Martín que identificara “al funcionario del Ayuntamiento que autorizó los proyectos de urbanización que presentó del arquitecto Federico Echevarría, para construir aparentemente de forma ilegal en La Bufona, sobre suelo rústico protegido, sobre viales, sobre zonas verdes, son espacios públicos, sobre aparcamientos públicos, y todo ello sin haber cumplido previamente con las cesiones obligatorias de suelo al Ayuntamiento, que sería condición ineludible para poder conceder licencias de obra”. Hasta ahora, la solicitud no ha obtenido respuesta.


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NotaPublicado: Mié 26 Abr, 2017 2:53 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

En el Ayuntamiento de Arrecife “no consta” ningún “documento de recepción de las obras de urbanización del Plan Parcial La Bufona”. Y tampoco “consta” en la Oficina Técnica “documento que acredite” que se realizaran las cesiones obligatorias de suelo en base al Plan Parcial aprobado en 1981. Eso es lo que el concejal de Urbanismo del Consistorio, Samuel Martín, ha respondido a Gonzalo Murillo, denunciante del caso La Bufona.

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Murillo sostiene que el problema de este plan parcial va mucho más allá de las 14 viviendas que tienen dos órdenes de demolición –una de la Apmun y otra judicial- y que se construyeron y ampliaron después ocupando suelo rústico. Entre otras cosas, afirma que muchas otras casas de la urbanización “invaden viales, zonas verdes, espacios públicos y aparcamientos públicos”. Por eso lleva meses reclamando información al Ayuntamiento e incluso ha recurrido al Diputado del Común. Desde esta institución remitieron el pasado mes de marzo un escrito al concejal de Urbanismo recordándole su “deber legal de colaborar” y volviendo a reclamarle un informe sobre La Bufona, que se solicitó por primera vez hace casi un año.

En el escrito remitido ahora por Samuel Martín, fechado el pasado 31 de marzo, el concejal responde al último requerimiento que hizo Murillo, aunque no contesta a la mayoría de las preguntas. Respecto a la solicitud de copias autenticadas de la normativa, memoria, planos, proyecto de urbanización y proyecto de compensación de este plan parcial, el edil responde que los “documentos definitivos” fueron emitidos por la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, por lo que le insta a solicitarlos al Gobierno de Canarias, que afirma que es “la administración competente para atender la pretensión solicitada”.

En cuanto a la petición de que “se certifique si el Plan Parcial aprobado en el año 1981 contaba con las reservas y estándares establecidos en la legislación vigente”, se limita a señalar que “dichas certificaciones corresponden al organismo que resultó competente para el preceptivo control de legalidad previo a su aprobación”. Es decir, que no aclara siquiera si se cumplió la ley. “Deja de informar torticeramente”, cuestiona Gonzalo Murillo, en referencia a éste y otros apartados del escrito de respuesta del concejal.

Además, subraya que el concejal “sigue sin identificar a los funcionarios que autorizaron a edificar 52 viviendas unifamiliares aisladas en La Bufona, cuando las ordenanzas del Plan Parcial de La Bufona de 1981 sólo autorizan la construcción de menos de 30 viviendas unifamiliares aisladas”. Y también considera que el edil ha respondido con “mala fe” a la pregunta relativa a si los promotores del Plan cumplieron con las cesiones obligatorias de suelo al Ayuntamiento.

Sobre este punto, Samuel Martín manifiesta que “no consta en los archivos de esta Oficina Técnica documento que acredite el traspaso de las cesiones de suelo”, “si bien en esta urbanización existen viales y zonas verdes”. Sin embargo, Murillo insiste en que el concejal “no se pronuncia sobre la invasión de dichos viales y zonas verdes con edificaciones”, sobre la que han advertido informes técnicos desde hace años.

Además, Gonzalo Murillo acusa a Samuel Martín de “intentar confundir cuestiones bien distintas” en su escrito. Y es que tras señalar que no hay constancia de que se realizaran esas cesiones de suelo en base al plan parcial de 1981, el edil añade que lo que “sí consta” es un expediente que se abrió en el año 2004, en el que “se reclamaban todas las cesiones” correspondientes al posterior modificado que se hizo de ese Plan Parcial, en el año 1998.

Al respecto, el concejal agregaba que ese expediente no pudo culminarse porque esa modificación fue anulada por los tribunales, y “por sentencia judicial se determinó que no procedía la reclamación de esta cesión por haberse anulado el Plan Parcial que la motivaba". Sin embargo, Gonzalo Murillo recuerda que lo que se anuló fue la modificación del 98, pero no el plan original, sobre el que el Ayuntamiento sí podía exigir el suelo que corresponde a la administración.

“Existe una clara e importante dejación de funciones de defensa de los bienes públicos. Si se inició el expediente administrativo exigiendo las cesiones derivadas de la Modificación Puntual de 1998, y ésta fue anulada por el Tribunal Supremo, el Ayuntamiento debió comenzar de inmediato un expediente exigiendo las cesiones derivadas del Plan Parcial del año 1981”, insiste Murillo, que denuncia que los promotores de esa urbanización ocuparon parte de ese suelo “expoliando al municipio y los vecinos del suelo público que debía destinarse a dar servicios y calidad de vida a los residentes”. Además, denuncia que el Ayuntamiento de Arrecife y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural “no han hecho nada al respecto para recuperarlo, aun cuando los trabajadores públicos han informado de la ocupación del dominio público”.

En cuanto a la recepción de las obras de ese Plan Parcial, que según el concejal tampoco “consta” en la Oficina Técnica del Ayuntamiento, Murillo recuerda que eso implicaría que los promotores deberían seguir corriendo con los gastos de mantenimiento y servicios de la urbanización. Por eso, pide que se aclare si el Consistorio está costeando con fondos públicos esos servicios, “sin que se haya realizado la recepción de la urbanización y sin que se haya adverado técnica y jurídicamente que las obras de urbanización se ejecutaron tal y como viene exigido en la normativa técnica y en el proyecto aprobado”. Y es que en caso contrario, considera que podría incurrirse en “un posible caso de malversación de fondos públicos”.

Por último, Gonzalo Murillo también acusa al concejal de hacer “uso de una mentira” cuando en el primer punto de su escrito de respuesta, comienza señalando que “resulta extemporánea la presentación alegaciones al documento del Plan General en vigor”, que fue aprobado en el año 2004. Al respecto, Murillo subraya que “lo requerido no trata de ninguna alegación al Plan General”, por lo que “bajo ninguna circunstancia puede sustraerse la información” que reclama.


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NotaPublicado: Jue 27 Abr, 2017 2:39 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

Nueva denuncia en Fiscalía por la urbanización de La Bufona. En concreto, se solicita al Ministerio Fiscal que investigue “la posible comisión de un delito de malversación de fondos públicos” por estar prestando y costeando el Ayuntamiento de Arrecife los servicios públicos sin estar entregada la urbanización.

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La interposición de nuevas acciones legales se produce después de que la Concejalía de Urbanismo que dirige Samuel Martín haya notificado que no le consta que exista el “documento de recepción de las obras de urbanización del plan parcial La Bufona”.

Hasta que no se concluya definitiva y completamente las obras de urbanización, la Administración no puede proceder a recepcionar la urbanización, y vienen obligados los promotores y los propietarios de las viviendas de La Bufona a conservar la urbanización y a costear los servicios urbanísticos”, se destaca en la denuncia.

Además, en la denuncia se subraya que en el caso de que el Ayuntamiento “se esté encargando de costear a través de fondos públicos” los servicios como el “coste eléctrico de alumbrado de farolas, mantenimiento de calzadas, aceras, parques y zonas verdes” o “alcantarillado”, sin que se haya realizado la recepción de la urbanización tras certificar que se ha ejecutado conforme a la legalidad, “podríamos encontrarnos ante un posible caso de malversación de fondos públicos”.

El concejal de Urbanismo indicó a finales de marzo, tras recabar información de la Oficina Técnica municipal, que “no consta” en el Ayuntamiento el documento que tendría que acreditar “el traspaso de las cesiones de suelo que resultaron obligatorias” tras la aprobación del planeamiento de La Bufona en 1981, “si bien en esta urbanización sí existen viales y zonas verdes”, apostilla.

Lo que sí ha aparecido en los archivos de la Oficina Técnica del Ayuntamiento es un expediente, del año 2004, para recuperar las cesiones obligatorias que los promotores tenían que haber efectuado a la institución municipal. Así, el Ayuntamiento nunca recibió el 10 por ciento del “aprovechamiento lucrativo” de la urbanización, aunque llegó a iniciar acciones para cuantificarlo económicamente y exigírselo a los promotores.

En su informe, la Concejalía de Urbanismo aclara que la cesión del aprovechamiento urbanístico de La Bufona que le correspondía al Ayuntamiento “no pudo culminarse dado que, por sentencia judicial, se determinó que no correspondía la reclamación de esta cesión por haber anulado el plan parcial”.

El denunciante del ‘caso La Bufona’, Gonzalo Murillo, ha solicitado a la Fiscalía que investigue si hay malversación de fondos públicos por ocuparse el Ayuntamiento de una urbanización que no ha sido recepcionada y que se sume al expediente abierto por el Ministerio Fiscal, el pasado mes de marzo, para dilucidar si hubo más responsables penales de las irregularidades urbanísticas detectadas en La Bufona a la vista de las acusaciones vertidas en el juicio que derivó en la condena del promotor, Federico Echevarría, y del constructor, Antonio Caro.

Cabe destacar que el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife acordó en marzo que se ejecute la sentencia de demolición de las obras que se llevaron a cabo en suelo rústico de protección de jable, lo que implicaría la demolición parcial de viviendas al norte de la urbanización de La Bufona. El Juzgado estableció un plazo de seis meses para la ejecución de la sentencia.


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NotaPublicado: Jue 27 Abr, 2017 9:19 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado una de las órdenes de derribo parcial que pesan sobre una de las casas de La Bufona, perteneciente al fiscal Miguel Pallarés, al considerar que existen “lagunas” en el expediente que tramitó la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) del Gobierno de Canarias. Por un lado, la sentencia cuestiona que en la resolución de la Apmun ordenando el derribo no se especificó la fecha en la que se ejecutaron las obras, sino solo que “se han realizado obras”, sin “precisar mínimamente cuándo se realizaron”.

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Incluso, el fallo señala que “no existe certeza” de si las obras objeto de este expediente, que se realizaron tras la construcción de las casas, fueron ejecutadas por la promotora de estas viviendas o posteriormente por los compradores. Al respecto, cabe recordar que tanto Pallarés como otros compradores reconocieron en la causa penal de La Bufona que tras adquirir las casas ejecutaron obras. Y la sentencia en esa causa penal contra los promotores, que ya es firme y ordena también el derribo parcial de las viviendas, “sitúa los hechos entre los años 1997 y 2004”. Esto implica que las obras continuaron hasta cuatro años después de la venta, que en este caso se produjo el 3 de febrero del año 2000. De hecho, fue el 26 de julio de 2000 cuando la Apmun dictó una primera resolución ordenando la paralización y el precinto de las obras, que estaba dirigida “contra Brisa Inversiones” y “otros”, según la sentencia.

Sin embargo, ese procedimiento de la Agencia “no se concluyó, por lo que terminó caducando”. No fue hasta el año 2013, más de una década después, cuando la Apmun abrió un nuevo expediente, que terminó con esas órdenes parciales de derribo, dirigidas ya a los compradores. Y al menos una de ellas es la que acaba de ser anulada ahora por el TSJC, que considera que en la resolución “faltaba un dato esencial”, como era la fecha en la que se ejecutaron esas obras.

En su fallo, el Tribunal señala que conocer esa fecha es imprescindible “para determinar la normativa aplicable”. Concretamente, en la resolución de la Apmun se hacía referencia al Texto Refundido del año 2000. “El acto administrativo debió precisar con carácter prioritario y previo a cualquier otro, al menos, la razón temporal que permitía aplicar dicha norma”, insiste la sentencia, que concluye que por este motivo la resolución “carece de motivación suficiente”. Así, anula también la sentencia de primera instancia, dictada en noviembre de 2015, que había rechazado el primer recurso de Miguel Pallarés y había mantenido la validez de la orden de derribo.

En el caso de la vivienda del que fuera fiscal coordinador en Lanzarote, la sentencia señala que tras la ejecución de la casa se construyó una piscina de unos 22,17 metros cuadrados, una cobertura de la piscina, una edificación adosada de 40 metros de superficie y 2,5 metros de altura, dos ampliaciones de la vivienda en unos 6,5 y 17 metros cuadrados de superficie, pavimentación de patio trasero y cerramiento perimetral del terreno de unos 40 metros cuadrados.

En el juicio del caso La Bufona, que es independiente a este contencioso administrativo, Pallarés declaró como testigo que pidió “la oportuna licencia” para pavimentar después el terreno e instalar una pérgola y una barbacoa en el patio trasero, tras la compra de la vivienda. “Creo que sí, pero tendría que mirarlo”, respondió cuando la letrada de la acusación particular le preguntó expresamente si la licencia cubría todas las obras que realizó. Y en el caso de la piscina, admitió que “cree” que no pidió licencia. Al respecto, señaló que los promotores hicieron “el hueco” para esa piscina, y que después él contrató a otra empresa para ejecutarla.

Sin embargo, el hecho de que el expediente de la Apmun no señalara la fecha en la que se realizaron esas obras sobre las que ordenó el derribo, ha llevado al TSJC a anular esta decisión. Además, añade que aunque esto “por sí solo sería suficiente para estimar el recurso, existe una nueva laguna” en la resolución de la Agencia.

“Existe una licencia municipal que se concede para la construcción de la vivienda sobre una superficie de 384 metros cuadrados. Si como se afirma en los actos recurridos, las obras declaradas ilegales situadas dentro de la misma parcela, se sitúan en suelo clasificado y categorizado como rústico de protección, es evidente que la licencia municipal adolece de un posible vicio de nulidad”, apunta el fallo, que señala que lo que tendría que haber hecho la Apmun, “antes de proceder a incoar procedimiento sancionador”, era impugnar la licencia municipal.

Además, antes de estimar el recurso de Pallarés, el fallo rechaza una petición que había formulado él mismo, instando a que se diera por finalizado el proceso como cosa juzgada, al haberse dictado ya sentencia en la vía penal. Sin embargo, la Sala rechaza esta pretensión, alegando que “ni los apelantes ni la administración fueron partes en el proceso penal, ni desde luego se enjuició en aquel proceso el acto administrativo que es objeto del presente recurso”. Sin embargo, termina dándole la razón en el argumento de fondo, al anular la orden de derribo.

No obstante, hay otra orden de demolición sobre ésta y otras 13 viviendas de La Bufona, que es la que se dictó en la vía penal y ya es firme. La diferencia es que en ese caso, quienes deberán correr con los gastos del derribo son los promotores, que son quienes fueron condenados en esa causa. En cuanto a este nuevo fallo en la vía contencioso administrativa, aún cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

En cuanto a los otros 13 propietarios afectados por las órdenes de derribo de la Apmun, solo 9 -además de Pallarés- recurrieron la resolución en los Tribunales. Entre los tres que no recurrieron se encuentra la presidenta insular del PP, Ástrid Pérez, por lo que en su caso también es firme la orden de derribo de la Agencia.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com