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NotaPublicado: Jue 12 Dic, 2013 10:30 am 
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Fuente diariodelanzarote.com:

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara ilegal, de manera firme, el proyecto de desdoblamiento de la carretera de Tahíche, y rechaza un recurso interpuesto del Gobierno de Canarias.

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El Supremo ratifica el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que admitió la demanda interpuesta por un grupo de vecinos afectados por la duplicación de la vía, que pasó de dos a cuatro carriles en un tramo de 3,6 kilómetros.

La carretera hace un par de años que se reabrió por completo al tráfico, si bien desde el Cabildo se considera que el Gobierno no ha cumplido con las exigencias de dotar a la vía de elementos de mobiliario urbano y jardinería, que le daría un aspecto más urbano.

En su sentencia, el Tribunal Supremo ratifica la nulidad del proyecto al considerar que se vulneró la legislación por “la falta de la evaluación del impacto ambiental y del trámite de información pública” necesario sobre los detalles de la obra.

Para el Supremo, “era exigible la formulación de la declaración de impacto ambiental” de la carretera, “que contemplara la viabilidad medioambiental de la ejecución de este tramo de carretera, desde una concepción integral de la red viaria insular en que se integra”.

Así, considera “insuficiente”, “desde la perspectiva de protección de los intereses medioambientales afectados por la construcción” de la infraestructura “y de salvaguarda de la calidad ambiental del entorno urbano, la emisión por el Cabildo de Lanzarote de una declaración básica de impacto ecológico”.

El Supremo avala el criterio del TSJC de “que se trata de una vía rápida que se configura como travesía urbana y que forma parte de una carretera de interés regional” que, “por su naturaleza, dimensión y localización”, “compromete de forma significativa intereses medioambientales y, particularmente, produce un notable impacto acústico en las edificaciones que la circunden”.

Por ello, entiende que “por ser equivalente a la construcción de una nueva carretera debe ser objeto de una correcta y adecuada evaluación medioambiental, conforme a las directrices relativas a la preservación del medio”.

El Supremo considera que se debió ejecutar un mapa de los ruidos que generaría la carretera y afirma que “parece difícilmente creíble” que la duplicación de la calzada “no incremente el nivel de ruidos”.

Si se duplica la carretera es porque se necesita para el paso de vehículos, por lo que no resulta verosímil que el ruido sea el mismo que en la actualidad”, concluye el tribunal, en contra de lo que afirmó el Gobierno de que los niveles sonoros serían “similares a los actuales”.

Cabe destacar que el Gobierno regional defendió ante la Justicia que no habría mayor generación de ruido “debido a la baja velocidad” de la carretera, que cifró en 40 kilómetros por hora. Sin embargo, se ha terminado aumentando la velocidad en ciertos tramos.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com