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NotaPublicado: Mar 05 Jun, 2007 2:52 pm 
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Según la voz de lanzarote:

La Justicia siguie cerrando el cerco jurídico al alcalde de Yaiza. Una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictada el 27 de abril de 2007 y notificada a las partes este martes desestima y rechaza completamente el recurso de apelación que el Ayuntamiento de Yaiza presentó contra la Sentencia que el 8 de marzo de 2006 había dictado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Las Palmas anulando la licencia que el alcalde de Yaiza concedió a la empresa “Asesoramientos Salmir S.l.” autorizando la construcción de 38 bungalows turísticos en la parcela 12 del Plan Parcial Las Coloradas.

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http://www.coloradamar.com/

El Alto Tribunal canario destaca en su Sentencia que José Francisco Reyes concedió la licencia el 3 de abril de 2000 permitiendo que se iniciaran las obras de ese nuevo complejo turístico a pesar de que ello “era imposible porque tenía todos los informes en contra”, tanto “los del Cabildo de 1-4-1998 y 1-6-1998, como los de su propio técnico municipal de 14-7-1998 en el que literalmente se dice que «no cumple con las previsiones urbanísticas municipales»”, habiendo advertido el Secretario del Ayuntamiento que “faltaba el informe de Vivienda y el informe de compatibilidad con el PIOT”.

En estas circunstancias –prosigue la Sentencia- “el alcalde de Yaiza firma finalmente el 3-4-2000 una certificación” de concesión presunta de la licencia por silencio “sin que conste informe técnico o jurídico que avale su decisión y sin que tampoco conste quién valoró que el silencio tenía un carácter estimatorio”, porque en un caso como éste es evidente –prosigue el Alto Tribunal- que “el silencio era totalmente negativo, como así se ha recogido siempre en nuestras normas autonómicas”.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del más alto Tribunal canario incluso llega a decir en la sentencia (respondiendo al alegato sobre cuestiones formales que planteó el Letrado del Ayuntamiento de Yaiza) que “en el caso que nos ocupa lo que hay que preguntarse es por qué el Ayuntamiento de Yaiza decide emitir la certificación de obtención de la licencia por silencio positivo cuando todo abocaba al silencio negativo”.

Los tres magistrados que componen el Tribunal consideran que la actuación del alcalde de Yaiza constituye un “conjunto de ilegalidades” y ratifican el acierto de los argumentos que fueron planteados por la defensa del Cabildo durante el litigio para la anulación de la licencia y la demolición de construido a su amparo ilegalmente. La Sala llega a advertir en el Fundamento Tercero de la Sentencia que ni siquiera la publicación de las ordenanzas del Plan Parcial en el año 2005 (la licencia se solicitó y concedió por el alcalde de Yaiza cuando ni siquiera estaba en vigor el Plan Parcial de Las Coloradas) puede subsanar los defectos e ilegalidades cometidas por el José Francisco Reyes al conceder este permiso nulo.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias asume, una vez más, los criterios mantenidos por la dirección legal del Cabildo de Lanzarote en los recursos interpuestos contra permisos urbanísticos otorgados durante la moratoria turística por los ayuntamientos de Yaiza y de Teguise y constituye la sexta sentencia consecutiva que anula permisos urbanísticos otorgados por el alcalde de Yaiza durante la moratoria turística insular.

De este modo, la resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo verifica y corrobora la existencia de las graves irregularidades que en la concesión de estas licencias “por silencio” en el Ayuntamiento de Yaiza se pusieron de manifiesto en el informe que el Letrado director del Cabildo realizó por encargo del pleno de la Corporación para determinar la posible existencia de responsabilidades penales y que motivó la denuncia que el ex-consejero de Política Territorial presentó ante la Policía contra los alcaldes de Yaiza y Teguise en noviembre de 2006, la cual ha dado lugar a la iniciación de un proceso penal ante el Juzgado nº2 de Arrecife en el que están imputados los alcaldes de ambos municipios por los presuntos delitos de prevaricación, tráfico de influencias, cohecho y blanqueo de capitales.

Esta nueva sentencia hace firme la que anuló la licencia con la que se construyó este nuevo complejo turístico durante la moratoria insular porque contra la misma (que resuelve un recurso de apelación) no cabe interponer recurso ordinario alguno y es previsible que la doctrina sentada por la Sala sobre las licencias que el alcalde de Yaiza concedió mediante certificaciones de silencio positivo también provoque la anulación de los permisos –idénticos a este- que también fueron concedidos por José Francisco Reyes autorizando otros tres complejos turísticos por este sistema (dando certificaciones de licencia por silencio cuando no se podían conceder expresamente por tener informes negativos).

En este momento se encuentran totalmente finalizados y pendientes únicamente de sentencia un total de 11 procedimientos judiciales interpuestos por el Cabildo contra el Ayuntamiento de Yaiza y otros 4 pleitos contra el Ayuntamiento de Teguise, por lo que es previsible que a lo largo de los próximos meses se vayan dando a conocer los fallos (hasta el momento todos han sido favorables al Cabildo) que podrían anular licencias ilegalmente concedidas a más de 10.000 plazas turísticas en la isla.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com