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Según Diario de Lanzarote:

El Cabildo de Lanzarote considera que “no existe la más remota posibilidad” de legalizar la invasión del vial ocupado por el Hotel Papagayo Arena, en Playa Blanca, “y no solo porque dicho vial se mantiene en el nuevo Plan General de 2014 en el mismo emplazamiento que desde el año 1988 se contempló en el Plan Parcial Las Coloradas”, sino también porque “la ordenación contenida en dicho Plan para las parcelas ubicadas en el frente litoral ha sido anulada mediante sentencia firme”.

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La anulación del Plan General hace aún más difícil un encaje legal, no solo en este hotel, sino en todos, ya que el Plan permitía unas nuevas condiciones a las parcelas cercanas a la costa, que ahora han desaparecido.

En abril de este año, el Cabildo había solicitado la demolición del hotel y ahora pide el precinto ante el Juzgado de lo contencioso 5 de Las Palmas de Gran Canaria, que tramita el incidente de ejecución de la sentencia por la que se anularon las licencias al hotel hace ya 14 años. Solicita que se precinte en tanto se procede a su demolición “al carecer de cobertura jurídica alguna y no contar con ninguna expectativa de legalización”. Es decir, pide la ejecución forzosa de la sentencia que hasta ahora no ha sido ejecutada.

Este pasado martes se celebró una vista en ese Juzgado, que debe resolver sobre esta y otras peticiones. El Papagayo Arena, ahora llamado Sandos Papagayo Beach Resort, es uno de los hoteles que no ha podido continuar con su legalización debido a la naturaleza de sus incumplimientos. El hotel ocupa un vial de acceso al mar que no es legalizable y que, de hecho, no encontró solución en el Plan General.

Para el Cabildo, la ejecución de la sentencia “no puede reducirse a una mera declaración de nulidad, sino que necesariamente debe comprender la reposición del terreno correspondiente al vial, que (la licencia) permitió invadir, a su estado anterior a la realización de la construcción”.

Ante la imposibilidad de legalización, el Ayuntamiento de Yaiza y la empresa promotora llegaron a un acuerdo para dar por ejecutada la sentencia sin tener que demoler al margen del Cabildo y de la Fundación César Manrique, que lograron la resolución favorable y están personadas en la ejecución de las sentencias del resto de hoteles. Ese acuerdo lo anularon los tribunales en primera instancia y la empresa lo ha recurrido ante el Supremo.

En las alegaciones presentadas el pasado mes de julio ante el Juzgado, el Cabildo pedía que se dejara “expedito y libre de construcción el suelo público destinado al mismo así como el suelo correspondiente a los espacios de retranqueo a ambos lados”.

La sentencia obliga a demoler todo lo construido sobre ese vial. La ordenanza infringida contempla un retranqueo obligatorio a los accesos igual a la altura de la edificación a ambos lados del vial, con un mínimo de tres metros, “de ahí que el espacio que debe quedar libre de toda edificación a todo lo largo del vial no son únicamente los cinco metros que tiene de ancho el referido vial, sino también, y como mínimo, otros seis metros adicionales que la edificación debe separarse de dicho vial, lo que hace un mínimo de 11 metros de ancho, que en el presente caso alcanza una media de veinte metros de ancho a lo largo del trazado del vial, teniendo en cuenta la gran altura que tiene la edificación en el trazado que invade dicho vial”, señala el Cabildo.

La representación legal de la institución insular recuerda que el hotel nunca solicitó la legalización de las obras que invaden el vial, a pesar de que, desde abril de 2013, una resolución de la Junta de Gobierno de Yaiza les daba tres meses para hacerlo. Si no lo hicieron es porque “es ilegalizable”, según el Cabildo, que recuerda que en este caso la sentencia que declaró la nulidad de las licencias no lo hizo por motivos formales, sino por infracciones urbanísticas materiales, “además, de suma gravedad”.

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La empresa propietaria del hotel ha presentado una solución “de accesos al mar” por el exterior de la parcela, que el Cabildo considera que es una aberración jurídica. Esa solución se basa en un informe de Costas que ni siquiera fue incluido en el Plan General y para llevarla a cabo necesitarían no solo incluirla ahora en ese Plan, que acaba de ser anulado, sino una autorización “del órgano competente de la comunidad autónoma” porque se haría sobre zona de servidumbre de protección”.

“Se está a la espera de los informes preceptivos previos a la concesión de la licencia urbanística que han de emitir las administraciones estatal y autonómica respectivamente”, dicen los promotores en sus alegaciones. Para el Cabildo, el proyecto de legalización “no es más que un eufemismo para tratar de sortear, eludir, disfrazar o encubrir –burdamente, por cierto- las consecuencias que se derivan de la invasión del vial”.

Considera que lo que quiere es separar esta “gravísima infracción urbanística del otro proyecto de adecuación de la edificación existente al nuevo planeamiento general municipal, como si pudiera legalizarse la edificación al margen de la ocupación del vial, lo cual resulta una auténtica aberración”.

Según señala la empresa, el Cabildo está obstaculizando el procedimiento de legalización urbanística, porque para que el Ayuntamiento de Yaiza pueda adoptar “la decisión que corresponda, previamente el Cabildo Insular tiene que pronunciarse acerca de la autorización sectorial turística” y no lo hace.

La empresa pide al Juzgado que requiera al Cabildo a que posibilite la continuación del procedimiento de legalización “y, con ello, la remoción de los obstáculos que impiden ejecutar la sentencia”, mientras que el Cabildo dice en sus alegaciones que no se trata de remover obstáculos, sino precisamente de hacer cumplir una sentencia.

Añade que, en cualquier caso, “la ausencia de dicha autorización sectorial no impide pronunciarse sobre la adecuación del proyecto de legalización a la normativa urbanística”. Cree que los promotores solo quieren ganar tiempo y seguir explotando una edificación ilegalmente ejecutada durante el mayor plazo posible. “A estas alturas, atenta incluso al más elemental sentido común seguir demorando en el tiempo algo que es absolutamente ineludible”, añade el Cabildo.

El hotel, en su proyecto de remodelación para obtener la licencia, dice que pretende reducir 231 plazas alojativas (que quedarían en 747), convirtiendo dos habitaciones dobles en una suite, mediante la colocación de una puerta corredera, además de adaptar el perímetro de la parcela para ejecutar un paseo peatonal de acceso al mar demoliendo jardineras y zonas de instalaciones “y su posterior reconstrucción” y aumentar las plazas de aparcamiento.

La asociación Transparencia Urbanística, personada en la ejecución, se suma a las alegaciones del Cabildo de Lanzarote. Recuerda que con la construcción de ese hotel “no solo se produjo la vulneración de la normativa de los instrumentos de ordenación territorial (Plan Insular de Ordenación) y urbanística (Plan Parcial Las Coloradas), sino que dicha vulneración fue burda y grosera, siendo la construcción del Hotel Papagayo Arena el resultado de la comisión de un delito de prevaricación urbanística” que se puede encuadrar en el ámbito de la corrupción urbanística, y que “el único modo de garantizar que se produzca la reparación de los daños y perjuicios producidos a los bienes públicos por las prácticas corruptas es llevar a puro y debido efecto las sentencias dictadas que declaran la nulidad de las licencias”.

Señala que existe complicidad entre el Ayuntamiento y la promotora en la demora del cumplimiento de las resoluciones judiciales cuando la entidad promotora incurre en un manifiesto fraude de ley, al pretender la modificación del planeamiento urbanístico general mediante un procedimiento de otorgamiento de la licencia de legalización”.


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NotaPublicado: Mié 26 Ene, 2022 3:49 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

“Consta acreditado que las infracciones materiales impiden la legalización”. Con esa contundencia acaba de tumbar el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 5 de Las Palmas el intento de salvar del derribo al hotel Papagayo Arena, que tiene hasta tres sentencias declarando su ilegalidad, dos en la vía contencioso-administrativa y otra más en la vía penal, dentro del caso Yate.

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En un auto fechado el pasado jueves 20 de enero, el Juzgado de lo Contencioso ordena la “ejecución íntegra” de una de esas sentencias -que tiene ya más de diez años- y concluye que ha quedado “comprobado el incumplimiento” del fallo por parte del Ayuntamiento de Yaiza. Y es que el hotel sigue ocupando a día de hoy suelo público, que debería ser un gran vial de acceso a la playa.

En total, la superficie pública ocupada superaría los 6.500 metros cuadrados, ya que el vial debía tener casi 200 metros de largo por 5 metros de ancho, a lo que habría que sumar otros 14,4 metros de retranqueo a cada lado, según la normativa en vigor.

“En cumplimiento de la sentencia que se ejecuta, se debe ordenar, en base a la declaración de nulidad radical de los actos, el restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida, llevándose a cabo las actuaciones necesarias para ello”, señala el auto. Así, dado que advierte que es “ilegalizable” la invasión del vial público, la única forma de “restablecer la legalidad” pasa por la demolición.

Eso es lo que reclamaban tanto el Cabildo como la asociación Transparencia Urbanística, que instó la ejecución de esta sentencia. Ambos recordaban además que la construcción fue posible gracias a los delitos de prevaricación en los que incurrió el ex alcalde, José Francisco Reyes, que en el caso Yate confesó que otorgó éstas y otras licencias a sabiendas de su ilegalidad y a cambio del cobro de sobornos.

Por su parte, la propiedad y el Ayuntamiento de Yaiza se oponían a esta ejecución, y llegaron a pedir al Juzgado que se inhibiera. Para ello, alegaban que ya había otro proceso abierto ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que fue quien dictó la primera sentencia pendiente de ejecución, referida solo a las licencias de obra del hotel.

Sin embargo, la magistrada deja claro que este otro fallo también se debe ejecutar, ya que tal como había defendido el Cabildo, “se revisaron actos distintos”. En este caso, lo que se anuló fue un decreto previo otorgado por José Francisco Reyes en 1999, que autorizó la agrupación de dos parcelas. Gracias a eso se construyó el hotel como si fuera una sola, “comiéndose” ese vial que debía mantenerse entre ambas. Además, también declaró nulos los decretos que autorizaron el modelo del proyecto del hotel y el proyecto del estado final de las obras.

El motivo de que se recurrieran después fue que Reyes ocultó esos permisos al Cabildo, igual que hacía con otras licencias, hasta que la Justicia le ordenó cumplir la ley y realizar esas notificaciones. Por eso se denunciaron después y se dirimieron en este otro procedimiento, en el que ahora se ha ordenado la ejecución de la sentencia.

Además, el gran cambio que supuso este fallo es que sí entró al fondo de los incumplimientos urbanísticos, a diferencia de lo que hizo el TSJC con las licencias de obra. En aquel caso, como ocurrió con otras sentencias que anularon licencias hoteleras de Playa Blanca, la Sala vio motivo suficiente de nulidad en cuestiones formales, como el hecho de que el Ayuntamiento no solicitó los obligados informes de compatibilidad para otorgar los permisos. Por eso los declaró ilegales sin analizar el resto de motivos, lo que ha complicado la fase de ejecución de sentencia, al no haberse detallado todos los incumplimientos.

Sin embargo, no ocurrió lo mismo en este otro fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que ahora ha vuelto a reiterar que hubo una “flagrante vulneración” del propio Plan Parcial. Además, subraya que la normativa en vigor sigue contemplando ese vial público, y por eso concluye que lo ejecutado no es legalizable.

“La presente ejecución no está condicionada por lo que se determine en el procedimiento de legalización que tramita el Ayuntamiento para el resto de la edificación, sino al revés”, había advertido la defensa del Cabildo, oponiéndose a los argumentos del Consistorio. “En el procedimiento de legalización únicamente se podrá determinar la edificación que se pueda legalizar fuera del suelo destinado al vial peatonal y sus retranqueos”, señalaba al respecto.

Además, cuestionaba que el Consistorio hubiera ignorado la existencia de este fallo en el intento de legalización del hotel. Al respecto, recuerda que el Ayuntamiento y la propiedad llegaron a presentar un acuerdo en los Juzgados -sin dar audiencia al Cabildo, pese a ser la parte demandante-, “obviando” esta sentencia y “tratando el referido vial público como si de una servidumbre o suelo privado se tratase”, en lugar de suelo público, que es lo que consta acreditado judicialmente.

Cuando tuvo conocimiento de ese “fraudulento acuerdo”, la Corporación insular lo recurrió y fue anulado por el TSJC, por lo que ese intento de legalización seguía sin prosperar.

“Se pretende mantener y consagrar la invasión del vial”, denunció la defensa del Cabildo ante el Juzgado, en respuesta a los alegatos del Ayuntamiento, que defendía que el procedimiento de legalización que tiene abierto justificaba que no se ejecutara esta otra sentencia.

Sobre ese intento, cuestionaba que se ha “dividido el proyecto de legalización en dos”, planteando por una parte la legalización del hotel y por otro un proyecto de “accesos al mar”. Sin embargo, ese acceso a la playa se establece por el exterior del hotel, sin respetar el vial que sigue recogiendo el planeamiento en vigor y manteniendo la ocupación del suelo público, el lo que el Cabildo califica como una "aberración jurídica". Y lo mismo considera de otros argumentos esgrimidos por el Consistorio, como el proyecto que presentó la propiedad para establecer un paso al mar desde dentro del hotel, atravesando escaleras y ascensores.

Lo que con esos proyectos se pretende no es legalizar el hotel existente adaptándolo a la normativa urbanística aplicable, sino cambiar la normativa urbanística aplicable para poder legalizar el hotel”, advertía la Corporación insular, que insistía en que ese cambio en el planeamiento nunca se puede autorizar a través de una licencia.

Además, cuestionaba que el Ayuntamiento usara como argumento que en el Registro y en el Catastro aparece una sola parcela en lugar de dos, y subrayaba que precisamente eso se debería haber impedido ejecutando esta sentencia que no cumplió el Consistorio, y que anuló el decreto que permitió agruparlas. Al respecto, el auto del Juzgado, contra el que aún cabe recurso, ordena que esta resolución sea notificada a todas las “autoridades competentes”, para que se proceda a ese “restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida”.


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NotaPublicado: Vie 28 Ene, 2022 6:34 pm 
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NotaPublicado: Jue 07 Abr, 2022 4:04 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

La presidenta del Cabildo de Lanzarote, María Dolores Corujo, ha dado a conocer que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por Papagayo Arena, SL contra la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de tres de febrero de 2021, que anulaba el acuerdo alcanzado por el Ayuntamiento de Yaiza y la entidad Papagayo Arena, SL, para la legalización del hotel Papagayo.

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Ha de recordarse que la licencia del citado establecimiento hotelero fue anulada como consecuencia de los procedimientos interpuestos por el Cabildo de Lanzarote y la Fundación César Manrique en defensa de la legalidad, al contravenir lo edificado tanto el Plan Insular como la propia ordenación municipal.

Como consecuencia de la anulación de esa primera licencia, el promotor del hotel presentó un proyecto de legalización que fue desestimado, el 22 de abril de 2016, por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Yaiza mediante un acuerdo que reconocía la imposibilidad de legalización del hotel Papagayo.

El acuerdo de la Junta de Gobierno advertía que lo construido no se adaptaba a las determinaciones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Yaiza, Plan Supletorio, y requería a la propiedad la presentación de "un proyecto en el que se contemple, de forma pormenorizada y detallada todas las medidas técnicas a ejecutar, incluida la demolición parcial (si fuera necesaria) a fin de ajustar la edificación al Planeamiento Municipal en el plazo de UN MES a contar desde la notificación de la Resolución".

Contra esa resolución del Ayuntamiento de Yaiza, la empresa interpuso un contencioso-administrativo del que no se dio traslado ni al Cabildo de Lanzarote ni a la Fundación César Manrique, apartándolos de manera intencionada de un procedimiento que estaba orientado a la ejecución de la sentencia a favor de las tesis sostenidas por ambas instituciones.

“De manera sorprendente”, señalan desde el Cabildo, en el seno de dicho contencioso-administrativo se produjo un procedimiento de mediación intrajudicial en el que el Ayuntamiento de Yaiza y la empresa promotora alcanzaron un acuerdo “para legalizar lo construido y dar por ejecutada la sentencia, sin participación ni control de quienes habían denunciado ante los tribunales la demostrada ilegalidad de la licencia concedida al hotel”.

“Fruto de tan sorprendente mediación, fue el Auto de 6 de noviembre de 2019, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, que daba por ejecutada la sentencia de nulidad de la licencia y legalizaba de facto el hotel Papagayo”, añaden.

Tras tener conocimiento de tal circunstancia, tanto el Cabildo como la Fundación César Manrique interpusieron el oportuno procedimiento contencioso-administrativo, ahora resuelto en favor de ambas instituciones, en el que sostenían que el proceder del Ayuntamiento de Yaiza y la promotora del hotel privaba tanto al Cabildo como a la Fundación de su derecho a la tutela judicial efectiva vulnerando, además, el derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales. Igualmente, los servicios jurídicos del Cabildo sostenían que el acuerdo homologado por el Auto no se ajustaba al ordenamiento jurídico por fraude de ley y versaba sobre materias no susceptibles de transacción, infringiendo el art. 77.1 LJCA, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa.

Fruto de la acción llevada a cabo por los servicios jurídicos de las entidades denunciantes, se consiguió que el TSJC anulara el auto de cumplimiento antes mencionado y, en consecuencia, quedó sin efecto el acuerdo de mediación intrajudicial tramitado a espaldas de quienes habían denunciado la irregular concesión al hotel Papagayo.

Contra dicha sentencia, la propiedad de la instalación hotelera interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo y este, mediante una providencia dictada el pasado dos de febrero, decretó la inadmisión a trámite del mismo, por lo cual adquiere firmeza la sentencia del TSJC que anulaba la mediación intrajudicial.

"No puedo más que mostrar mi satisfacción por esta sentencia que afortunadamente hace que impere la legalidad y la cordura", ha declarado la presidenta quien ha señalado: "El acuerdo anulado era un auténtico disparate porque lo hicieron quienes han incumplido la ley -ayuntamiento y empresario- ocultándolo al Cabildo para tratar de legalizar la gravísima ilegalidad que se cometió con la construcción del hotel invadiendo una calle peatonal prevista en el planeamiento para dividir la parcela hotelera y evitar el cerramiento de la playa por una "mole" de hormigón como la que se ha hecho".

Por último, la presidenta también ha recordado la reciente resolución dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº5 de Las Palmas el pasado 21 de enero de 2022, en la que se declara que el Ayuntamiento de Yaiza tampoco ha ejecutado la sentencia que anuló la licencia que está en el origen de la grave ilegalidad cometida con la construcción de este hotel, por la que el Ayuntamiento de Yaiza autorizó la "agrupación" de dos parcelas que estaban separadas por un vial peatonal de 5 metros de ancho, concluyendo que "las infracciones urbanísticas materiales impiden la legalización de la edificación, por lo que en cumplimiento de la sentencia que se ejecuta se debe ordenar, con base en la declaración de nulidad radical de los actos, el restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida, llevándose a cabo las actuaciones necesarias para ello".

La presidenta del Cabildo ha considerado adecuado destacar que resulta inconcebible que el Ayuntamiento de Yaiza se haya pronunciado de manera sistemática en favor de quienes incumplen no ya la normativa de carácter insular, sino el propio planeamiento municipal y ha recordado que fue la propia Junta de Gobierno Local la que determinó la imposibilidad de legalizar lo edificado.

"Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Yaiza habían dado luz verde a un acuerdo, afortunadamente anulado, que pretendía legalizar lo que el propio gobierno municipal consideraba de imposible legalización".


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NotaPublicado: Vie 08 Abr, 2022 5:57 pm 
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NotaPublicado: Mar 19 Dic, 2023 4:03 pm 
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NotaPublicado: Mié 20 Dic, 2023 3:50 pm 
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha señalado que es en el marco del expediente abierto sobre el Hotel Papagayo Arena en el Ayuntamiento de Yaiza, en relación a la licencia urbanística del establecimiento, en el que debe decidirse si puede tener encaje. “Solo en el caso de que la legalización instada no sea posible procederá la demolición”, destaca en una sentencia fechada el pasado viernes.


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La sentencia del TSJC estima el recurso de apelación interpuesto por la empresa Papagayo Arena SL contra un auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Las Palmas que, en enero del año pasado, había acordado que “se lleva a cabo el restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida”.

En concreto, la citada resolución del Juzgado, ahora revocada por el Tribunal Superior de Justicia, se basaba en la declaración de nulidad de tres decretos municipales de la época de José Francisco Reyes en la alcaldía de Yaiza: abril de 1999, septiembre de 2002 y diciembre de 2003.

El primero de los decretos autorizó la agrupación de las dos parcelas, separadas por un vial público de acceso a la costa, sobre las que se construyó el hotel, el segundo autorizó el modificado del proyecto del hotel y el tercero el final de las obras. El Juzgado consideró “acreditado” que la licencia de agrupación de parcelas, separadas por un vial público de cinco metros de ancho, incurría “en un evidente vicio de nulidad” y una “flagrante vulneración de las previsiones del plan parcial” Las Coloradas. Las otras licencias también habían sido anuladas.

La conclusión del Juzgado en el auto revocado era que la siguiente: “Consta acreditado que las infracciones urbanísticas materiales impiden la legalización de las mismas, por lo que en cumplimiento de la sentencia que se ejecuta se debe ordenar, en base a la declaración de nulidad radical de los actos, el restablecimiento de la legalidad urbanística y territorial infringida, llevándose a cabo las actuaciones necesarias para ello”.

La empresa hotelera, en su recurso, alegó entre otros aspectos que “lo correcto y adecuado” era que prosiguiese “la tramitación del expediente de legalización de la edificación hotelera por el Ayuntamiento de Yaiza”. También apuntó que la resolución de ese expediente en el Consistorio “depende de una decisión previa que corresponde al Cabildo”, en relación a la autorización sectorial turística. Y se quejó de que ese trámite en la Corporación insular seguía pendiente “más de año y medio” después “de la presentación del proyecto visado”.

Esa autorización turística es un permiso similar al otorgado este pasado lunes por el Consejo de Gobierno del Cabildo a otro hotel ilegal, el Princesa Yaiza, que al igual que el Papagayo Arena tiene su licencia de obras anulada por la Justicia.


Ante el TSJC, el Cabildo solicitó que el tribunal dictase resolución acordando la “ejecución forzosa” de la sentencia de anulación de las licencias, “ordenando las medidas necesarias para el inmediato restablecimiento de la realidad física alterada por las obras que invaden el vial peatonal público existente entre las parcelas uno y dos del plan parcial Las Coloradas, dejando expedito y libre de construcción el suelo público”, así como obligando al hotel a retranquearse en las parcelas.

En la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia insiste en que “lo que se discute es si la ejecución de la sentencia [que anuló la licencia del Papagayo Arena] conlleva necesariamente el restablecimiento de la legalidad urbanística infringida mediante la demolición de lo construido sobre suelo público, que es la tesis sostenida” por la asociación Transparencia Urbanística, que instó la ejecución de la citada sentencia, y por el Cabildo, que fue “acogida” por el Juzgado en primera instancia.

“O, si por el contrario”, añade el TSJC, “lo que procede es que se continúe con la tramitación del expediente de legalización de la edificación hotelera que actualmente se sigue ante el Ayuntamiento de Yaiza, que es la tesis sostenida por la entidad titular de las licencias anuladas”, es decir, la empresa Papagayo Arena SL.

El tribunal considera que “la ejecución de la sentencia requiere la incoación y tramitación del oportuno expediente de legalización”. “En definitiva”, concluye, “una vez que el Ayuntamiento haya resuelto acerca de la legalización de la obra, y dictada la oportuna licencia que legalice la construcción, se podrá tener por ejecutada la sentencia”.

Pese a haber anulado el auto del Juzgado que avanzaba en la línea de restablecer lo construido ilegalmente, el Tribunal Superior no descarta que haya finalmente derribo. “En caso de que dicha licencia”, agrega en referencia a la autorización a conceder por el Ayuntamiento de Yaiza, “no pueda ser obtenida, la edificación estará huérfana de licencia y, por tanto, abocada a su demolición”.

Eso sí, aclara que “la ejecución de sentencia no impone necesariamente la demolición de lo construido al amparo de la licencia de obras anulada, siempre que la edificación pueda ser legalizada siguiendo el procedimiento legalmente establecido”.

Al existir un expediente abierto en el Ayuntamiento sureño para determinar si el Papagayo Arena puede obtener nueva licencia urbanística, el TSJC no comparte el criterio del Juzgado sobre el “alcance de la ejecución” de sentencia. Así, recalca que “solo en el caso de que la legalización instada no sea posible procederá acordar la demolición”.

En su sentencia, el tribunal se refiere a la intervención de la Corporación insular: “No deja de sorprender la posición del Cabildo, que de forma reiterada e insistente viene sosteniendo la imposibilidad de legalización de la construcción, y sin embargo no dicta resolución expresa en el expediente de autorización previa sectorial [turística], siendo dicha autorización un requisito ineludible para poder conceder la licencia municipal de obras”.

“Si tan claro tiene la Administración cabildicia que no procede conceder la autorización [turística] previa, nada le impide dictar resolución expresa, como es su obligación legal, y no remitir a la parte”, es decir, al Hotel Papagayo Arena, “a la impugnación de un silencio administrativo”, subraya el tribunal.


“También resulta censurable la explicación ofrecida por el Cabildo para justificar que no es necesario esperar a lo que resuelva sobre la autorización sectorial para concluir el procedimiento de legalización [en el Ayuntamiento de Yaiza], argumento que se puede y se debe denegar la licencia urbanística cuando conste que la actuación no se ajusta al planeamiento”, añade el Tribunal Superior de Justicia.

“Y decimos que resulta censurable por cuanto es el Ayuntamiento y no el Cabildo quien debe resolver el expediente de legalización, concediendo o denegando la licencia de obras, no pudiendo el Cabildo negarse a resolver la autorización sectorial [turística] solicitada por considerar que las obras no son legalizables, anticipándose a lo que, a su entender, debe ser resuelto por el Ayuntamiento”, finaliza el TSJC.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com