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NotaPublicado: Jue 13 Sep, 2007 4:21 pm 
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Según Crónicas de Lanzarote:

Una sentencia dictada el pasado 18 de julio por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anula la licencia urbanística concedida el 14 de mayo de 1999 por el alcalde de Teguise, Juan Pedro Hernández, para la construcción de un complejo de 48 apartamentos turísticos en la parcela 318-22 de Costa Teguise. Dicho establecimiento se encuentra a día de hoy abierto y en explotación, bajo el nombre de Residencial Las Colinas.

Imagen

La sentencia señala que la licencia fue concedida por Juan Pedro Hernández sin que se emitiese el preceptivo informe jurídico de los servicios municipales, el cual cobraba mayor importancia al tratarse de una licencia a desarrollar en el ámbito de un plan parcial no adaptado al Plan Insular de Ordenación y estando suspendido el otorgamiento de licencias con motivo de la tramitación de la Revisión del Plan Insular.

Pese a que el técnico municipal advertía que el proyecto técnico no cumplía con lo estipulado en el plan parcial en lo referente al volumen edificable exigible al uso turístico de apartamentos y solicitaba un estudio jurídico para saber si podía ser concedida la licencia, el referido informe municipal nunca fue emitido.

En cuanto a la ausencia de informe de compatibilidad con el Plan Insular denunciada por el Cabildo, el Tribunal reconoce que se omite el informe previo, preceptivo y vinculante, de la primera Corporación, sosteniendo que era necesario e indispensable el pronunciamiento de éste respecto a la aplicación del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote, ya que Teguise carece de planeamiento general y el Plan Parcial de Costa Teguise no está adaptado al planeamiento insular.

Dice taxativamente la Sala que los preceptos del PIOT de Lanzarote invocados eran de aplicación y que la licencia otorgada, al carecer del señalado informe de compatibilidad, resulta contraria a derecho.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com