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 Asunto: Caso Forelan.
NotaPublicado: Jue 22 Nov, 2007 9:24 am 
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Según diariodelanzarote.com:

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a la cúpula de la Fundación Insular para la Formación y Empleo (Forelan) de la acusación de fraude de subvenciones y apropiación indebida. La Fiscalía pedía para cada uno de los acusados –Basilio González Tejera, Elena Ángel, Valentín Elvira y María Eugenia Villalba- 10 años de prisión y la devolución de más de 600.000 euros a la Fundación.

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha dado a conocer este miércoles la sentencia por el caso Forelan, sobre el que se celebró juicio los pasados 8 y 9 de noviembre.

En el banquillo de los acusados se sentaron los ahora absueltos Basilio González Tejera, presidente de Forelan por CC OO; María Eugenia Villalba, vicepresidenta por UGT; Valentín Elvira, tesorero por Felapyme y Elena Ángel, secretaria por Asolan.

El Ministerio fiscal y la acusación particular –representada por Aetur- les acusaban de un presunto delito continuado contra la Hacienda Pública, por el que pedían cuatro años de prisión y otro de apropiación indebida, por el que solicitaban seis años de prisión más.

Aetur mantenía la acusación por otro delito de uso de documentación oficial falsa, por el que pedía cinco meses de prisión. Al margen, la multa que solicitaban las acusaciones era de 500.000 euros, y también reclamaban la devolución a la Fundación de 603.998 euros.

Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Provincial ha desmontado las tesis de la acusación, que sostenían que González Tejera, Villalba, Elvira y Ángel habían montado a mediados de los años noventa del pasado siglo un ‘entramado empresarial' para conseguir “pingües beneficios” a costa de las subvenciones que recibía Forelan.

También les acusaban de haber falseado las certificaciones de los cursos que se enviaban al Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) para recibir las subvenciones.

La sentencia, que absuelve a la cúpula de Forelan, destaca como hecho probado que “no se ha acreditado que los acusados se apropiaran en su propio beneficio de parte de las subvenciones” que recibía la Fundación para la formación de desempleados.

“No se ha acreditado tampoco –prosigue la sentencia- que los cursos incluidos en las acciones formativas subvencionadas no se impartieran o que los acusados falsearan los alumnos a los iban dirigidos o las horas efectivamente impartidas”.

Sobre el delito de fraude subvenciones, la acusación señaló que en 1995 el presidente de Forelan “remitió al ICFEM, al menos, cinco comunicaciones de curso y evaluación final” en las que “se consignan más horas de las realizadas” y se califica como “apto” a “alumnos que no superaron más de una semana de asistencia o incluso no llegaron a realizar ni una hora del curso”.

En cambio, el tribunal asegura que –a la vista de las pruebas testificales- “se deduce” que los cursos “se impartieron efectivamente”, algunos alumnos “abandonaron voluntariamente” pero se cumplía con “el número mínimo” exigido por la normativa. Añade que no cabe “extraer” de las declaraciones de los testigos “la existencia de un falseamiento” de los justificantes de las subvenciones enviados al ICFEM. En 1996 y 1997, Forelan recibió 1,7 millones de euros.

La sentencia judicial también analiza la actuación de las empresas de dos de los acusados: Copy Shop, de Valentín Elvira, y Sergeslán, de Elena Ángel, que a su vez contrataron a Basilio González Tejera y María Eugenia Villalba. Mientras la Fiscalía y la acusación particular sostenían que las empresas se habían utilizado para enriquecerse ilícitamente, la Audiencia Provincial puntualiza que “no ha quedado acreditado”.

Especialmente crítica es la ponente de la sentencia, la magistrada Yolanda Alcázar, con el informe del perito judicial sobre las relaciones entre las citadas empresas y Forelan. De entrada, dice que el dictamen “no es concluyente” y subraya que no refleja “suficientemente la realidad de sus afirmaciones y conclusiones”. Y ello por la “insuficiencia de datos en los que se fundó”.

Por otro lado, la sentencia recuerda que en la fecha en la que ocurrieron los hechos “no estaba prohibida legalmente la autocontratación entre los miembros del patronato de la Fundación ”, algo que es perseguido desde la Ley de Fundaciones del año 2002. En el terreno de la ética, el tribunal dice que “no resulta deseable cuando se están manejando dineros públicos” pero deja claro que a mediados de la década de los noventa no era delito.

La sentencia también destaca, sobre el delito de uso de documento oficial falso, que “no existe prueba alguna de la falsedad de las comunicaciones remitidas al ICFEM, ni tampoco de las certificaciones firmadas” por el presidente de Forelan.

El perito recalcó que una serie de asientos contables "revelaban que el dinero abonado por Forelan a Copy SHop se destinaba directamente a su administrador". El tribunal dice que eso compete al "ámbito interno" de la empresa.

En este caso, el perito destacó el amplio margen de beneficios de la empresa cuando subcontrataba los cursos que recibía de Forelan. El tribunal asegura que "no es ilícito que una entidad mercantil obtenga beneficios".

La sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial pone fin a un largo proceso judicial iniciado hace más de nueve años a raíz de una denuncia de la patronal turística Aetur, presidida en aquel momento por el empresario Gerardo Fontes.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial cabe la posibilidad de interponer recurso de casación en el plazo de cinco días. Sin embargo, según ha podido saber este periódico, es poco probable que, por lo menos, Aetur recurra.

Escrito de acusación de la Fiscalía:
http://www.diariodelanzarote.com/docume ... fiscal.pdf

Sentencia absolutoria del 'caso Forelan':
http://www.diariodelanzarote.com/docume ... orelan.pdf


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com