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NotaPublicado: Mar 20 May, 2008 3:08 pm 
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Según diariodelanzarote.com:

El auto, dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial , estima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal frente al auto del 9 de abril de 2008, dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Número 1 de Canarias que mantenía el tercer grado a Dimas Martín.

El líder histórico del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) ingresó voluntariamente en prisión el 21 de diciembre de 2006 por la condena de ocho años de prisión que le fue impuesta por haber cometido malversación de caudales públicos y delitos contra la Hacienda y la Seguridad Social en su gestión del Complejo Agroindustrial a finales de la década de los 80 y principios de los 90.

De esta manera, Martín tendrá que permanecer todo el día en la cárcel de Tahíche, de la que desde el pasado 21 de diciembre salía durante el día para trabajar y los fines de semana. La Dirección General de Instituciones Penitenciarias concedió al ex presidente del Cabildo el tercer grado mediante resolución de fecha 20 de diciembre de 2007.

La Audiencia de Las Palmas ha acogido el recurso de apelación del Ministerio Fiscal que apuntaba que Martín no podía disfrutar de los beneficios penitencarios del tercer grado porque no había cumplido una cuarta parte de la pena impuesta.

De esta manera, la Audiencia Provincial rebate la tesis de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en la que para obviar el cumplimiento de la cuarta parte de la condena que exige el Reglamento hacía alusión a “la proximidad de la fecha prevista para el cumplimiento de esta cuarta parte de la pena”.

Una proximidad que no resulta evidente para la Audiencia Provincial , teniendo en cuenta que este cuarto de pena se cumpliría en diciembre de 2008.

Además, el auto hace referencia a un “un proceso de estudio y valoración” por parte de la Junta de Tratamiento que debe tener “una adecuada y prudente duración temporal a fin de que se produzcan de forma fiable y convincente, con exclusión de cualquier posibilidad de error ocasionado por una actuación precipitada y no lo suficientemente reflexiva y contrastada”.

La Audiencia Provincial afirma que “resulta innegable la voluntad delictual” de Dimas Martín, remitiéndose a las tres condenas del ex presidente del PIL.

Además, en el auto se asevera que “no puede situarse en el centro de atención de una manera interesada la concurrencia de las circunstancias de índole personal, familiar o de integración social del penado con olvido o postergación de las de carácter más objetivo de gravedad de la pena que lleva implícita la de los hechos que la motivaron”.

Por todo esto, la Audiencia Provincial ha decidido estimar el recurso de apelación del Ministerio Fiscal y declara que “no hay lugar a la concesión al penado Dimas Martín del tercer grado penitenciario”.

Cabe recodar que Dimas Martín ingresó en la prisión de Tahíche el 21 de diciembre de 2006 para cumplir ocho años de condena impuesta por la Audiencia Provincial por malversación de fondos públicos, y sendos delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

Tras varios intentos fallidos, justo un año después, el 20 de diciembre de 2007, el emblemático líder del PIL abandonaba la prisión gracias al tercer grado penitenciario, que le fue otorgado después de que la Junta de Tratamiento enviara un informe positivo sobre la actitud del penado a Instituciones Penitenciarias.

Auto de la Audiencia Provincial:
http://www.diariodelanzarote.com/docume ... MARTIN.doc


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com