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NotaPublicado: Mar 21 Oct, 2008 12:08 pm 
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Según diariodelanzarote.com:

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la extinción del Plan Parcial Alborada de Teguise por el Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) de 1991, desestimando el recurso de casación presentado por la empresa Cortijos del Majo S.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de 15 de septiembre de 2003.

El Alto Tribunal canario ya había desestimado la demanda formulada por dicha empresa para que se declarase aprobado y en vigor el plan parcial La Alborada en Costa Teguise, que preveía 7.000 nuevas camas.

En su recurso, la empresa Cortijos del Majo S.A. pretendía que el Tribunal Supremo declarase aprobado por silencio el plan parcial Alborada al amparo del antiguo Plan Insular de Lanzarote de 1973.

La empresa alegaba que el Cabildo de Lanzarote no tenía competencias para suspender la aprobación de planes parciales durante el proceso de elaboración del Plan Insular de 1991, iniciado en 1987, y que por ello el acuerdo de aprobación inicial del PIOT adoptado por el Pleno del Cabildo en 1989, sería nulo.

El Tribunal Supremo rechazó el pasado mes de junio en su sentencia todos los argumentos de Cortijos del Majo S.A. reafirmando las competencias del Cabildo de Lanzarote en materia de ordenación insular y la superioridad del Plan Insular sobre los demás planes parciales y generales municipales y confirmando la legalidad del acuerdo que impidió la aprobación definitiva del plan parcial Alborada y la clasificación del suelo de dicho plan como rústico en el PIOT.

El plan parcial Alborada se presentó en el Ayuntamiento de Teguise en septiembre de 1987 para su tramitación (unos meses después del inicio del proceso de aprobación del Plan Insular de Lanzarote).

Se aprobó inicial y provisionalmente mediante acuerdos plenarios adoptados por el Ayuntamiento en sesiones celebradas los días 4 de diciembre de 1987 y 30 de junio de 1988, siendo remitido a la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias (CUMAC) para que resolviera sobre su aprobación definitiva.

El 31 de marzo de 1989 la CUMAC adoptó el acuerdo de suspensión de la aprobación definitiva del plan parcial Alborada al estar afectado por las determinaciones del PIO (que clasificaba el suelo de aquel como rústico) y haber suspendido el Cabildo, mediante acuerdo plenario, la aprobación de planes parciales contrarios al PIO en tramitación.

Los terrenos que pretendían ser ordenados por el plan parcial Alborada (propiedad de la familia Lamberti) se encuentran junto al plan parcial Costa Teguise y hubieran tenido capacidad edificatoria para aproximadamente 7.000 nuevas plazas alojativas. Este plan es uno de los veinte que se tramitaron coincidiendo con el inicio de la redacción del Plan Insular de 1991.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com