Según diariodelanzarote.com:
El Juzgado de Instrucción número 3 de Arrecife ha acordado en un auto el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento abierto contra el alcalde de Arrecife, Enrique Pérez Parrilla, el concejal José Miguel Rodríguez y técnicos del Ayuntamiento por las obras realizadas sin autorización en un edificio protegido.
Las obras las efectuó el propio Ayuntamiento en el edificio que alberga en la actualidad la Oficina Técnica municipal, a escasos metros de la Casa Consistorial, y que se encuentra incluido en el catálogo arquitectónico de la ciudad aprobado definitivamente en julio del año pasado.
Las obras comenzaron sobre el 12 de marzo sin autorización del departamento de Patrimonio Histórico del Cabildo insular, a pesar de que ese permiso era necesario. El Cabildo ordenó su paralización el 19 de marzo, sin que se atendiese su requerimiento hasta el 10 de abril. A finales de marzo, el Seprona de la Guardia Civil denunció los hechos.
Desde el punto de vista de los daños al edificio protegido, los técnicos del Área de Patrimonio Histórico destacaron la destrucción de los esgrafiados de los muros –unas incisiones decorativas en la pared-.
Sin embargo, a juicio del fiscal, en este caso sólo cabía el archivo del procedimiento penal abierto ya que,
a pesar de “efectivamente se causaron daños en los valores históricos de la fachada” y de que “se desobedeció la orden de la presidenta del Cabildo” de paralización de las obras” no existe “base suficiente para acusar” a “ninguna persona determinada”.
Así,
el fiscal destaca el “oscurantismo en el seno del Ayuntamiento y de la Oficina Técnica” y “la obstaculización” a la investigación acerca de las obras, aunque indica que en la fase de diligencias previas no se ha podido precisar sobre quién recayó la responsabilidad de iniciar las obras sin autorización del Cabildo ni de continuarlas una vez llegó la orden de paralización.
Contra el auto, de fecha 25 de septiembre, cabe recurso de reforma o apelación. En el procedimiento se evaluó un supuesto delito de desobediencia grave a la autoridad así como otros tipos penales relativos a la alteración grave de edificios singularmente protegidos.
El fiscal entiende, a tenor de la ficha del edificio en el catálogo arquitectónico municipal, que el elemento que dota de “singular protección” al inmueble es la carpintería, que se ha conservado “en su estado original”.
Con el picado de los muros por orden del Ayuntamiento, en las obras se produjo la destrucción de esgrafiados, algo que subrayaron los técnicos del departamento de Patrimonio Histórico del Cabildo de Lanzarote.
Las obras se iniciaron por parte del Consistorio capitalino sin que fuesen autorizadas por la Comisión Insular de Patrimonio, como correspondía al tratarse de un inmueble que goza de protección al estar incluido en el catálogo de Arrecife.