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NotaPublicado: Mar 10 Nov, 2009 12:39 pm 
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Registrado: Jue 21 Abr, 2005 11:14 am
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Según diariodelanzarote.com:

El Gobierno desestimó la petición de Lidl en mayo de 2007 para instalar esta superficie en la carretera de Los Mármoles. La sentencia considera que la desestimación no es ajustada a derecho y que Lidl tiene derecho a que se le conceda dicha licencia.

Según la Ley 10/2003, de comercio, que regula la licencia comercial específica, los criterios que hay que valorar para otorgar la licencia son: la existencia o no de equipamiento comercial adecuado en la zona afectada por el nuevo emplazamiento, los efectos que éste pudiera tener sobre la estructura comercial de dicha zona y los puestos de trabajo que se generen.

En el caso de los establecimientos de descuento duro también hay que tener en cuenta el incremento de la oferta comercial para el consumidor, señala la sentencia, que dice que el Gobierno tan sólo se basó en la pérdida de empleo para justificar su negativa.

Señala el fallo que “ la Administración desestima la solicitud de licencia de que se trata sobre la única base de una supuesta y errónea pérdida neta de empleo, planteada exclusivamente en los improcedentes informes emitidos por la empresa Laesedeuve, la cual es de facto la que rechaza la pretensión de la actora, ya que no se deduce de los expedientes administrativos un mínimo estudio y análisis de las consideraciones expuestas en dichos informes por parte de la administración competente”.

La sentencia recrimina al Gobierno que delegue sus obligaciones en una empresa privada y dice que “la citada empresa carece de la solvencia técnica y capacidad necesarias para la emisión de informes referentes a la creación o destrucción de puestos de trabajo por la implantación de un establecimiento comercial, no habiéndose ajustado la administración a la ley de contratos al adjudicar el encargo a Laesedeuve sin el previo proceso de licitación".

La Sala recuerda al Gobierno que tuvo que haber convocado el proceso de selección para asegurarse de que Laesedeuve era la más capacitada para emitir el informe. Añada que otro informe de un economista, aportado por Lidl, tienele criterio completamente contrario a éste.

El informe de Lidl dice que en caso de que se concediera la licencia “los consumidores son los grandes beneficiados, que el comercio tradicional no se ve afectado, que las grandes cadenas podrían ser las más perjudicadas, pero contando con suficiente margen comercial para no reducir sus puestos de trabajo, y que los agricultores, industriales y productores incrementan su poder de negociación y podrían incrementar sus exportaciones, considerando, en definitiva, que la concesión de las licencias en cuestión tendrán un efecto muy positivo en el desarrollo de las islas”.

Dice la Sala que el fallo debería retrotraer las actuaciones al momento en que el Gobierno solicita el informe a la empresa privada pero reconoce que esa solución no satisfaría la legítimas expectativas mercantiles de Lidl por el retraso en la apertura.

Por último, la sentencia asegura que comparte el criterio de que “la instalación de los establecimientos pretendidos por la actora resulta beneficiosa para el consumidor, siendo de tener en cuenta que la Ley 10/2.003 habla de creación de puestos de trabajo, no de su destrucción, siendo obvio que tal creación tiene lugar por la repetida instalación en diversos municipios de Canarias, sin que, por el contrario, sea obvio en absoluto que llegue a tener lugar la destrucción de empleo a que se refiere la administración”.

Sentencia del TSJC:
http://www.diariodelanzarote.com/docume ... recife.pdf


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NotaPublicado: Lun 04 Nov, 2013 9:15 am 
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Fuente diariodelanzarote.com:

El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia, ya firme, en la que declara ilegal la denegación por parte del Gobierno de Canarias para que se implantase un establecimiento de alimentación de ‘descuento duro’ en Arrecife.

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La solicitud partió de la cadena Lidl, que se tuvo que terminar instalando en la capital de la Isla con un establecimiento normal, aunque pretendía inplantarse bajo la modalidad de ‘descuento duro’, en la que se venden pocos productos a bajos precios.

La Consejería regional de Comercio denegó la petición de licencia comercial específica a la cadena en mayo de 2007, por lo que se inició una batalla legal que ha concluido ahora con la resolución del Tribunal Supremo.

Con anterioridad, en 2009, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) había resuelto a favor de la empresa. Un criterio que se ha mantenido a pesar del recurso del Gobierno, que ni siquiera fue contestado en el Supremo por la empresa.

El Supremo señala en su sentencia que el Gobierno de Canarias basó su negativa a otorgar la licencia en el informe encargado de manera directa a una consultora, sin procedimiento de selección previo, algo que considera irregular.

El tribunal apunta que “no pueden escaparse los notables intereses económico en juego” y considera que el Gobierno “debió haber procedido a convocar el oportuno proceso de selección” para asegurarse que la consultora era “la más capacitada”.

El dictamen externo en el que se basó la negativa del Ejecutivo regional aseguraba que se produciría una “destrucción de empleo” en el supuesto de que Lidl abriese en Arrecife un establecimiento de ‘descuento duro’.

Por su parte, la cadena de alimentación opuso otro informe en el que se concluía que con la apertura los consumidores serían “los grandes beneficiados”, que el comercio “tradicional” no se vería afectado y que “las grandes cadenas podrían ser las más perjudicadas”.

No obstante, consideraba que el perjuicio no sería tan elevado y que les quedaría “suficiente margen comercial para no reducir sus puestos de trabajo”. También sostenía “que los agricultores, industriales y productores” incrementarían “su poder de negociación”.


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NotaPublicado: Mié 02 Abr, 2014 9:07 am 
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Registrado: Jue 25 Oct, 2012 5:38 pm
Mensajes: 693
Fuente diariodelanzarote.com:

Un informe que encargó el Gobierno de Canarias en el año 2005 para sopesar si se permitía la entrada de la cadena Lidl en su modalidad de descuento duro en Arrecife aseguraba que iba a destruir empleo. La modalidad de descuento duro no se permitió pero sí la entrada de Lidl como hipermercado. El informe no se había dado a conocer hasta ahora.

El estudio se encargó a la consultora “Laesedeuve” en septiembre de 2005 y se entregó en junio de 2006. Valoraba los efectos que tendría sobre la economía, el empleo, el IPC y el bienestar social la implantación del “descuento duro”, una modalidad comercial con fuertes ofertas.

El informe se entregó recientemente a la parlamentaria del PP Astrid Pérez, que había solicitado al Gobierno la documentación sobre las trabas a la entrada de Lidl en la Isla bajo la modalidad de “descuento duro”, después de que el Tribunal Supremo ratificase la ilegalidad cometida por el Ejecutivo al denegar la licencia a esta fórmula comercial.

La conclusión del informe fue que esa entrada generaría un impacto general desfavorable como descuento duro. De hecho se afirmaba que Lidl sólo iba a crear 17 empleos pero iba a provocar la pérdida de 91.

Además, se consideraba que facilitaría la desaparición de doce establecimientos de pequeño comercio dedicados al mismo sector. Se preveía, igualmente, una reducción del Producto Interior Bruto de la Isla de 1,4 millones.

Así pues, según el estudio el descuento duro crearía cuatro veces menos puestos de trabajo de los que iba a generar. Decía el informe que el efecto sería negativo incluso descontando el efecto sobre la renta positivo que se genera sobre los consumidores por el abaratamiento de la cesta de la compra.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com