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NotaPublicado: Vie 21 May, 2010 8:33 am 
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Según diariodelanzarote.com:

El secretario del Ayuntamiento de Arrecife ha exigido en una circular a los empleados públicos que ‘denuncien' a los trabajadores sin contrato que presten servicios para la institución después de que el Juzgado de lo Social haya condenado al Consistorio a readmitir a una persona que estaba trabajando con un “contrato verbal”.

La trabajadora que se ha quedado fija en el Ayuntamiento fue contratada el 13 de octubre de 2008. El 2 de marzo de 2009, una vez concluida la relación laboral, de forma verbal se le dice que continúe desempeñando “el mismo puesto de trabajo del contrato anterior” como trabajadora autónoma.

Después del cambio de gobierno en el Ayuntamiento, la trabajadora es despedida, concretamente el 28 de diciembre del año pasado. Tras recurrir el despido, el Juzgado de lo Social ha emitido una sentencia en el que condena al Ayuntamiento a que la “readmita” en el “mismo puesto y condiciones de trabajo” que tenía antes del despido.

En la sentencia se señala que la trabajadora percibía su salario a través de las facturas que cada mes presentaba en el Ayuntamiento, llegando a ser coordinadora de un departamento municipal entre marzo y noviembre del año pasado, cumpliendo el mismo horario y utilizando los mismos medios que el resto de trabajadores públicos.

Este caso ha provocado que el secretario de la Corporación haya emitido una circular en la que requiere a los empleados -especialmente a los jefes de departamento- para que “en cualquier momento que tengan conocimiento de que alguna persona (sin nombramiento o contrato del departamento de Recursos Humanos)” esté trabajando en el Ayuntamiento lo denuncien.

En ese sentido, pide que “lo pongan en conocimiento” del departamento de Recursos Humanos o en la Secretaría “con la mayor celeridad posible”. Advierte deque “cualquier empleado público” que sabiendo la existencia de relaciones laborales irregulares no avise “podrá incurrir en faltas tipificadas en la legislación vigente y en delitos contenidos en el Código Penal”.

El secretario subraya, además, que "cualquier persona que preste servicios" al Ayuntamiento "debe ser a través de los medios legales establecidos y de acuerdo con los principios" que recoge la Constitución Española de "igualdad, mérito y capacidad".

Una de las claves para que una persona termine quedándose fija en la institución es que preste servicios “en la forma habitual”, es decir, haciendo lo mismo que un empleado público y con el mismo horario.

También se tiene en cuenta que utilice “los medios técnicos y materiales propiedad del Ayuntamiento” y que reciba “órdenes” y esté “bajo la disciplina del responsable de la Concejalía ” de la que se trate
.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com