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NotaPublicado: Sab 28 Jul, 2007 11:33 am 
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Según diariodelanzarote.com:

En sentencia dictada el pasado 15 de junio, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la licencia de construcción concedida por el Alcalde de Yaiza, el 19 de febrero de 1999, a la sociedad Teide 10 SL. para la construcción del Hotel Rubicón Palace, en Playa Blanca, cuya capacidad está cifrada en 866 plazas.

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Según el Cabildo, "es previsible" que en los próximos días esta sentencia sea declara firme, ya que contra la misma no cabe recurso de casación. Se trata del décimo establecimiento turístico en la Isla y tercero en el Plan Montaña Roja cuya licencia se anula por los tribunales de justicia de lo contencioso administrativo. El número de camas turísticas afectadas en el Plan Montaña Roja por sentencias dictadas a instancia del Cabildo de Lanzarote asciende a 1.814.

Al Alto Tribunal canario le es suficiente la falta de publicación del planeamiento aplicable para anular la licencia, siendo innecesario e improcedente, en su opinión, examinar los demás motivos de impugnación señalados por el Cabildo que, entre otros, son la ausencia de informe jurídico, el incumplimiento de las medidas de suspensión de licencias durante la tramitación de la moratoria insular, las discordancias entre el proyecto básico y el finalmente ejecutado, y la carencia de la condición de solar y de suelo urbano de la parcela en que se ubica la licencia anulada.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias mantiene que la primera obligación para el Ayuntamiento es cotejar el proyecto sometido a licencia con sus propios instrumentos de planeamiento y colateralmente con otros instrumentos como el Plan Insular. El Plan Montaña Roja requiere para definir solares edificables la redacción de un Estudio de Detalle (concebido legalmente como un instrumento de planeamiento urbanístico de desarrollo) y la urbanización de la parcela, todo ello con carácter previo a la concesión de la licencia. Pero ese preceptivo Estudio de Detalle no fue publicado por el Ayuntamiento.

Éste, pese a ser requerido por el Tribunal, no contestó respecto al cumplimiento del requisito legal de la publicación, lo cual supone una violación del principio de publicidad plena de las ordenanzas y demás normas de los planes urbanísticos reconocido por la legislación de régimen local y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Quien sostiene la publicación debe acreditarla, pero en este caso ni el Cabildo recurrente ni la Sala juzgadora han sido capaces de encontrar los datos de publicación del Estudio de Detalle.

Señala el Tribunal Superior que si se revisa nuevamente el expediente administrativo se puede observar que el informe técnico municipal se refiere al cumplimiento del plan de etapas y no de un proyecto de urbanización, es decir, no se coteja el proyecto de ejecución presentado con la normativa de hipotética aplicación, lo que tiene especial trascendencia en este caso, en el que se hace constar que la parcela no tiene la condición de solar.

En consecuencia, no entró en vigor el estudio de Detalle ni el proyecto de Urbanización exigidos por el plan Montaña Roja, por lo que nunca debió otorgarse ni prorrogarse una licencia con arreglo a las determinaciones no publicadas e ineficaces del mismo.

Por otra parte, el Tribunal rechaza la inadmisibilidad del recurso planteada por el Ayuntamiento de Yaiza y la empresa Teide 10 SL. por entender que lo decisivo es que nunca se produjo la notificación fehaciente de la licencia al Cabildo Insular por parte del Ayuntamiento, de suerte que no acoge la tesis del consistorio sureño relativa a que el Cabildo tuvo conocimiento de la licencia de obras del hotel mucho antes de lo por él manifestado y que cuando interpuso el recurso había transcurrido el plazo estipulado para ello.

Otro argumento que sostiene la Sala para desestimar la inadmisibilidad se vincula a la sentencia dictada por ella misma en el recurso 249/2001, en la que insistía en la falta de comunicación de licencias, entre ellas las de Montaña Roja, por parte del Ayuntamiento al Cabildo.

El Tribunal Superior no se plantea duda alguna sobre la constitucionalidad del deber legal de comunicación de licencias por cuanto no supone un entorpecimiento de la autonomía local sino que permite el ejercicio de las competencias de la Administración de la isla en cuanto representante de un interés territorial insular que sobrepasa el interés municipal.

El Tribunal sostiene que la acción del Cabildo para impugnar la licencia tampoco ha caducado puesto que el recurso se interpuso antes de transcurrir el plazo de cuatro años contado desde la fecha de la notificación fehaciente de la licencia.


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NotaPublicado: Mié 07 Abr, 2010 1:14 pm 
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Según diariodelanzarote.com:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado a 30.050 euros una sanción de la Consejería de Turismo del Gobierno regional al hotel Rubicón Palace, ubicado en Playa Blanca (Yaiza) por estar abierto al público sin la autorización administrativa para la entrada en servicio y el desempeño de la actividad turística.

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El establecimiento hotelero, de 866 plazas turísticas y propiedad de la empresa Teide 10 SL, tiene su licencia de obras, concedida por el ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, anulada de manera firme por los tribunales de justicia. La licencia del proyecto básico es de febrero de 1999 y la del proyecto de ejecución de julio de 2000.

El Cabildo de Lanzarote, en 2005, denegó la autorización para la apertura y puesta en funcionamiento del hotel, de cuatro estrellas y vinculado a la cadena H10. El motivo fue que advirtió diferencias entre el proyecto del hotel y la superficie construida realmente, así como en el número de habitaciones.

A raíz de esa denegación para la apertura del hotel, la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias, que tiene las competencias en infracción turística, sancionó en 2006 a la empresa propietaria del establecimiento con una multa de 105.177 euros.

La Consejería señaló que el hotel había cometido una infracción muy grave de la Ley del Turismo de Canarias por estar abierto al público careciendo de la autorización de puesta en funcionamiento que otorga el Cabildo.

En el año 2007 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias emitió una sentencia en la que anuló la licencia de construcción del hotel, que fue recurrida tanto por el Cabildo como por la Fundación César Manrique.

Los técnicos del Cabildo han destacado en un informe sobre el hotel Rubicón Palace que el establecimiento turístico fue construido en unos terrenos que no tienen “la condición de solar” en Montaña Roja.

El TSJC ha decidido rebajar la multa impuesta a la empresa propietaria del hotel a 30.050 euros argumentando que la Consejería de Turismo, cuando dictó la sanción económica, no explicó de forma adecuada las razones por las que estableció el importe de la multa en 105.177 euros.

La sociedad propietaria del hotel intentó en el procedimiento judicial que el TSJC acogiese el criterio de que había obtenido la licencia de apertura desde el año 2001 por silencio administrativo positivo.

Sin embargo, el tribunal apunta que la empresa no hizo valer ese supuesto derecho ante el Cabildo hasta ser rechazada la autorización de apertura y que, en cualquier caso, operaría para el proyecto presentado y no para la obra realmente ejecutada.

La denegación de la autorización de apertura fue firmada por Manuel Fajardo Palarea, en un periodo en el que era presidente accidental del Cabildo, en el gobierno formado por CC y PSOE. La sanción fue impuesta por la Consejería regional de Turismo en la etapa de Manuel Fajardo Feo.

Este episodio generó tensiones en el grupo de gobierno cabildicio en aquel momento. De hecho, con posterioridad a denegar la autorización, el propio Cabildo presidido por Inés Rojas encargó un informe jurídico externo que sostenía la tesis de que el hotel tenía licencia de apertura concedida por silencio administrativo desde agosto de 2001. El dictamen pagado por el Cabildo fue aportado en el procedimiento judicial por el hotel.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia destaca no sólo que “queda clara la falta de licencia de apertura” del hotel, sino que se estaría incurriendo en una “infracción continuada”, lo que significa que la sanción por el incumplimiento de la ley “no impide nuevas declaraciones de responsabilidad mientras persistan los mismos hechos y la misma situación de falta de licencia”.

A pesar de reafirmar el hecho de que el hotel carece de licencia de apertura y puesta en funcionamiento turística, el TSJC también resalta que “se produjeron verdaderas dilaciones” de “muy difícil justificación” por parte del Cabildo para resolver el trámite administrativo, y que se alargó durante unos cuatro años.

El TSJC resalta que la empresa que explota el hotel Rubicón Palace conocía perfectamente la situación de ilegalidad y pone como ejemplo la carencia de hojas de reclamaciones. “Es evidente que una empresa cuyo objeto gira en torno a la explotación hotelera, debe conocer que explotaba el establecimiento sin dicha autorización”, señala.


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NotaPublicado: Mié 02 Jun, 2010 12:19 pm 
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Según diariodelanzarote.com:

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado una resolución del Cabildo de Lanzarote de agosto de 2005 por la que se denegaba al Hotel Rubicón Palace (Playa Blanca) la autorización para la apertura turística y puesta en funcionamiento del hotel.

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Este hotel, como otros veintiséis de la Isla, tiene la licencia de construcción anulada por sentencia firme aunque permanece abierto al público.

El TSJC asegura que los hoteles que tienen sus licencias anuladas “carecen de cobertura jurídica alguna” y señala que “es decisivo a los efectos de revocar la sentencia, que esta Sala ha anulado la licencia de obras por ser contraria al planeamiento”.

“En el caso enjuiciado”, señala la sentencia, “lo que se plantea es la negativa a otorgar licencia de apertura a un hotel que carece de licencia de obras”, por lo que “la retroacción de actuaciones acordada en la sentencia apelada es contraria al principio de economía procesal”.

Cualquier argumento que cojamos, expuesto por la entidad apelante, nos lleva directamente al mismo resultado, la nulidad de la licencia de obras por ser contraria al planeamiento, lo que impide el otorgamiento de la licencia de apertura”, añade.

En agosto de 2005 el entonces presidente accidental del Cabildo, Manuel Fajardo (PSOE), denegó el permiso de apertura del hotel. La propiedad recurrió y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Las Palmas estimó parcialmente el recurso, ya que no se había comunicado al hotel el informe técnico que avalaba al decisión del Cabild. El Juzgado ordenó retrotraer el expediente.

Tanto la empresa Teide 10, propietaria del hotel, como el Cabildo, recurrieron la sentencia, el primero para obtener la apertura por silencio administrativo y el segundo para que se anulara la sentencia. El TSJC ha dado ahora la razón al Cabildo.

La sentencia, recogida en el Centro de Documentación del Consejo General del Poder Judicial, está fechada a finales de noviembre de 2009. A pesar de ser favorable al Cabildo, la institución insular no la ha hecho pública, como era habitual en los últimos años.

Sentencia que deniega la autorización de apertura:
http://www.diariodelanzarote.com/docume ... palace.pdf


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NotaPublicado: Vie 29 Ene, 2016 3:54 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

No todos los hoteles ilegales siguen el camino de la demolición que el Ayuntamiento de Yaiza ha ordenado para el Son Bou. En el caso del Hotel Rubicón, su regularización pasaría por que acometiese la urbanización de la zona en la que está enclavado, en el plan parcial Montaña Roja, en Playa Blanca.

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La alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, explicó que la junta de gobierno del Ayuntamiento sureño ha analizado la situación en la que se encuentra este establecimiento hotelero, cuyo proyecto contemplaba 584 habitaciones y 866 plazas turísticas.

Acuña señaló a Diario de Lanzarote que en cuanto a su ajuste al nuevo Plan General de Ordenación de Yaiza “cumple perfectamente con todo”. Sin embargo, la concesión de una nueva licencia que sustituya a la anulada por la Justicia “se dejó sobre la mesa” porque la empresa debe “constituir un aval para concluir la urbanización alrededor del hotel” y el Ayuntamiento “verificar las autorizaciones turísticas”. “Urbanísticamente cumple con todo”, apostilló Acuña.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló en junio de 2007 el proyecto básico del hotel, de la empresa Teide 10, y el Juzgado de lo contencioso número 3 de Las Palmas anuló en julio de 2007 el proyecto de ejecución, que en mayo de 2008 ratificó el TSJC.

Según el análisis que hizo el Cabildo, el Hotel Rubicón no infringía el Plan Insular de 1991, que sigue siendo el vigente en la actualidad, pero sí que incumplía la moratoria del año 2000 y también había incumplimientos relacionados con el plan parcial de Montaña Roja y con la autorización turística previa del Gobierno de Canarias.

Así, el informe del Cabildo concluía que el Hotel Rubicón incumplía la conocida como moratoria turística, del año 2000, que estableció para la urbanización Montaña Roja un máximo de 1.500 plazas, de las que sólo se podían desarrollar el 25 por ciento, unas 375, al no estar adaptada al Plan Insular.

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“En el momento en el que se concede la primera licencia” para el Rubicón, en febrero de 1999, “ya se habían autorizado, al menos, 1.290 plazas, que sumadas a las 866 de la licencia” del citado establecimiento hotelero, “hacen un total de 2.156, superando el total programado y excediendo en más de seis veces el límite” permitido.

El análisis del Cabildo también concluía que el sector en el que se construyó el hotel “carece de la condición de solar porque la promotora del plan parcial incumplió el plan de etapas” para desarrollar Montaña Roja y “dotar de todos los servicios a las parcelas de la urbanización”.

Así, la zona donde se edificó el Rubicón “no disponía de alcantarillado, suministro de agua potable, encintado de aceras, terminación de red viaria” o “alumbrado público”. Unas deficiencias que ahora el Ayuntamiento sureño exige que se corrijan por completo antes de regularizar la situación del hotel.


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NotaPublicado: Jue 15 Sep, 2016 9:42 am 
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Según La Voz de Lanzarote:

El hotel Rubicón Palace, construido hace más de 15 años, ya ha obtenido una nueva licencia del Ayuntamiento de Yaiza para legalizar su situación. El establecimiento se convierte así en el segundo en superar el proceso de legalización iniciado por el Consistorio, para cumplir con las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias anulando decenas de licencias.

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En una Junta de Gobierno celebrada el pasado mes de enero, el Ayuntamiento ya concluyó que este hotel cumplía con el nuevo Plan General del municipio, por lo que se le podía otorgar un nuevo permiso. Sin embargo, no se le concedió en ese momento, ya que aún debía cumplir algunos trámites, como constituir un aval que garantizara la finalización de las obras de urbanización que le correspondían. Según ha explicado este miércoles a La Voz la alcaldesa, Gladys Acuña, también “faltaba la autorización turística del Cabildo”, que “se había otorgado pero no era correcta”, lo que ha demorado la concesión de la licencia municipal.

Finalmente, en la nueva Junta celebrada este miércoles, el Consistorio ha otorgado ya el nuevo permiso, permitiendo regularizar la situación de este hotel, ubicado en el Plan Parcial Montaña Roja. “Ya ha pagado las tasas y las plusvalías”, ha precisado la alcaldesa, que ha subrayado que en este caso, la superficie construida no supera la edificabilidad permitida por el Plan en esa parcela, a diferencia de lo que ocurre con otros hoteles a los que se les ha denegado la licencia.

Junto al Rubicón Palace, hasta ahora ha conseguido ya legalizarse el hotel Costa Calero, que fue el primero en recibir una nueva licencia, el pasado mes de mayo. En el caso de ese establecimiento, la superficie construida era superior a lo permitido, pero se pudo aplicar el “incentivo” de edificabilidad que contempla el nuevo plan, permitiendo un aumento de la superficie construida si ésta se destina a zonas comunes.

Por su parte, otros tres hoteles no han superado este proceso de legalización, ya que no solo incumplían la normativa en vigor cuando se construyeron, sino que también incumplen el nuevo Plan General de Yaiza. Así, el Ayuntamiento ya ha denegado la licencia al Son Bou, al Princesa Yaiza y al Papagayo Arena, ordenando a sus propietarios que presentaran un proyecto de derribo total o parcial para poder legalizar su situación.

Sin embargo, los proyectos de legalización presentados por los promotores en los últimos meses también han sido rechazados por el Consistorio, ya que no cumplían con el mandato municipal. En el caso del Princesa Yaiza, la propiedad ha presentado un modificado del proyecto, que ahora está siendo estudiado por el Ayuntamiento. En cuanto al Son Bou y el Papagayo Arena, el Consistorio ya se ha dirigido al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, comunicando que ha denegado la licencia. “Estamos esperando respuesta del Tribunal”, afirma la alcaldesa, que recalca que esos dos expedientes ya están terminados y que ahora “se atenderá el dictamen judicial”.


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NotaPublicado: Jue 22 Sep, 2016 4:34 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

El hotel Rubicón Palace ha tenido que abonar al Ayuntamiento de Yaiza más de medio millón de euros por la nueva licencia que le permite legalizar su situación. Así se refleja en el expediente municipal, que concluyó la pasada semana con la concesión de este permiso, dentro del proceso de ejecución de la sentencia que declaró ilegal la licencia que recibió en 1999.

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La decisión de otorgar una nueva licencia se adoptó el pasado miércoles en la Junta de Gobierno, tal como adelantó La Voz de Lanzarote, y una semana después, el Consistorio le ha trasladado formalmente la resolución al hotel. “El Ayuntamiento de Yaiza ha notificado este miércoles a la propiedad del Hotel Rubicón Palace de Playa Blanca la resolución de Junta de Gobierno celebrada la semana pasada, por la que se le concede licencia tras haber examinado su proyecto de legalización, considerando la normativa del Plan General de Ordenación Urbana de Yaiza vigente y las autorizaciones turísticas otorgadas por el Cabildo de Lanzarote”, explica en un comunicado.

Además, el Consistorio ha hecho público el contenido del expediente que ha permitido regularizar la situación del hotel. En ese expediente, se refleja entre otras cosas que la propiedad ha tenido que abonar 541.784 euros en concepto de tasas municipales por esa licencia. Además, ha constituido un aval por valor de 8.605 euros, “para garantizar las obras necesarias para la culminación de infraestructuras pendientes de ejecutar” en la parcela donde se asienta, dentro del plan parcial Montaña Roja.

Según los informes técnicos, en la zona quedaban pendientes obras de urbanización por ese importe, que debían ser asumidas por los promotores. Por eso, con esa suma se garantizará la inversión necesaria, en caso de que la propiedad no cumpliera con la ejecución.

En su comunicado, el Ayuntamiento explica que el hotel “se ajusta a los parámetros del Plan General vigente”, tal como concluye el informe técnico municipal. Así, ha concedido a Teide 10 S.L la licencia urbanística para este hotel de 5 estrellas, que consta de 584 habitaciones y 1.168 de plazas.

Respecto al trámite seguido para aprobar la concesión de este permiso, señala que se han aprobado las liquidaciones de la tasa por licencias urbanísticas y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Además, la propiedad ha aportado la copia de la autorización previa de proyecto y clasificación provisional del establecimiento turístico, otorgada el pasado 6 de junio por el Cabildo de Lanzarote.

En cuanto a las obras pendientes, garantizadas con el depósito del aval bancario, el Consistorio señala que “no sólo serán las que afecten al frente de fachada o fachadas de la parcela, sino a todas las infraestructuras necesarias para que puedan prestarse los servicios públicos precisos, hasta el punto de enlace con las redes generales que estén en funcionamiento”.

Al respecto, advierte de que “el incumplimiento del deber de urbanizar simultáneo a la edificación comportará la pérdida de la fianza y la caducidad de la licencia, mediante su declaración formal, con audiencia del interesado, sin derecho a indemnización, impidiendo el uso de lo edificado”.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com