FORO SOBRE LANZAROTE

www.webdelanzarote.com
Fecha actual Dom 28 Abr, 2024 10:36 am

Todos los horarios son UTC




Nuevo tema Responder al tema  [ 2 mensajes ] 
Autor Mensaje
NotaPublicado: Mar 24 Abr, 2012 6:18 pm 
Desconectado
Site Admin

Registrado: Sab 30 Ago, 2003 6:24 pm
Mensajes: 3147
Según La Voz de Lanzarote:

La Fiscalía ha solicitado una condena de otros tres años de cárcel para el ex alcalde de Haría, Juan Ramírez por un presunto delito de estafa en la venta de una vivienda. Asimismo, pide tres años de prisión para Anja Hradetzky, quien junto a Ramírez, era administradora de la entidad Arad Lanzarote S.L. El juicio por estos hechos tendrá lugar a finales de mayo.

Imagen

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso a La Voz, la Fiscalía considera que Ramírez y Hradetzky, “previamente puestos de acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito”, vendieron un apartamento, ubicado en el complejo Aquazul, de Puerto del Carmen. El contrato de compraventa tenía fecha de 30 de septiembre de 2002 y recogía como compradores a J.F.B. y A.M.

Los acusados vendieron este apartamento a los compradores por 60.101,21 euros. Según la Fiscalía, lo hicieron “a sabiendas de que la citada finca estaba gravada con hipoteca, otorgada a favor de la Caja Insular de Ahorros de Canarias”. Esta carga hipotecaria, además, fue ampliada en virtud de una escritura pública a favor de la entidad, según la Fiscalía. Precisamente por ello, la Caja Insular procedió a la interposición de una demanda de ejecución hipotecaria frente a Arad Lanzarote S.L., que dio lugar a un procedimiento abierto en el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Arrecife.

Para la Fiscalía, durante la tramitación de este procedimiento, “los acusados, con ánimo de silenciar su actuación ilícita, no dieron conocimiento a los denunciantes” de este hecho. Finalmente, la Caja Insular se adjudicó la finca, “haciendo ilusorio el derecho de los denunciantes”. Por todo ello, la Fiscalía solicita también a Ramírez y Hradetzky que indemnicen a los denunciantes con la cantidad de 60.101,21 euros.

En 2009, Juan Ramírez también fue condenado a dos años de cárcel por un delito de estafa muy similar, también por la venta de un apartamento en el Complejo Aguazul. En ese caso, el Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife le impuso esta pena de prisión por vender una casa y ocultar a sus compradores que pesaba una hipoteca sobre la propiedad.

Estos hechos se remontan a noviembre de 2004. Juan Ramírez, siendo también administrador de la entidad “Arad Lanzarote S.L.”, suscribió un contrato privado para la venta del apartamento número 314 del Complejo Aguazul, situado en la localidad de Puerto del Carmen. El precio fijado fue de 162.275 euros, y en el acto de la firma recibió 24.000 de Carlos Fernández, que actuó como intermediario de los compradores, porque vivían fuera de la isla.

Sin embargo, tras la firma empezaron a recibir largas para escriturar la vivienda y 21 días después, vieron cómo pasaba a manos de la Caja Insular de Ahorros Canarias, en virtud de un mandamiento judicial. Y es que sobre la misma pesaba una hipoteca impagada.

Además, la empresa de la que era administrador Juan Ramírez, y en cuyo nombre se vendió esa propiedad, entró poco después en concurso de acreedores. Los compradores denunciaban que ni siquiera se les informó de la existencia de un concurso de acreedores, al menos para haber podido formar parte del mismo.

Asimismo, en mayo de 2010, el Juzgado de Instrucción Número 6 de Arrecife también condenó a Ramírez a dos años y tres meses de prisión por un delito de estafa en la compraventa de un solar en Tahíche. En aquella ocasión, la sentencia consideró probado que el ex alcalde de Haría vendió “dos veces la misma propiedad”.

A estas dos condenas hay que sumar también la del caso Villa Dolores, por la que actualmente cumple pena de cárcel. El Tribunal Supremo le condenó a tres años y seis meses de prisión, así como a cuatro de inhabilitación política y a una multa por falsedad documental en el contrato de arrendamiento para uso público de esta finca.

Los hechos por los que Ramírez fue condenado se remontan a 1995, cuando el pleno del Ayuntamiento de Haría acordó firmar un contrato para arrendar por 150.000 pesetas mensuales la finca Villa Dolores durante cinco años, para crear una escuela taller de rehabilitación del patrimonio de Haría.

Al contrato inicial se le añadió una cláusula adicional “por la cual si el Ayuntamiento optaba por la prórroga del contrato por 20 años más, el arrendador percibiría la cantidad de 500.000 pesetas mensuales”, cláusula adicional que no figuraba en el contrato cuando éste fue aprobado en el pleno del Ayuntamiento.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Mar 04 Dic, 2012 5:35 pm 
Desconectado
Site Admin

Registrado: Sab 30 Ago, 2003 6:24 pm
Mensajes: 3147
Según La Voz de Lanzarote:

El Juzgado de lo Penal Número 3 de Arrecife ha impuesto una nueva condena al ex alcalde de Haría, Juan Ramírez, que ya acumula varias sentencias a sus espaldas, tanto por su etapa al frente del Ayuntamiento como por su actividad privada. En este caso, el fallo considera probado que cometió un “claro” delito de estafa, al vender una propiedad que en realidad no le pertenecía, y le ha impuesto una pena de dos años y seis meses de cárcel.

Imagen

Los hechos se remontan a febrero de 2005, cuando en nombre de la empresa Arad Lanzarote, de la que era administrador único, Juan Ramírez firmó un contrato de compraventa de un apartamento situado en Puerto del Carmen, por un precio de 105.200 euros. Sin embargo, lo cierto es que para esa fecha, el inmueble ya no pertenecía a la empresa de Ramírez. La verdadera propietaria era La Caja Insular de Ahorros e Canarias, en virtud de un auto firme de adjudicación, ya que sobre la propiedad pesaba una hipoteca impagada.

Según sostiene la sentencia, “el acusado aprovechó la coyuntura de la falta de inscripción de dicha adjudicación” en el Registro de la Propiedad, “que tardó más de un año en producirse, para sacar a la venta apartamentos del mismo complejo”, “bien con la existencia de una hipoteca, omitiendo la existencia de este gravamen”, o “bien sabedor de que la finca ya no le pertenecía, como ocurrió en este caso”. De hecho, ésta no es la única condena por estafa que pesa contra Juan Ramírez, por venta de apartamentos en este mismo edificio.

En el caso sobre el que se acaba de dictar sentencia, la compradora sólo llegó a pagar 12.000 euros en concepto de señal, ya que poco después de firmar el contrato se dio cuenta del engaño. Desde entonces, intentó que Juan Ramírez le devolviera el dinero, pero no lo consiguió. Ahora, la sentencia le condena también a devolver esa cantidad, así como los intereses generados desde entonces.

Durante el juicio, Juan Ramírez negó en todo momento que recibiera esas cantidades de dinero por parte de la compradora y también aseguró que desconocía que el apartamento ya había pasado a ser propiedad de la Caja de Canarias. Sin embargo, según la sentencia, las declaraciones de varios testigos y los justificantes bancarios aportados por la denunciante confirman que sí se hicieron dos pagos, uno de 2.000 euros y otro de 10.000. “Prometió en infinidad de ocasiones que iba a devolver el dinero, pero ponía siempre excusas de que estaba en trámites para ello”, declaró durante la vista una testigo, representante de la inmobiliaria que Ramírez utilizó como intermediaria, y a la que según la sentencia también engañó.

En cuanto a su supuesto desconocimiento de la situación en la que se encontraba la finca, la juez Aitziber Oleaga sostiene en la sentencia que Ramírez “tenía que saber que la finca se la había adjudicado el banco”. De hecho, agrega que “nadie puede creer, como mantiene el acusado, que no tenía constancia del procedimiento hipotecario", considerando que había firmado citaciones y requerimientos del Juzgado e incluso recurrió el auto de adjudicación. Por eso, en sus conclusiones la juez llega a tachar de “ilógico, inverosímil y peregrino” ese argumento.

Ramírez, que llegó a negar incluso haber mantenido reuniones con el abogado de la denunciante, pese a que el letrado aseguró lo contrario, también basó su defensa, según recoge la sentencia, en tratar de “derivar toda la responsabilidad, o bien a la inmobiliaria, ya que como profesionales del sector inmobiliario deberían de haber consultado el Registro para saber si las fincas ofertadas para la venta por el acusado estaban o no libres de cargas, o bien, a la propia compradora, que al tener letrado tendría que haber tenido la precaución de hacer esa consulta”.

En este sentido, la juez “acepta la tesis de la acusación particular” y sostiene que “aunque hubieran estado todos muy avispados en consultar el Registro, de nada hubiera servido, porque es cierto que el acusado se sirvió de la lentitud del sistema para hacer lo que hizo, trasmitir una finca sabiendo que no le pertenecía”.

La sentencia sostiene que el comportamiento de Ramírez es un caso “claro” de estafa, “de libro”, y a la hora de imponer la pena tiene en cuenta los antecedentes penales con los que ya cuenta Ramírez, y también el hecho de que “el acusado, lejos de arrepentirse por lo realizado, considera que él no tiene la culpa de lo sucedido, y que debían haber sido los demás los que se informaran de lo que pasaba con la finca supuestamente de su propiedad”. “Sin palabras”, agrega a continuación la juez entre paréntesis.

Por eso, y aunque al establecer la condena ha tenido en cuenta las dilaciones indebidas en este procedimiento, que ha tardado cinco años en ir a juicio, ha impuesto la pena máxima que solicitaban la Fiscalía y la acusación particular, de dos años y medio de cárcel.

Incluso, la juez plantea que desde la acusación se podría haber solicitado una pena mayor. “Hubieran podido interesar que se aplicara la agravante de reincidencia, pero al no haberlo solicitado por ninguna de las acusaciones y no haber aportado a los autos los antecedentes penales actualizados, esta Magistrada no puede apreciar la agravante de oficio”, señala en la sentencia.

Respecto a esa condena anterior, por una venta de otra vivienda en ese mismo complejo de Puerto del Carmen (Aguazul), la sentencia también subraya que es “muy curioso que preguntado por esta circunstancia en el juicio oral, el acusado manifestara sin vacilar que este caso se había archivado”, pese a que además, fue el mismo Juzgado de lo Penal Número 3 quien le condenó.

Al margen de esta nueva sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, Juan Ramírez tiene ya un largo historial de condenas a sus espaldas. Por su etapa como alcalde de Haría fue condenado por falsedad documental en el caso Villa Dolores, por el que ingresó en prisión en el año 2010. Ese mismo año se le impuso otra condena de un año y tres meses de cárcel por un delito continuado de prevaricación urbanística.

Además, también tiene al menos otras dos condenas por estafa a sus espaldas, ambas relacionadas con venta de viviendas, y otros juicios y sentencias pendientes por hechos similares.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 2 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 336 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro

Buscar:
Saltar a:  
POWERED_BY
Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com