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NotaPublicado: Mar 16 Sep, 2014 9:37 am 
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Fuente canarias7.es:

La Guardia Civil ha respondido al requerimiento de la juez del caso Unión para que aporte las grabadoras que prestaron al exlíder insular del PSOE, Carlos Espino, para grabar su supuesto soborno, que «no figuran». Sin embargo, se constata que se encuentran en el Servicio de Armamento y Equipamiento de la Subdirección General de Apoyo desde 2007.

En dicho escrito, el mando policial responde a la providencia de la juez Silvia Muñoz, del pasado 9 de agosto de 2014, en el que por tercera vez vuelve a requerir a esta Unidad para que aporte las grabadoras que en su día dijo haber aportado al exsecretario insular del PSOE, Carlos Espino, para registrar las conversaciones con el empresario Fernando Becerra, en las que supuestamente se registró su hipotético intento de soborno, que dio origen al caso Unión.

Dichas grabadoras son esenciales, pues tanto la Policía Científica como los peritos de las partes, ya han dicho en sus informes que las grabaciones realizadas volcadas a cds y dvds, aportadas como pruebas por la Guardia Civil a la causa, fueron manipuladas (al menos una que presenta 40 cortes), ninguna es original, no ofrecen garantías de integridad, no son válidas, y no se respetó la cadena de custodia, ni hubo fe pública de su entrega. Por ello, se considera esencial que se aporten.

Sin embargo, el mando de la UCO responde que «tras diversas gestiones, solo se ha identificado como medio empleado la grabadora Gnome P, número de serie 50217 de la empresa Cicom Sistemas S.L, con la que se grabó la reunión del 5 de junio de 2008, desconociéndose que sistemas o grabadoras se usaron en el resto».

Además añade que «dado el tiempo transcurrido y que la sociedad proveedora del material ha dejado de operar, no es posible aportarlas, y que «no figura», ya que «no es un material de dotación que esté en esta unidad», sino que «Cicom Sistemas la cedió temporalmente».

Sin embargo, este periódico ha podido constar de fuentes internas de la propia Guardia Civil, que dichos soportes utilizados sí fueron adquiridos por la Guardia Civil y se encuentran en dependencias del cuerpo, dados de alta como material, en el Servicio de Armamento y Equipamiento Policial, en la Jefatura de Servicios de Apoyo de la Subdirección General de Apoyo, en lacalle Guzmán el Bueno de Madrid.

Fueron adquiridos en el año 2007 con cargo a partida presupuestaria, por lo que choca que ahora no aparezcan. Además la empresa Cicom Sistemas, que las aportó a la UCO sigue operando bajo otro nombre, con el mismo titular y no ha desaparecido, según datos del Registro.


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NotaPublicado: Lun 22 Sep, 2014 9:08 am 
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Fuente canarias7.es:

El jefe de la Policía Científica de la Policía Nacional de Arrecife en una comparecencia ante el Juzgado del caso Unión, acusa al secretario de «faltar a la verdad», al asegurar que el acta de devolución al Juzgado de los soportes digitales que la juez mandó analizar, se firmó por un segundo agente.

El caso Unión sigue dando sorpresas. A los análisis periciales que señalan la supuesta manipulación de las grabaciones efectuadas por Carlos Espino a varios empresarios, que se aportaron como pruebas de su supuesto intento de soborno; y a la inexistencia de las grabadoras usadas, tal y como dijo la Guardia Civil a la juez, pese a que existe constancia fehaciente de que dichos equipos de grabación están en sede policial de Madrid; se une ahora el conocimiento de la comparecencia del jefe de la Policía Científica del CNP en Arrecife, ante la juez Silvia Muñoz y la secretaria de refuerzo, quien acusó al secretario de dicho juzgado, José Ramón Vera Machín, de faltar a la verdad en sus diligencias sobre el caso.

Según manifestó el mando policial, en comparecencia ante la actual juez y secretaria judicial el pasado 21 de febrero, «no es cierta» la versión del secretario, cuando afirma por escrito, que el 7 de enero de 2014 (día en que el propio mando de la Policía Científica acudió a la sede judicial a devolver un sobre conteniendo las grabaciones que la juez ordenó analizar, para conocer su autenticidad y su integridad, es decir si habrían sido manipuladas), que en el acta se estampara la firma del propio jefe de la Científica y el de un segundo agente, ya que dicha acta haciendo constar la devolución de las grabaciones, solamente fue firmado por el mando de la Científica y por el secretario Vera Machín, pero no por ningún otro agente.

Sin embargo, en el documento de devolución de los cds y dvds del Juzgado de ese día 7 de enero aparece la firma de una tercera persona, que al parecer y según versión del jefe de la Científica y del propio agente que le acompañó, no corresponde a ninguno de ellos, y desconocen quién pudo firmar. De hecho, en la copia que aportan no figura dicha firma. No obstante, el secretario judicial, el 11 de febrero dio fe por escrito de que dicha acta fue firmada por un segundo agente.


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NotaPublicado: Mar 23 Sep, 2014 9:56 am 
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Fuente diariodelanzarote.com:

El fiscal anticorrupción de Canarias, Luis Del Río, uno de los encargados del caso Unión, ha solicitado a la juez instructora que pida tanto al Tribunal Superior de Justicia de Canarias como al Consejo General del Poder Judicial que se incorporen al sumario todos los informes que la juez Lucía Barrancos, tercera instructora del caso, realizó para solicitar y justificar la concesión de una comisión de servicios y un juez de apoyo para tramitar el caso.

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Barrancos elaboró un informe en noviembre de 2011 en el que hablaba de supuestas irregularidades y de desorden en el caso, aunque ninguna de sus apreciaciones tuvieron reflejo en la causa, ya que no anuló nada ni abrió ningún expediente por alguna falta o error.

Dimas Martín y Felipe Fernández Camero, imputados en piezas del caso Unión, han conseguido que ese informe, de carácter gubernativo, se incorpore a la causa. Los imputados pretenden trasladar la sensación de desorden o manipulación del caso, que se ha reflejado en algunos medios de comunicación, a la sede judicial ante el inminente inicio del primero de los juicios del caso, con el objetivo de anular todo o parte del procedimiento.

Dice el fiscal anticorrupción en su solicitud que el documento aportado debe ser contextualizado porque si no se corre el riesgo de que haya un sesgo al incorporar solo el citado informe de noviembre de 2011.

La Fiscalía recoge una decisión del CGPJ sobre la incorporación o no del documento que dice que “la decisión de la instructora de incorporar un documento que aparece descontextualizado tanto en su origen como en su destino debe ser completada trayendo al procedimiento el íntegro expediente”.

Del Río añade que “si se pretende hacer uso de un documento gubernativo deben traerse al procedimiento todos los informes del mismo tenor” escritos por la juez Barrancos “pues el mismo valor tendrán unos como otros, máxime si existen otros que completan su contenido”.

El informe de Barrancos de 2011 pinta una situación de la instrucción caótica, aunque en pocos meses separa dos piezas del procedimiento principal. En un informe posterior, en febrero de 2012, la juez instructora refleja que no se ve competente o idónea para manejar un sumario de esas características, con una gran cantidad de imputados, diferentes tramas y más de 30.000 folios.

Barrancos señala entonces que la solución definitiva para afrontar la carga de trabajo y dedicación que suponía el caso Unión debía hacerse nombrando a un magistrado que asumiera en exclusiva la instrucción de la causa, “lo que a mi juicio sería lo más adecuado teniendo en cuenta mi categoría de juez en primer destino ocupando una plaza de magistrado (...)”. Barrancos añade que en esa fecha, el caso Unión “se encuentra ya avanzando de modo decisivo” y que se hizo un foliado de la causa para garantizar de forma urgente su integridad.

En otro informe posterior, de mayo de 2012, también destaca que todos los avances se han hecho siempre con el respaldo del Ministerio Fiscal e informa de una situación de normalidad en la instrucción: dice que el anterior instructor ya separó varias piezas, que se continúan ordenando diligencias de investigación a la UCO, que el secretario judicial de la causa está cotejando los 150 cds con las conversaciones telefónicas pinchadas a los imputados, así como la catalogación de las piezas de convicción y de la documentación intervenida y pide dos funcionarios más para asumir la gran carga de trabajo que suponía el caso.

Señala que “el avance es lento pero la comisión de servicios está siendo muy efectiva” y destaca la diferenciación entre el foliado provisional y el final para dar garantías a las defensas. También relata que en marzo de ese año la UCO compareció en el Juzgado para informar del avance de la investigación, entregando veinte cajas de documentación, y reitera que el caso avanza de forma decisiva.


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NotaPublicado: Vie 24 Oct, 2014 9:42 am 
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Fuente diariodelanzarote.com:

La titular del Juzgado número 5 de Arrecife, Silvia Muñoz, ha dictado un auto en el que acuerda el sobreseimiento provisional de las imputaciones contra 17 personas que fueron investigadas en el marco del caso Unión.

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El pasado 24 de julio la Fiscalía solicitó al Juzgado el archivo de estas imputaciones y ahora la jueza las ha aceptado. La decisión se adopta sobre la denominada pieza 12 del caso Unión, centrada en la investigación sobre “la presunta exigencia de comisiones ilegales por parte de cargos y ex cargos públicos de distintas administraciones locales de Lanzarote”.

Con este auto, la instructora del caso Unión archiva las imputaciones de Segundo Rodríguez, ex vicepresidente del Cabildo con el PSOE; de Joel Delgado, concejal del PP en Arrecife; Celso Betancort, ex concejal del PIL en la capital con el PIL, así como de Dayrán Muñoz y Alfredo Rodríguez, vinculados a la formación insularista.

Además, se ha dictado el sobreseimiento de las imputaciones de los empresarios Demetrio Rodríguez (Lanzagrava), José Luis Betancort (antiguo propietario de TorresCL), Fermín Curbelo (Curbelanz), Ginés Parrilla, Juan Jesús Acuña, Pedro Rodríguez (Naos Iluminación), Jorge Álvarez (Clusa), Manuel Arbelo (Tinguatón Ferreterías) y María José García
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El archivo de las actuaciones, aceptada en el auto dictado el 21 de octubre por la jueza Silvia Muñoz se extiende a los arquitectos Carlos Morales, Víctor Sánchez y José María Pérez. En todos los casos, el sobreseimiento se adopta por la ausencia de material probatorio que permita la posibilidad de sentarlos en el banquillo de los acusados.

Segundo Rodríguez y Jorge Álvarez. Los indicios que había sobre ambos se basaban en el pago de la empresa Clusa de un sobre en el aeropuerto con 6.000 euros a Matías Curbelo y Segundo Rodríguez. Según la declaración de Curbelo, se trataba de un préstamo de un dinero que utilizaron para viaja a Cuba por una buena relación entre ambos y no de una comisión ilícita.

En el auto se resaltan “las relaciones entre el empresario y Dimas Martín orientadas para conseguir postularse para la concesión del servicio de recogida de basuras en el Ayuntamiento der Yaiza, contrato que finalmente tampoco se concluyó".

Dayrán Muñoz y Fermín Curbelo. El primero, según los investigadores, sería un conseguidor de comisiones, como miembro delas juventudes del PIL y el segundo un empresario que iba supuestamente a pagar una comisión a cambio de la concesión de una licencia para unos terrenos en Argana Alta. Sin embrago, no se acordó pago alguno más allá de meras insinuaciones de Dayrán Muñoz.

Alfredo Rodríguez. Recogió la comisión de 95.000 euros en ‘La Tavernetta’ pero no existen indicios de que conociera el contenido del sobre. Matías Curbelo declaró que no sabía nada del negocio y que era un mero recadero. Falleció durante el transcurso de la instrucción del caso.

Celso Betancort. Matías Curbelo habría falseado las cuentas del PIL por orden de Dimas Martín y Celso Betancort, cuando este era presidente del PIL, pero para acreditar la participación de Betancort tan sólo se cuenta con el testimonio de Martías Curbelo y ninguna otra fuente probatoria.

Demetrio Rodríguez. Administrador de Lanzagrava. Se investigaba si pagó una comisión de 9.000 euros exigida por Dimas para que adjudicaran obras en Arrecife del Plan de Barrios a su empresa, pero tampoco se han logrado más pruebas más allá de la declaración de Curbelo.

José Luis Betancort, ex administrador de Torres CL. Se encuentra en la misma situación que Demetrio Rodríguez. Se investigó si tenía información privilegiada por parte de Rafael Arrocha, jefe de la Oficina Técnica, y Elena Martín, jefa de Contratación del Ayuntamiento e hija de Dimas, para conseguir las obras del Plan E, pero no hay documentación que sostenga esa acusación.

María José García. De la empresa Opciones Creativas. Se investigó si había pagado una comisión para poder cobrar unas facturas que le debía a su empresa el Ayuntamiento d Arrecife. No hay indicios del pago de comisión alguna y señala la juez que se trataba de una hipótesis basada en el ‘modus operandi’ (de Dimas Martín). Tanto Dimas Martín como Matías Curbelo declararon que en la reunión que se produjo no se habló nunca de facturas.

Juan Jesús Acuña, Pedro Rodríguez y Manuel Arbelo, de Herederos de Juan Acuña, Naos Iluminación y Ferreterías Tinguatón, respectivamete. Matías Curbelo declaró que los dos primeros habían pagado cantidades mensuales al PIL de forma regular durante 2007, poro de la pericial, del análisis de la contabilidad del partido no hay más indicios que esa declaración de Curbelo, ni tampoco que se produjera ningún favor administrativo. En el caso de Manuel Arbelo tampoco hay más indicios.

Ginés Parrilla Había indicios del pago de comisiones ilegales para la financiación del PIL pero no se han podido acreditar dichos pagos.

Joel Delgado. De las conversaciones pinchadas se deducía un posible trato de favor para que se contratara a su madre en el Ayuntamiento como traductora de inglés a pesar de no estar preparada para el puesto, pero el contrato no se llegó a hacer.

Carlos Morales, Víctor Sánchez y José María Pérez. Fueron imputados porque, según instrucciones de Dimas Martín, el Ayuntamiento de Arrecife, cuyo concejal de Urbanismo era Ubaldo Becerra, iba adjudicar sin procedimiento reglado la redacción del Plan General de Arrecife a los tres arquitectos, pero ocultos tras el nombre de otro arquitecto que firmaría el planeamiento.

No obstante, según los arquitectos el proyecto consistía en plasmar en un documento ideas arquitectónicas para el futuro Arrecife, sirviendo el documento como guía para el futuro Plan General. Según el auto judicial, el hecho de que se generara una minuta avala la tesis de los imputados, ya que descarta que el pago se fuera a hacer por la adjudicación fraudulenta del Plan General.

Aunque por la declaración de Ubaldo Becerra sí parecía que los contactos estaban encaminados a la adjudicación del Plan General, si bien se quedó en una mera ideación no punible, según el Juzgado. Los planes de Dimas Martín de adjudicar el Plan a un arquitecto "de paja" no tienen por qué coincidir con que los citados profesionales lo supieran, concluye el auto del Juzgado número 5.


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NotaPublicado: Vie 24 Oct, 2014 9:45 am 
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Fuente diariodelanzarote.com:

En el auto de archivo de la causa contra 17 de los imputados en el caso Unión, la juez Silvia Muñoz señala que en líneas generales ese archivo se produce por "impotencia probatoria" y justifica las actuaciones realizada en el marco de la operación.

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"La existencia de indicios justificó el despliegue de la actividad investigadora para esclarecer los hechos delictivos e identificar a los presuntos responsables, pero llegado el momento procesal y prácticamente agotada la instrucción, aun persistiendo los indicios, no existe posibilidad de obtener nuevos datos incriminatorios que permitan sostener una acusación fundada", señala en el auto.

En dicho auto, dictado este martes, explica de forma somera la trama de exigencia de comisiones ilegales por parte de varios concejales del PIL en el Ayuntamiento de Arrecife "bajo el ascendente político de Dimas Martín".

Así, señala que la trama se materializaba a través de tres vías: el pago de comisiones ilegales para poder cobrar las facturas pendientes, la exigencia de esas comisiones para concluir nuevos contratos y la adjudicación de contratos al margen de la normativa administrativa.

Señala, asimismo, que se observa una correspondencia entre las empresas que dotaban económicamente al PIL y las que resultaban beneficiadas por los contratos en el Ayuntamiento de Arrecife.

La instrucción, dice la juez, está en una fase decisiva a la espera de que se haga una pericial informática sobre unas resoluciones, aunque adelanta que esas resoluciones van a carecer de virtualidad probatoria.

En la pieza siguen imputadas 18 personas: Dimas Martín, Ubaldo Becerra, José Miguel Rodríguez, Antonio Machín, Luisa Blanco, Rafael Arrocha, Elena Martín, María José Docal, Matías Curbelo, Antonio Gómez, Jesus Martín Brito, Daniel Cañada, Manuel Reina Fabre, Francisco Armas, Eduardo Ferrer, Antonio Cárdenas, Juan Francisco Rosa y Carlos Sáenz.

DOCUMENTO: Consulte el auto del Juzgado número 5 de Arrecife:
https://www.dropbox.com/s/vt4q3wrd0q00f ... n.pdf?dl=0


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NotaPublicado: Mar 28 Oct, 2014 9:10 am 
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Fuente lavozdelanzarote.com:

“Lo grabado es lo ocurrido”. Con esta contundencia se pronuncia la Policía Científica en un informe pericial realizado a solicitud del Juzgado que instruye el caso “Unión”, para despejar cualquier duda sobre la veracidad de las primeras grabaciones en DVD de esta causa, en las que Fernando Becerra ofreció un soborno al denunciante, Carlos Espino, en nombre del empresario Luis Lleó, para desbloquear la construcción en la parcela de Costa Roja.

“No se ha observado ninguna manipulación o alteración consciente o voluntaria para desvirtuar lo captado, siendo lo recogido lo que se habló”. “No hay constancia de alteración alguna que nos haga pensar que la realidad auditiva sea distinta de la realmente producida”. “No se han encontrado cortes ni montajes de voz enlazados fraudulentamente para aparentar una secuencia de voz que realmente no ocurrió”. Frases como éstas son las que se recogen en las conclusiones de ese informe, realizado por un agente y por el inspector jefe de la Unidad de la Policía Científica de Madrid especializada en audiovisuales.

La propia juez titular del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Arrecife, Silvia Muñoz, solicitó ese informe complementario, después de que las defensas de los acusados hubieran alegado y difundido que existió una supuesta “manipulación” en las grabaciones. Sin embargo, el informe de la Policía Nacional lo desmiente con rotundidad, y avala el trabajo realizado por los agentes de la UCO de la Guardia Civil.

A preguntas de la juez, la Policía Científica aclara en el informe que solo en uno de esos DVDs hay un “corte en la imagen”, pero en ningún caso en el audio. Concretamente, la imagen aparece “en negro” durante tres segundos y después aparecen “barras de color” y la “pantalla azul”, hasta que se recupera solo 7 segundos después. Sin embargo, aunque durante esos segundos se deja de ver “a las personas conversando”, “sí hay señal de audio”, y ésta “se corresponde con lo que figura como transcripción literal en autos de la conversación grabada el día 3-12-2008 entre Carlos Espino Angulo y Fernando Becerra Robayna en las oficinas del Cabildo”, sostiene el informe.

En el otro DVD aportado a la causa de esas conversaciones grabadas por la UCO entre el denunciante, Carlos Espino, y el presunto intermediario de ese soborno, Fernando Becerra, “no se observa ningún tipo de manipulación de corte o alteración que desvirtúe la realidad de lo allí dicho y captado por la cámara”. De hecho, el propio implicado, Fernando Becerra, reconoce las grabaciones (tanto las que constan en estos DVDs, como las de los CDs de audio que también han sido cuestionadas) y ha mostrado su conformidad con la pena que solicita para él la Fiscalía, mientras que es Lleó quien insiste en solicitar su nulidad.

La falta de imágenes, ya sean por motivos accidentales o voluntarios, no desvirtúan la realidad de lo captado y existe un hilo conductor en el desarrollo normal de la conversación, sin perjuicio del corte, que en nada altera el ritmo normal de la conversación, que se corresponde fielmente con la transcripción que consta en autos”, subraya el informe pericial de la Policía Científica, que insiste en que “no se han encontrado manipulaciones fraudulentas que pudieran inducir a error al oyente”.

Para llegar a estas conclusiones, señalan que analizaron la “sincronización de las imágenes con el audio” en el “DVD Guardia Civil”, que es “el único en el que se ha detectado algún tipo de alteración”. Así, comprobaron que “a lo largo de toda la grabación hay una correspondencia entre el audio y el vídeo”, basándose “en la sincronización de puntos de referencia como los saludos, los sonidos de las cosas y no del habla, las entradas y salidas, los espacios muertos, etc, no encontrándose alteración alguna que nos haga pensar que la realidad auditiva sea distinta de la realmente producida”.

Tampoco han encontrado “alteración o corte” que “haga pensar que la conversación recogida en el DVD no sea lo que se dijo literalmente”, por lo que concluyen que “lo grabado es lo que se produjo”. “Lo grabado es lo ocurrido, sin que el corte desvirtúe la realidad de los hechos”, vuelve a insistir el informe.

Respecto a otro tema al que se ha aferrado la defensa, referido a que la fecha que aparece junto a las grabaciones es anterior a los días en que se produjeron, el informe pericial de la Policía Científica vuelve a ser contundente. “Independientemente de cuándo sean tomadas unas imágenes (en este caso de unas reuniones en las que figura una fecha anterior a su celebración) es posible fijar una fecha cualquiera a unas imágenes, bien sea en el momento de la captura o en el momento de crear el soporte sobre el que se asientan cuando éstas son copiadas o editadas”, explica la Policía Científica.

“Cuando se graban unas imágenes, bien sea en una cámara o en un aparato grabador, sea éste del sistema que sea, se pueden introducir una fecha y hora cualquiera, pues es un acto manual, ya que el aparato grabador no sabe por sí mismo qué fecha y qué hora son en un momento determinado”, agrega, apuntando además que “existe la posibilidad de que el grabador incorpore siempre como fecha la que fue configurada en un momento determinado, y a partir de aquí todas las grabaciones que se hacen figuran con la misma fecha”.

En cualquier caso, concluye que el hecho de que las grabaciones se realizaran en momentos distintos - lo que es evidente porque “los mismos individuos que mantienen la conversación están vestidos con prendas diferentes” -, y a pesar de ello figuren con una misma fecha, “no supone una manipulación fraudulenta de las imágenes, al no haberse encontrado ningún indicio que así lo indique”.


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NotaPublicado: Vie 07 Nov, 2014 9:00 am 
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El magistrado César Romero Pamparacuatro, que denunció en los Juzgados de Arrecife el robo o sustracción de autos originales del sumario del caso Unión, así como los indicios de falsedad en documento oficial, ha presentado un incidente de recusación contra el juez que instruye esa investigación, Rafael Lis, titular del Juzgado de instrucción número 3 de Arrecife.

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El motivo es la relación sentimental y profesional que Lis mantiene con Margarita Alejo Hervás, que ejerce como abogada de Juan Francisco Rosa en el caso Stratvs desde la primavera de este año, poco después de que se pusiera la denuncia del robo de autos.

En el escrito de recusación, Pamparacuatro señala primero que desde hace ocho meses, el tiempo transcurrido desde la denuncia, el juez no le ha llamado a declarar ni para que se ratifique en su denuncia a pesar de la “extrema importancia y gravedad” de los hechos relatados.

También se pregunta “cómo es posible que se señale (en un auto) las partes personadas y su calidad así como los profesionales que los representan” si la causa está bajo secreto de sumario.

El juez Lis ha permitido que se personen en esa investigación como perjudicados o denunciantes algunos imputados de Unión, como Juan Francisco Rosa, Luis Lleó, Fernández Camero y los directivos de Urbaser. “¿Qué fuente de información les ha puesto en conocimento de esas diligencias secretas?”, se pregunta el juez Pamparacuatro.

En la recusación pone de manifiesto que la causa del robo de autos podría tener efectos jurídicos sobre el caso Unión pero también sobre la causa de Stratvs porque a ese sumario se han incorporado como diligencias las conversaciones pinchadas entre el concejal Leonardo Rodríguez y el empresario Juan Francisco Rosa, defendido por Margarita Alejo.

Según Pamparacuatro, hay dos conexiones evidentes entre el magistrado Lis y la abogada de Rosa. Una sería la relación sentimental y otra la profesional, ya que Alejo Hervás es administradora de la sociedad Lexislas Global, creada por Lis en 2003 durante el tiempo que ejerció como abogado antes de volver a la judicatura.

Lis permanece aún como apoderado general de esa sociedad “con poderes amplísimos” y, al estar dirigida por la abogada, mantendría la “subordinación o dependencia” de esta administradora.

Además señala que esa sociedad, Lexislas Global, tiene el mismo domicilio social que el despacho de Margarita Alejo, por lo que Lis tiene acceso a ese domicilio por su condición de apoderado general y podría, por lo tanto, tener acceso a la causa de Rosa.

Esto genera, según el escrito de recusación, la sospecha de que dentro de ese “íntimo vínculo se puede producir un intercambio de informaciones” que hacen poner en duda la imparcialidad de Lis en el caso.

El juez Rafael Lis tendrá que apartarse del caso, que deberá asumir otro juez como sustituto natural. Lis ha admitido a trámite la recusación y será la Audiencia provincial quien decida si finalmente se debe apartar de forma definitiva.


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NotaPublicado: Jue 05 Feb, 2015 7:12 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

La Fiscalía de Arrecife cree que hay base suficiente para dudar de la imparcialidad del juez Rafael Lis en su instrucción de la causa del robo o desaparición de autos del caso Unión, que denunció el primer juez de ese caso, César Romero Pamparacuatro. La fiscal Yolanda López, en un escrito del pasado mes de noviembre, apoya que se aparte a este juez de esa investigación, tal y como solicitó Pamparacuatro.

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Hay que recordar que el primer juez de Unión recusó a Lis porque está casado con Margarita Alejo, la actual abogada de Juan Francisco Rosa, imputado en los casos Unión y Stratvs, y porque esta causa podría tener efectos jurídicos (como la anulación de parte o de todas las actuaciones) tanto en Unión como en el caso de la bodega, ya que a ese sumario se incorporaron pruebas obtenidas en la operación Unión.

Además, Alejo es administradora de la sociedad Lexislas Global, creada por Lis en 2003 durante el tiempo que ejerció como abogado antes de volver a la judicatura, y en la que aún permanece como apoderado general.

La Fiscalía va mucho más allá que Pamparacuatro en sus consideraciones. La fiscal cree que hay “sospechas fundadas de la ausencia de imparcialidad” de Lis, que dictó el secreto de las actuaciones en el mes de junio de 2014 pero que aún no ha concretado por qué motivo la desaparición de los autos podría afectar a la esencia del caso Unión, tal y como afirma. Lis ni siquiera ha respondido a un escrito de la Fiscalía del mes de octubre.

La fiscal describe que Lis ha permitido la personación en esta causa, que está declarada secreta, de varios imputados en Unión, entre los que se encuentra Rosa, en calidad de acusadores particulares “sin que puedan considerarse ofendidos o perjudicados por los delitos investigados”.

Es decir, que ha dejado personarse a personas cuya autoría (del robo o desaparición) “no puede descartarse totalmente” y por lo tanto parece que el juez ya toma partido por una concreta línea de investigación que excluye de responsabilidad a quienes pudieran ser los principales beneficiarios de una nulidad de actuaciones en Unión, lo que va en contra de la necesaria imparcialidad.

En el escrito considera que la personación de los imputados por delitos de corrupción en Unión es “inadmisible” porque a algunos, como es el caso de Rosa, no se les puede considerar perjudicados ni siquiera de forma indirecta. Lis ha incorporado a esta investigación un auto que decretaba la libertad de Rosa, que no es uno de los autos desaparecidos.

También destaca la incongruencia de admitir acusaciones particulares después de decretar el secreto de las actuaciones y recuerda que la Audiencia provincial ya puso de relieve su extrañeza por este hecho y que los acusados en la pieza de Unión que juzgó a Batllori hicieron valer esta causa secreta para pedir la suspensión del juicio, aunque no lo lograron.

“Todo esto -dice la Fiscalía – va expresamente en contra del espíritu de la norma procesal que garantiza la igualdad de armas en el proceso y la imparcialidad del juez instructor”. Además, dice que llama la atención que Lis no ha practicado diligencia alguna en esta investigación, ni siquiera la de tomar declaración al juez que denunció los hechos, algo que “sorprende poderosamente” al Ministerio público.

No sólo eso, sino que Lis, según la Fiscalía, está aceptando las diligencias que le piden los imputados de Unión y se está limitando a ser receptor de testimonios de particulares que le van remitiendo, aún estando la causa declarada secreta.

“Es una causa que se nutre de los testimonios de particulares que interesadamente y con carácter parcial y sesgado le van introduciendo los personados como acusaciones particulares de no se sabe qué delito en la presente causa”. A esto hay que añadir que el juez ha practicado diligencias que le han pedido que poco o nada tienen que ver con el objeto de la investigación, como el volcado de todo el sumario del caso Unión o el informe de la juez Lucía Barrancos, y también dice la fiscal que “pese a no haber hecho ninguna diligencia esencial” ha ido prorrogando el secreto de las actuaciones cada mes.

“Se puede llegar a la conclusión de que existen sospechas fundadas sobre la ausencia de imparcialidad objetiva del Juez instructor”, dice la fiscal, que describe las contradicciones: “La amplitud del objeto de las diligencias contrasta con la propia denuncia que no ha sido ratificada por decisión del juez; la declaración de secreto contrasta con la permisividad de las personaciones y de la admisión de documentación; la ausencia de una línea de investigación clara y definida contrasta con la toma de partido inicial que excluye de una eventual responsabilidad a quienes pudieran ser los principales beneficiarios de una supuesta nulidad de actuaciones...”.

Por lo tanto, considera que se puede considerar legítima la sospecha de que pueda ser utilizado este procedimiento para beneficiar al cliente de la pareja del juez Lis, y para eliminar esa sospecha solicita la recusación del magistrado. Ahora deberá ser la Audiencia provincial quien decida si sigue en el caso o no.


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NotaPublicado: Mié 11 Mar, 2015 3:43 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha decidido apartar al juez Rafael Lis Estévez de la causa por el presunto robo de autos del caso Unión, aceptando así la recusación que pidió el denunciante del caso, el magistrado César Romero Pamparacuatro. Así lo han confirmado a La Voz desde la Fiscalía provincial de Las Palmas, que había apoyado esta recusación. En su resolución, la Audiencia concluye que hay un "interés indirecto" y una "duda razonable sobre los prejuicios o prevenciones" que pudiera tener el juez "en relación a una de las partes".

Concretamente, tal como señalaba Pamparacuatro al pedir la recusación, el titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Arrecife es marido de la abogada de Juan Francisco Rosa en el caso Stratvs, Margarita Alejo Hervás. Además, ambos están vinculados en una sociedad de asesoramiento jurídico y fiscal, Lexislas Global SL, fundada por el juez Lis en 2003, cuando se encontraba en excedencia y ejercía la abogacía. Lis Estévez fue administrador único de esa sociedad hasta abril de 2009, cuando fue sustituido en el cargo por su mujer, pero actualmente sigue figurando como “apoderado general”, “con poderes amplísimos”, según el certificado del Registro Mercantil aportado por Pamparacuatro cuando presentó su escrito de recusación.

Justo después de que Lis se hiciera cargo de la causa abierta por el robo de autos, Juan Francisco Rosa contrató a su mujer como abogada, para defenderle en el caso Stratvs. Al respecto, César Romero Pamparacuatro señalaba que los hechos que se investigan en su denuncia podrían “tener reflejo” no sólo en el caso Unión, en el que también está imputado Rosa, sino incluso en Stratvs, ya que a esa causa se incorporaron como prueba grabaciones realizadas por la UCO, basadas también en autos de intervención telefónica de Unión.

“Es público y notorio que la esposa del magistrado Liz Estévez es la letrada Alejo Hervás y ello nos hace sospechar que existe, dentro de ese íntimo vínculo, un intercambio de informaciones/recomendaciones que hace, al menos, poner en duda la imparcialidad del juez para conocer y tramitar la denuncia formulada por Romero Pamparacuatro, puesto que sospechamos que existe al menos un interés directo y/o indirecto del mismo”, señala en las conclusiones del escrito de recusación, que tuvo el respaldo de la Fiscalía y ahora ha sido aceptado por la Audiencia Provincial.


Además de poner en duda su imparcialidad por sus vínculos con la abogada de Rosa, Pamparacuatro también cuestionaba la actuación seguida hasta ahora por el juez Lis en la causa. Entre otras cosas, consideraba “paradójico” que el juez hubiera permitido personarse en la causa por el robo de autos a varios imputados de Unión, pese a que las actuaciones están bajo secreto. Además de Juan Francisco Rosa, que incluso figura como “denunciante”, en la causa también se han personado como “perjudicados” Felipe Fernández Camero, Luis Lleó, Dimas Martín, Plácida Guerra y cuatro directivos de Urbaser.

Cabe recordar que varios imputados intentaron aferrarse a esta causa secreta que se sigue en el Juzgado Número 3 para intentar frenar el primer juicio de Unión, por el pago de facturas falsas a Francisco Rodríguez Batllori. Sin embargo, la Audiencia Provincial rechazó sus recursos y dio comienzo a juicio, que ya tiene incluso sentencia condenatoria para los seis acusados.

A todo esto, el escrito de recusación agregaba que “el magistrado Liz Estévez viene soslayando extrañamente y desde hace más de ocho meses (ahora ya un año, dado que la recusación se planteó en noviembre), citar a mi representado (César Romero Pamparacuatro) para que se ratifique en el cuerpo de su denuncia”, y cuestionaba que tampoco se había llevado a cabo “la indagatoria correspondiente a todas luces necesaria por la importancia trascendencia de los hechos denunciados”.

Al respecto, señalaba que como denunciante, Romero Pamparacuatro “es plenamente conocedor de los hechos denunciados, testigos de los mismos, personas sobre las que recaen las sospechas en base a las testificales, etcétera, hechos todos ellos que indudablemente deberían ser conocidos desde hace tiempo por el señor instructor de las presentes diligencias”.

Además, mostraba su “enorme extrañeza” porque las diligencias “sigan siendo declaradas secretas”, aunque pese a ello se haya permitido la personación de varios imputados. El pasado mes de octubre, el propio Romero Pamparacuatro decidió también personarse con abogado en la causa como denunciante, e incluso solicitó la práctica de diligencias, que fueron rechazadas por el juez. Sin embargo, Pamparacuatro subraya que desconoce si se han practicado otras diligencias “a instancias del resto de partes personadas”, lo que en su opinión “demostraría la desvirtuación de la práctica profesional del magistrado recusado en este procedimiento, sobre el objeto del proceso y su fin”.


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NotaPublicado: Mié 11 Mar, 2015 3:46 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

Juan Francisco Rosa, Felipe Fernández Camero, Dimas Martín y Luis Lleó se opusieron a la recusación del juez Rafael Lis en la causa abierta por el robo de autos del caso Unión. Los cuatro imputados presentaron escritos que han sido rechazados por la Audiencia Provincial, que acaba de dar la razón al juez César Romero Pamparacuatro y ha apartado definitivamente de esa causa al juez Lis, por sus vínculos con una de las partes, al ser marido de la abogada de Rosa en el caso Stratvs.

En su auto, la Audiencia considera acreditada la vinculación entre las tres causas, dado que se han incorporado distintas diligencias y conversaciones de Unión al caso Stratvs, por lo que estima que hay un “interés indirecto” del juez en el procedimiento por el presunto robo de autos.

En el caso de Juan Francisco Rosa, para oponerse a la recusación llegó a negar incluso que esté imputado en Unión, pese a que fue detenido y continúa imputado por varios delitos en esta causa. Sin embargo, según él, “ni está ni ha estado imputado nunca en el caso Unión, desconociendo cuál puede ser el nexo de unión entre este caso y el caso Stratvs”.

Al respecto, la Audiencia le responde que “si realmente no existe vinculación alguna” entre la causa por el presunto robo de autos y el caso Stratvs, “se desconoce por qué motivo se encuentra personado en las presentes actuaciones el señor Rosa”, “si no es porque los documentos cuya sustracción se ha denunciado pueden llegar a afectar a un procedimiento en el que sí se encuentra imputado”.

En cuanto al resto de imputados de Unión que se opusieron a la recusación del juez Lis, Dimas Martín y Felipe Fernández Camero llegaron a pedir incluso que se condenara a César Romero Pamparacuatro a pagar las costas causadas con esta recusación por su “temeridad y mala fe”.

En su respuesta, Dimas pedía que no se admitiera la recusación por “falta de legitimación” de Pamparacuatro para presentarla. Además, alegaba supuestas carencias en el escrito, como la firma personal de Romero Pamparacuatro o el “carácter especial del poder otorgado” por el juez para que su abogado presentara ese escrito.

También Luis Lleó pidió que no se admitiera siquiera la recusación y que, en caso contrario, fuera desestimada “por no estar justificada”. En “similar sentido” se pronunció la representación procesal de Felipe Fernández Camero, según subraya el auto dictado por la Audiencia. En el caso de Camero, consideraba que el incidente de recusación era “extemporáneo”, que el recusante no tenía “legitimación” para plantearlo y que los motivos alegados carecían “de fundamento alguno”.

Además, Camero intentó sostener que la causa sobre el robo de autos no tiene influencia en el caso Unión, dado que “ya se han dictado resoluciones” sobre la ausencia de algunos autos originales, que según Pamparacuatro habrían sido sustraídos del Juzgado. Sin embargo, la Audiencia responde que esas resoluciones se refieren a una de las piezas de Unión, pero hay varias más “pendientes de enjuiciamiento”, por lo que sí podría influir tanto sobre esas piezas como sobre el caso Stratvs, al que se han incorporado diligencias de Unión.

Por su parte, el juez Rafael Lis también se opuso a su recusación, llegando a afirmar que estaba “orquestada con fines espurios”. Según él, haber permitido personarse a imputados en las diligencias por el robo de autos “no afecta al carácter secreto” de esas actuaciones.

Además, consideraba “extemporánea, injustificada e injustificable” su recusación y alegaba que la “única finalidad” de Pamparacuatro era “proteger su actuación” en el caso Unión y “dar instrucciones sobre la forma de instruir un procedimiento”. En su escrito de recusación, Pamparacuatro cuestionaba entre otras cosas que ocho meses después de que él mismo presentara la denuncia por el presunto robo de autos, el juez instructor ni siquiera le había llamado a declarar, mantenía la causa secreta y había permitido personarse a imputados directamente afectados.

En su auto, en el que da la razón a Romero Pamparacuatro, la Audiencia rechaza todos los argumentos planteados por los imputados personados en esta causa y también los del juez Lis. De hecho, resume el debate afirmando que el propio magistrado ha admitido que le une un vínculo matrimonial a la abogada de Juan Francisco Rosa, por lo que “no cabe sino concluir la concurrencia de un interés indirecto del magistrado instructor en los presentes autos, o lo que es lo mismo (…), que concurre una duda razonable sobre la existencia de prejuicios o prevenciones" por las "relaciones con una de las partes, o mejor dicho, con la letrada de una de las partes”, “en un proceso que puede verse afectado por el resultado de esta causa”.

Por eso, acuerda apartar “definitivamente” a Lis de la instrucción de estas diligencias, que ahora deberán ser asumidas por un nuevo juez. La resolución, fechada este martes 10 de marzo, ya es firme y contra ella que no cabe recurso.


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NotaPublicado: Lun 16 Mar, 2015 6:18 pm 
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Según Canarias 7:

El abogado Luis Lleó, imputado en el caso Unión, ha presentado una segunda querella contra el juez Pamparacuatro, el exsecretario del Juzgado, el fiscal, y un mando de la Guardia Civil (UCO), por falsedad en documento público. Los acusa de adulterar las órdenes para prorrogar las escuchas telefónicas.

La nueva querella presentada esta semana, que aún no ha sido admitida a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), es la segunda en siete días que Lleó presenta contra los funcionarios responsables de la investigación.

Acusa al juez instructor César Romero Pamparacuatro, al exsecretario judicial José Ramón Vera Machín, al entonces fiscal, Ignacio Stampa, y un sargento de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) de presunta falsedad de cuatro mandamientos y un auto judicial, del 23 de febrero de 2009, para prorrogar la intervención de los teléfonos del empresario Fernando Becerra y de Lleó.

La querella está respaldada por sendas periciales, una técnica que detalla el funcionamiento operativo del sistema SITEL de interceptación de escuchas telefónicas, y otra documentoscópica que confirma que los documentos objeto de análisis fueron supuestamente alterados, con el posterior visado presuntamente falsario del secretario judicial, el agente de la UCO y el fiscal.

La secuencia de las supuestas falsedades denunciadas es la siguiente: El 23 de febrero de 2009 caducan las órdenes de intervenir los teléfonos de Lleó y Fernando Becerra. Como el juez está en la isla de La Palma disfrutando de la fiesta carnavalera de los Indianos y se ve en la obligación de prorrogarlas, acude al Juzgado Mixto 2 de la capital palmera, del que fue titular años antes de tomar posesión en el Juzgado de Arrecife. Allí, presuntamente, redactó los cuatro mandamientos judiciales para su envío a las compañías telefónicas a través de la UCO, remitiéndoselos por fax, ordenando prorrogar las escuchas. Los firma y estampa el sello judicial del Juzgado Mixto de La Palma, recortando la parte del sello que hacía referencia a La Palma, como demuestran los reportes de fax que figuran en la parte superior y que nadie se molesto en borrar.

Los funcionarios que elaboraron dichos cuatro mandamientos judiciales, presuntamente falsos, incurrieron en un error de bulto, al incorporar el escudo del Gobierno de Canarias, que confunde con el propio escudo de la Administración de Justicia en Canarias.

La Palma. La querella apunta que el juez César Pamparacuatro presuntamente tramitó desde el Juzgado de La Palma las ordenes de intervención de los teléfonos de Lleó y Becerra, que después supuestamente se falsearon para aparentar que se tramitaron desde el juzgado de Arrecife con carácter previo.

En tiempo récord. La UCO pide al Juzgado de Arrecife, a las 13.00 horas la prorroga de las escuchas telefónicas. Entre las 13.00 y las 13.20, el juez asimiló en el juzgado palmero, el oficio de la UCO de 19 folios, redacta un auto de 9 paginas y 4 mandamientos judiciales a las operadoras, «mientras la Negra Tomasa hacía acto de presencia en la Plaza de España, a escasos 250 metros de los Juzgados, con miles de personas aclamándola en las calles» dice la querella.

El fax delata. El reporte de fax que figura en la parte superior de los documentos de la querella sitúan al juez en el Juzgado de La Palma, por lo que resulta imposible que el trámite se hiciera en el Juzgado de Arrecife.

Error de bulto. La pericial documentoscópica que se realiza a los mandamientos judiciales demuestra que fueron supuestamente manipulados, al incorporar por error en el papel oficial de la Administracion de Justicia de Canarias un sello del Gobierno de Canarias así como la manipulacion de un sello oficial de un Juzgado.

Auto. La querella también señala que el auto de 23 de febrero de 2009, no se hizo en la fecha indicada, se predató, realizándose en realidad con posterioridad, al no estar ese día el Juez en su Juzgado en Arrecife por estar disfrutando del día grande de la fiesta de los Indianos en Santa Cruz de La Palma.

Reportes del fax y «afan festivo» Los reportes de fax que figuran en los mandamientos judiciales, enviados a la UCO, para reenviarselos a su vez a las compañías telefónicas, sitúan al juez Pamparacuatro, (muy aficionado a la fiesta de Los Indianos, como revela la imagen del juez en el año 2011), el 23 de febrero de 2009, en La Palma, y no en Arrecife, como se hace constar en las órdenes supuestamente falseadas. La querella señala que «el Juez dio prioridad a su afán de esparcimiento personal lúdico festivo en detrimento del deber de velar por los derechos fundamentales de los imputados».


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NotaPublicado: Sab 18 Abr, 2015 10:34 am 
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Según Diario de Lanzarote:

Los autos del caso Unión cuya desaparición fue denunciada por el primer juez instructor, César Romero Pamparacuatro, se elaboraron en la fecha en que se debían elaborar y no están manipulados. Así lo acredita un informe de la Sección de informática forense de la Policía Científica que ha enviado al Juzgado número 5 de Arrecife que instruye el caso.

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La Policía ha analizado los metadatos de esos documentos alojados en el ordenador de la sala polivalente del Juzgado número 5 de Arrecife, que era el ordenador en el que se almacenaban los archivos que se redactaban en otros ordenadores del mismo Juzgado. Los metadatos son datos incluidos en los archivos informáticos que revelan las características de estos archivos.

El informe, terminado a finales de marzo, debía analizar a petición del Juzgado, la fecha de creación de esos archivos y si habían sido manipulados posteriormente. Hay que recordar que en el sumario, de más de 30.000 folios, aparecían algunos autos firmados solamente por el secretario judicial pero no por el juez y que Pamparacuatro, ya en 2014, se negó a firmarlos asegurando que no eran los originales ya que él mismo había redactado, impreso y firmado los autos originales. Además puso una denuncia por el extravío o robo de esos autos.

Algunos imputados en el procedimiento, aprovechando que esos autos no eran los originales, pusieron en duda que se hubieran redactado antes de la fecha de las actuaciones y sostienen que primero se había detenido a algunos imputados y después se habían hechos los autos. De ser así, esto haría que se pudieran anular muchas de estas actuaciones.

El empresario Luis Lleó, uno de los principales acusados, que se enfrenta a la petición de seis años de cárcel por parte de la Fiscalía, ha presentado tres querellas contra el juez y el fiscal del caso, dos agentes de la UCO y el secretario judicial, José Ramón Vera, por falsificar, según él, los documentos del caso. Una de las denuncias ya ha sido inadmitida y la otra ha sido informada negativamente por la Fiscalía, mientras que la otra, dirigida sólo contra la UCO y el secretario, ha sido admitida a trámite en el Juzgado número 3 de Arrecife.

El secretario, José Ramón Vera, llegó a reconocer que los autos sin firma no eran los originales y que los había imprimido y firmado él y los había incorporado al procedimiento cuando detectó que faltaban. También reconoció que el contenido era el mismo y que no se había retocado.

Ante esta circunstancia el Juzgado pidió a la Policía que clonase el disco duro y comprobase la fecha de creación de los autos y si habían sido manipulados. Las conclusiones del informe son claras y desmonta esa teoría conspirativa. Dice que “todas las fechas de última modificación de los documentos corresponden a fechas anteriores o iguales a las que figuran en el texto del propio documento, excepto dos que corresponden a la madrugada del día siguiente”.

La segunda conclusión es que “no hay inconsistencia entre las fechas de última modificación que constan en los metadatos de los documentos y las de los archivos que los contienen, que indique una manipulación de los documentos hallados posterior a dicha fecha”.

Todos los autos analizados corresponden a la operación Jable y fueron realizados entre abril y junio de 2010. Hay un auto de los analizados que se no se ha encontrado en ese disco duro, por el que se pedía información tanto a Loewe como a Urbaser en la búsqueda del bolso regalado por esta empresa a la ex alcaldesa Isabel Déniz.

Los otros autos analizados corresponden a órdenes de entrada y registro en los domicilios de varios detenidos en esa operación o la propia orden de detención de los ex concejales Antonio Machín, Luisa Blanco, la consejera María José Docal o el empresario Demetrio Rodríguez, entre otros, así como a la petición de información a algunas entidades bancarias o a la apertura de cajas de seguridad.


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NotaPublicado: Lun 07 Dic, 2015 4:17 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

El juez Rafael Lis, que instruía la causa por el presunto robo o extravío de autos en el caso Unión, permitió personarse como acusación particular a personas que podrían ser directamente "beneficiadas" por esas supuestas sustracciones. Incluso, serían “los máximos sospechosos” de los hechos que se investigaban en ese procedimiento. Así lo sostiene la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, en un auto en el que anula las personación en esa causa de tres imputados del caso Unión.

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Actualmente, el juez Lis ya no instruye ese procedimiento, ya que fue recusado al existir dudas sobre su imparcialidad. El pasado mes de marzo, la Audiencia aceptó la recusación (solicitada por Pamparacuatro y respaldada por la Fiscalía), ya que entendió que existía un "interés indirecto" y una "duda razonable sobre los prejuicios o prevenciones" que pudiera tener el juez "en relación a una de las partes". Concretamente, la mujer de Lis fue contratada por Juan Francisco Rosa para representarle en el caso Stratvs, poco después de que este juez se hiciera cargo de la causa por el robo de autos. Rosa está también acusado en el caso Unión y se había personado en ese procedimiento que instruía Lis.

Ahora, la Audiencia ha anulado la decisión del magistrado de aceptar tres personaciones: la del abogado Felipe Fernández Camero, la del empresario Luis Lleó y la del directivo de Urbaser Francisco José Martínez Llerandi. “Son precisamente los que resultarían beneficiados de la presunta sustracción o extravío de las resoluciones, porque unas eventuales nulidades podrían dejar sin efecto sus imputaciones”, sostiene la Audiencia, que agrega que “nada de extraño tiene que se les pueda atribuir la condición de máximos sospechosos de tales sustracciones o extravíos”.

Por eso, sostiene que el juez Lis no debió permitir su personación como acusación en la causa y que “debió esperar a que la instrucción avanzara hasta descartarse su participación en los hechos”. Además, tal como había solicitado la Fiscalía, la Audiencia ordena también que “se dejen sin efecto todas las diligencias pedidas” por esas acusaciones particulares. Al respecto, el auto de la Audiencia subraya que los acusados de Unión personados en esa causa por el robo de autos fueron conociendo “el devenir de la instrucción”, asistieron a declaraciones testificales y plantearon las "cuestiones que estimaron oportunas", incluyendo la solicitud de práctica de diligencias y la presentación de recursos.

Tras la recusación de Lis, la causa pasó a manos de un nuevo juez, que finalmente decidió archivar las actuaciones (actualmente, esa resolución está pendiente de los recursos que se presentaron por las distintas partes del procedimiento). Sin embargo, pese a que fue apartado de esa causa, el juez Lis siguió instruyendo otro procedimiento que él mismo separó del caso principal. Concretamente, una ampliación de denuncia que presentó uno de los principales imputados en Unión, Luis Lleó, en la que planteaba supuestos hechos que ya han sido rechazados tanto por el Juzgado que instruye Unión como por la Audiencia Provincial.

Tras tener conocimiento de esa causa separada, la Fiscalía pidió la recusación del juez también en ese procedimiento, en el que durante meses solo participó activamente el propio Lleó. De hecho, sostiene que se realizó "de espaldas" al Ministerio Fiscal y a los denunciados, que son el secretario del Juzgado Número 5 y dos integrantes de la UCO de la Guardia Civil. Además de esa denuncia, Lleó ha formulado otras contra el juez y el fiscal que iniciaron el caso Unión, aunque todas han sido rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que es el único que tiene competencias para investigar a jueces y fiscales.

Así, la única que ha seguido abierta es la que presentó en el Juzgado de Rafael Lis. “Nos encontraríamos ante la vulneración de un precepto legal para instruir un procedimiento paralelo a espaldas de las partes y en beneficio y clara toma de postura de uno de los denunciantes”, señalaba en su escrito de recusación la fiscal jefe de Arrecife, Yolanda López.

En su nuevo auto, fechado el pasado 30 de noviembre, la Audiencia también subraya que lo que denunció César Romero Pamparacuatro no fue que se hubieran introducido resoluciones falsas en el procedimiento, sino que habían desaparecido algunos originales que sí tenían su firma, a diferencia de lo que ocurría con las copias que quedaron en las actuaciones. “No duda que las resoluciones que firmó son las mismas”, destaca la Audiencia.

En cuanto a la personación de imputados en Unión como acusación particular, insiste en que en ningún caso tienen condición de perjudicados. Al respecto, insiste en que podrían “utilizar” esto “en su defensa” en el caso Unión, por lo que no serían “perjudicados, sino beneficiados”, si realmente existiera alguna causa de nulidad, que han sido descartas hasta ahora.

“Supongamos por un momento la hipótesis”, señala la Audiencia, “de que las resoluciones que el instructor no firmó y que se refieren a los que están personados son todas nulas, por la razón que sea. Parece evidente que en tal caso, esa nulidad les beneficiaría y en tal supuesto, nos preguntamos si dirigirían la acusación contra el causante de la nulidad, es decir, contra aquél que les ha librado del sometimiento a juicio en el otro procedimiento, siendo la respuesta evidentemente negativa”. En cualquier caso, la Audiencia Provincial también agrega que este escenario, “desgraciadamente para los imputados del caso Unión”, es “solo una hipótesis".


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com