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NotaPublicado: Jue 05 Feb, 2015 3:35 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

La Audiencia Provincial ya ha dictado sentencia en el primer juicio del caso Unión y lo ha hecho condenando a los seis acusados que se sentaron en el banquillo. La sentencia considera probado que todos incurrieron en delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación en los pagos que se realizaron desde Inalsa y desde el Ayuntamiento de Arrecife al ex viceconsejero de Justicia del Gobierno de Canarias, Francisco Rodríguez Batllori, por servicios no prestados.

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La mayor pena es precisamente la impuesta a Batllori, que suma además otro delito de falsedad documental. En total, la Audiencia le impone una condena de 7 años y tres meses de cárcel. En cuanto a Dimas, deberá cumplir cinco años y medio de prisión.

Una pena similar se impone a la ex consejera delegada de Inalsa, Plácida Guerra; y al ex gerente de Inalsa, Rafael Elorrieta, condenados a cinco años de prisión cada uno. En cuanto a la ex concejal de Personal de Arrecife, Luisa Blanco, la Audiencia le impone cuatro años y medio de prisión.

La menor pena es para el ex concejal de Hacienda de Arrecife, José Miguel Rodríguez, ya que reconoció los hechos durante el juicio y había mostrado su conformidad con la condena. En su caso, la Audiencia le impone un año de cárcel.

Además, todos ellos deberán devolver a Inalsa y al Ayuntamiento de Arrecife el dinero malversado. En total, 26.089 euros a Inalsa y 19.764 euros al Consistorio capitalino. En todos los casos, la sentencia impone prácticamente la totalidad de las penas solicitadas por el fiscal Javier Ródenas.

La Audiencia señala como "hechos probados" que Dimas Martín y Rodríguez Batllori "se concertaron para que el segundo, de forma indebida y sin contraprestación alguna, se beneficiara de fondos públicos de la isla de Lanzarote". Para ello, "guiado por el ánimo de lucro y con la finalidad de satisfacer determinados gastos", Batllori presentaba "minutas que no se correspondían con la realización de servicio alguno" tanto al Ayuntamiento de Arrecife como a Inalsa.

Después, esas minutas eran abonadas por ambas administraciones gracias a "la ascendencia que como miembros del PIL", tenía Dimas Martín sobre los cargos públicos de los que dependían esos pagos. Y todos ellos eran "perfectos conocedores de que dicho abono obedecía a intereses propios de Dimas Martín" y no a servicio alguno prestado para las instituciones.

Tal como sostenía la Fiscalía en su escrito de acusación, la Audiencia considera probado que lo que sí realizó Batllori fueron gestiones privadas para Dimas Martín, "para la consecución del tercer grado penitenciario".

Aunque éste fue el primer juicio del caso Unión, en realidad es la segunda sentencia condenatoria dentro de esta causa.La primera se dictó el pasado mes de diciembre, contra José Francisco Reyes. En aquel caso no llegó siquiera a celebrarse juicio porque el ex alcalde de Yaiza, que era el único acusado en esa pieza, mostró su conformidad con el escrito del fiscal y aceptó una condena de seis meses de prisión y 12 años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, al conceder licencias ilegales para la construcción del chalet de Carlos Morales y Alexia de Grecia.

DOCUMENTO: Consulte la sentencia íntegra de la primera pieza juzgada de Unión:
https://www.dropbox.com/s/9l0ha0o9un0ev ... i.pdf?dl=0


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NotaPublicado: Jue 05 Feb, 2015 3:41 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

La sentencia de la Audiencia Provincial no sólo condena a los seis acusados del primer juicio del caso Unión, sino que también ordena abrir diligencias contra uno de los testigos de la defensa, Roberto Acuña Armas. Concretamente, pide que "se deduzca testimonio de su declaración y de las actas del juicio y grabaciones del mismo por la posible comisión de un delito contra la administración de justicia en su modalidad de falso testimonio".



Acuña Armas era asesor de Inalsa cuando se realizaron los pagos a Francisco Rodríguez Batllori y, durante el juicio, aseguró que éste sí prestó servicios reales para la empresa pública de aguas. Sin embargo, el fiscal Javier Ródenas le tuvo que recordar en varias ocasiones que su testimonio no se correspondía con lo que había declarado durante la instrucción de la causa.

Entre otras cosas, en la vista oral aseguró que durante este tiempo mantenía una “relación fluida” con Rodríguez Batllori, que hablaban habitualmente y que iba “con frecuencia” a Inalsa. Sin embargo, según subrayó entonces el fiscal, “en sede judicial dijo que le vio 5 o 6 veces y que ésa fue toda su relación laboral”. A esto, el testigo respondió que “no tenía el cálculo” y que, como en su primera declaración le pidieron que concretara, terminó diciendo eso a preguntas de la juez instructora.“ "¿Cómo puede ser que diga ahora otra cosa?”, volvió a preguntar el fiscal. “¿Porque me han hecho la pregunta diferente…? ¿O porque ha pasado tiempo…?”, se preguntó a su vez el testigo en voz alta, para terminar con un: “no sé”.

Pero las contradicciones no terminaron ahí. Y es que al declarar como testigo durante la instrucción, Roberto Acuña afirmó que Batllori no asesoraba en temas jurídicos, ya que para eso tenían otro abogado. “Ahora dice otra cosa. ¿No ha hecho el cálculo tampoco?”, le preguntó el fiscal. En este punto, el propio presidente de la sala de la Audiencia Provincial, Emilio Moya, paró el interrogatorio para leer personalmente la declaración que prestó el testigo en su día en sede judicial. “Usted dijo que no fue asesoramiento jurídico, y ahora dice que fue jurídico y estratégico”, subrayó el magistrado durante la vista.

Roberto Acuña fue contratado como asesor de Inalsa, un cargo de designación política, y según subrayó la Fiscalía cobró más de 33.000 euros entre 2008 y 2009, cuando a su vez se estuvo pagando a Batllori más de 26.000 euros, supuestamente también como asesor en temas laborales. “Si usted era el asesor de recursos humanos y a su vez recibió asesoramiento, ¿se ve que Femepa no aparecía en las páginas amarillas?”, le preguntó el fiscal, después de que el testigo afirmara que una de las gestiones de Batllori fue ponerle en contacto con la Federación Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa del Metal y Nuevas Tecnologías de las Palmas (Femepa), para organizar unos cursos de formación del personal.

“¿Necesita una persona para que le diga: Femepa? ¿Para que le diga: cursos de formación? ¿Cuánto tiempo estuvo usted asesorando, y a su vez asesorado, para unos cursos de formación de tres semanas?”, le preguntó el fiscal Javier Ródenas. “Eso… eso… Esas reuniones. Luego ya la parte administrativa”, respondió Acuña, después de haber aclarado antes que la “parte administrativa” no dependía de él ni de Batllori.

“¿Es muy difícil que Femepa pueda hacer cursos de formación? ¿No podía ponerse en contacto usted? ¿Era necesaria una persona para ponerle a usted en contacto con Femepa? ¿Necesitaba que otra persona hiciera eso por usted? ¿Era muy complicado? Usted era asesor, era su cometido, ¿y necesitaba a otra persona?”, fue subrayando el fiscal, dejando muchas veces sin palabras al testigo.

En cuanto a la duración de esos supuestos cursos, Roberto Acuña habló en su primera declaración de tres semanas, y durante el juicio afirmó que duraron “dos meses”. Al respecto, cabe recordar que otro testigo, Andrés Barreto, declaró que esos cursos ni siquiera existieron y que la gestión de los cursos de formación tampoco dependía de la dirección de Inalsa, sino del Comité de Empresa.

En la misma línea, Javier Ródenas se refirió al otro tema en el que, según este ex asesor, también colaboró Batllori, relacionado con la posibilidad de denunciar el convenio colectivo de los trabajadores. “¿El papel de Batllori en este tema también se ciñó a que podía ponerle en contacto con la autoridad laboral?”, preguntó el fiscal. “Me dio un soporte jurídico, de conocimiento de cómo funciona el tema”, respondió el testigo, apostillando además que Batllori “le acompañó”. “¿Y por ir con usted pagaban a otra persona?”, volvió a subrayar el fiscal, planteando sus dudas sobre la veracidad de su declaración, por la que ahora se depuraran posibles responsabilidades penales.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com