FORO SOBRE LANZAROTE

www.webdelanzarote.com
Fecha actual Jue 28 Mar, 2024 12:32 pm

Todos los horarios son UTC




Nuevo tema Responder al tema  [ 9 mensajes ] 
Autor Mensaje
NotaPublicado: Mié 03 Dic, 2008 12:01 pm 
Desconectado

Registrado: Jue 21 Abr, 2005 11:14 am
Mensajes: 1198
Según diariodelanzarote.com:

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha dictado sentencia, fechada el 1 de octubre de 2008, mediante la que se estima el recurso interpuesto por varios vecinos de Arrecife (Soraya y Natalia Paz Sánchez, Manuel Paz Arrocha y Marina Sánchez Martell) contra la licencia que el Ayuntamiento de Arrecife concedió el 3 de junio de 2002 a la empresa “Lauralanz S.L.” para la construcción de un edificio de aparcamientos entre las calles Fajardo y La Inés de la capital lanzaroteña.

Imagen

El Tribunal ha acogido la denuncia formulada por los vecinos afectados por la construcción del parking, cuyas viviendas lindan con el edificio de aparcamientos, y declara que la licencia otorgada por el Ayuntamiento es nula porque el Plan General de Arrecife sólo permite en esta zona edificios de cuatro plantas, salvo los destinados a parking, que pueden tener un máximo de seis plantas, mientras que el construido tiene un total de siete plantas.

La Sala considera que la interpretación que el Ayuntamiento de Arrecife hizo del artículo 190 de las ordenanzas del Plan General de 1997 (sobre la cual se concedió la licencia) “no puede ser aceptada” porque constituye “una interpretación aislada y sesgada del texto, sacada de contexto”.

Además, el Tribunal insiste en que cuando el citado artículo del Plan General de Arrecife establece un doble límite para los edificios en dicha zona, tanto en altura como en número de plantas, han de respetarse los dos (número de plantas permitidas y altura vertical al suelo en metros) y no solo uno de ellos.

La sentencia, que acaba de ser notificada a todas las partes, desestima, no obstante, el recurso que los vecinos también formularon contra la licencia de apertura (que por imperativo legal ha de ser previa a la licencia de obras al tratarse de una actividad clasificada) y también rechaza los demás motivos de nulidad que la defensa de los vecinos expuso contra la licencia de obras.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso y su ejecución obligará al Ayuntamiento, según las fuentes jurídicas consultadas, a iniciar un expediente de restauración del orden jurídico perturbado para determinar si el edificio podría obtener nueva licencia con el planeamiento actualmente en vigor, que es la Adaptación Básica aprobada en 2004.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Vie 02 Ene, 2009 2:05 pm 
Desconectado

Registrado: Vie 13 Oct, 2006 6:51 pm
Mensajes: 5
ay que joderse. con los problemas de aparcamiento que hay en Lanzarote y como siempre los tribunales tocando los *


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Mié 11 Nov, 2009 2:34 pm 
Desconectado

Registrado: Jue 21 Abr, 2005 11:14 am
Mensajes: 1198
Según diariodelanzarote.com:

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado un auto en el que ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anuló la licencia de obras de un edificio de aparcamientos situado entre las calles Fajardo y Las Inés de Arrecife.

La sentencia del TSJC fue dictada en octubre de 2008 y estimó el recurso interpuesto por varios vecinos de Arrecife (Soraya y Natalia Paz Sánchez, Manuel Paz Arrocha y Marina Sánchez Martell) contra la licencia de obras.

El Ayuntamiento concedió el permiso el 3 de junio de 2002 -siendo alcaldesa María Isabel Déniz- a las empresas Lauralanz y Sonilanz para la construcción de un edificio de aparcamientos.

Ahora, el Supremo ha rechazado el recurso planteado por el Ayuntamiento capitalino contra la sentencia del TSJC sin ni siquiera entrar a valorar el fondo del asunto. Los denunciantes poseen viviendas que lindan con el edifico de aparcamientos.

Según la sentencia del alto tribunal canario, la licencia es nula porque el Plan General sólo permite en la zona edificios de cuatro plantas salvo los destinados a aparcamiento, que pueden tener un máximo de seis plantas, mientras que el construido tiene un total de siete.

El TSJC consideró que la interpretación que el Ayuntamiento de Arrecife hizo del artículo 190 de las ordenanzas del Plan General de 1997 (sobre la cual se concedió la licencia) “no puede ser aceptada” porque constituye “una interpretación aislada y sesgada del texto, sacada de contexto”.

Además, el TSJC insistió en que cuando el citado artículo del Plan General de Arrecife establece un doble límite para los edificios en dicha zona, tanto en altura como en número de plantas, han de respetarse los dos (número de plantas permitidas y altura vertical al suelo en metros) y no sólo uno de ellos.

La sentencia del TSJC desestimó, no obstante, el recurso que los vecinos también formularon contra la licencia de apertura, que por imperativo legal ha de ser previa a la licencia de obras al tratarse de una actividad clasificada, según las fuentes jurídicas consultadas.

El auto del TS, dictado el pasado mes de julio, no entró a valorar el fondo del asunto ya que desde el cambio normativo de 2003, de los recursos contra actos de las entidades locales –salvo instrumentos de planeamiento- la segunda instancia es el Tribunal Superior de Justicia.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Vie 03 Feb, 2012 7:55 am 
Desconectado

Registrado: Jue 21 Abr, 2005 11:14 am
Mensajes: 1198
Según lavozdelanzarote.com:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha enviado un requerimiento al alcalde de Arrecife, Cándido Reguera, para que ejecute la sentencia que declaró ilegal aparcamiento de la calle Fajardo.

Imagen

Este requerimiento llega después de que el Tribunal Supremo rechazase en julio de 2009 un recurso del Ayuntamiento, en contra de la sentencia que anulaba la licencia del mismo, al superar la altura máxima permitida.

Mediante acuerdo de la Comisión del Gobierno del Ayuntamiento de Arrecife, en mayo de 2002 se concedió a las entidades mercantiles Lauralanz S.L. y Sonilanz S.L. licencia de apertura para un edificio de aparcamiento, situado en la calle Fajardo, La Inés y Pasaje Julio Blancas. Asimismo, en junio de 2002, se concedió licencia de obras a la primera de las entidades.

El Tribunal Superior de Justicia dictó sentencia en fecha 1 de octubre de 2008 estimando un recurso presentado por los vecinos, y anuló la licencia de obra del edificio, por sobrepasar el número máximo de plantas permitidas en la zona. El edificio de aparcamientos tiene siete plantas sobre rasante (una planta baja comercial más seis pisos y un sótano de aparcamientos) y el Plan General de 1997 permitía en esa zona solamente seis como máximo.

Imagen

Los vecinos también impugnaron la licencia de apertura, pero la Sala desestimó el recurso por ser extemporáneo. También desestimó los otros seis motivos de nulidad que alegaron los recurrentes.

Posteriormente, el Ayuntamiento de Arrecife presentó un recurso, que fue desestimado por el TSJC en mayo de 2009, declarando firme la sentencia.

Así, y después de que el Consistorio capitalino no ejecutase hasta el momento de forma voluntaria la sentencia, el TSJC ha requerido ahora al alcalde del Ayuntamiento, Cándido Reguera, para que la ejecuta, después de que los recurrentes así lo solicitasen.

Este requerimiento se une al que hace unos meses el TSJC hizo también al alcalde de Arrecife, en este caso, por el parking Islas Canarias, también declarado ilegal. Entonces, el TSJC accedió a aplazar el cierre del aparcamiento, hasta pronunciarse sobre si cabe o no la legalización del parking, tras un recurso presentado por los propietarios.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Vie 03 Feb, 2012 9:37 pm 
Desconectado
Site Admin

Registrado: Sab 30 Ago, 2003 6:24 pm
Mensajes: 3147
Según La Voz de Lanzarote:

El concejal de la Oficina Técnica del Ayuntamiento de Arrecife, Vicente Dorta, ha asegurado que el aparcamiento de la calle Fajardo “es legalizable” y que desde el Consistorio ya se está “trabajando en ello”. “Podrían salvarse las siete plantas o como mucho habrá que demoler el tejado”, ha afirmado el edil, quien ha precisado que “todo dependerá de lo que el juez decida”.

Imagen

Así se ha manifestado Dorta, después de que el Tribunal Superior de Justicia enviase un requerimiento al alcalde de Arrecife, por el que le obliga a ejecutar la sentencia que declaró ilegal este parking. “Es una sentencia que ya se estaba ejecutando, pero que no se le había comunicado al TSJC, por lo que me ha dicho la secretaria accidental. Y hemos procedido a enviar toda la documentación”, precisó por su parte Reguera, ante los micrófonos de Radio Lanzarote.

La Sala de lo Contencioso del TSJC anuló en 2008 la licencia de obra del edificio, por sobrepasar el número máximo de plantas permitidas en la zona. El edificio de aparcamientos tiene siete plantas sobre rasante (una planta baja comercial más seis pisos y un sótano de aparcamientos) y el Plan General de 1997 permitía en esa zona solamente seis como máximo.
Error en el Plan General

Según ha explicado por su parte el concejal de la Oficina Técnica, Vicente Dorta, el problema de este aparcamiento se debe a “un error publicado en el Plan General”. Y es que, según afirma, en 1997 se hizo una modificación del mismo, que fue aprobada en pleno, pero se transcribió mal. “En la adaptación básica del 2004, tampoco se dieron cuenta y no fue hasta 2008, con la denuncia, cuando se enteraron del error”.

En concreto, según apunta Dorta, en el pleno se acordó que los edificios tenían que tener "una altura máxima de 6 plantas o de 31 metros de altura". Sin embargo, lo que se reflejó en el documento es que "había que cumplir con las dos".

El Ayuntamiento de Arrecife, según ha afirmado el concejal de la Oficina Técnica, ya trasladó este problema al Gobierno de Canarias, desde donde aseguraron que la solución al aparcamiento tendría que pasar “por retrotraer el expediente e informar de ese error de transcripción”. Así, según Dorta, “podrían salvarse las siete plantas” si el juez lo admite y si no, “como mucho habría que demoler el tejado, que es lo que está fuera de ordenación”.

En cualquier caso, una vez esté preparada la documentación por los técnicos del Ayuntamiento, ésta tendrá que ser trasladada a la Consejería del Gobierno de Canarias, para después pasar por pleno. “Luego habrá que ver si el juez lo admite o no”, concluye Dorta.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Sab 04 Feb, 2012 2:13 pm 
Desconectado
Site Admin

Registrado: Sab 30 Ago, 2003 6:24 pm
Mensajes: 3147
Vídeo Lancelot:



Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Lun 25 Mar, 2013 9:39 am 
Desconectado

Registrado: Jue 25 Oct, 2012 5:38 pm
Mensajes: 693
Fuente diariodelanzarote.com:

Tras la legalización del aparcamiento Islas Canarias, el Ayuntamiento de Arrecife ha concedido una nueva licencia de obras al otro parking de la capital cuya edificación había sido anulada por la Justicia. Está ubicado entre las calles Fajardo, La Inés y el pasaje Julio Blancas, pertenece a las empresas Lauralanz y Sonilanz, y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sentenció en 2008 que el permiso de construcción, otorgado en junio de 2002, era ilegal.

Imagen

La licencia de obras fue recurrida por cuatro vecinos y el TSJC consideró que el edificio, de 20,5 metros de altura y siete plantas, cumplía con la altura pero la última planta no estaba amparada por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Según el Ayuntamiento, se produjo un cambio en el planeamiento de Arrecife en 1992 que llegó a ser aprobado por la comisión de urbanismo de Canarias para que, en síntesis, bastase con cumplir con uno de los citados requisitos. Sin embargo, esa modificación del Plan General nunca se llegó a publicar de forma oficial por “error”, con lo cual no se considera aplicable en la actualidad.

No obstante, la intención del grupo de gobierno (CC y PSOE) y del Gobierno de Canarias, que está redactando en el nuevo planeamiento, es clara y en el nuevo Plan General se incluirá la regulación de alturas que permitiría dar cobertura legal al parking.

Por “las sólidas expectativas de legalización” del edificio, el Ayuntamiento otorgó una nueva autorización urbanística a las seis primeras plantas mientras que ordenó “el cierre y tapiado de la última” hasta que se apruebe en el nuevo PGOU. Con esta fórmula, considera que ya se ha ejecutado la sentencia del TSJC, descartando la “demolición total o parcial” del inmueble.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Lun 05 Ago, 2013 3:43 pm 
Desconectado
Site Admin

Registrado: Sab 30 Ago, 2003 6:24 pm
Mensajes: 3147
Según Diario de Lanzarote:

La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado un auto por el que acuerda dar por ejecutada la sentencia que afectaba a un aparcamiento de la calle Fajardo.

Imagen

El parking, ubicado entre las calles Fajardo, La Inés y el pasaje Julio Blancas, pertenece a las empresas Lauralanz y Sonilanz, y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sentenció en 2008 que el permiso de construcción, otorgado en junio de 2002, era ilegal.

La licencia de obras fue recurrida por cuatro vecinos y el TSJC consideró que el edificio, de 20,5 metros de altura y siete plantas, cumplía con la altura pero la última planta no estaba amparada por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Por “las sólidas expectativas de legalización” del edificio ante la cobertura que se le espera dar en el nuevo Plan General, el Ayuntamiento otorgó meses atrás una nueva autorización urbanística a las seis primeras plantas mientras que ordenó “el cierre y tapiado de la última” hasta que se apruebe en el nuevo planteamiento.

Según recoge el auto del TSJC, “al igual que en el caso de edificios para otros usos, en el caso de edificios para uso de aparcamiento, la unidad de medida es doble: número de plantas y distancia vertical y ambas deben ser respetadas por ser un límite establecido en la propia ordenanza”.

Añade que en este caso “la contravención del Plan General consiste en que se incumple, no la altura vertical del edificio sino el número de plantas destinadas a aparcamientos”, razón por lo cual da el visto bueno al acuerdo municipal “que declara legalizable el edificio mediante la inutilización de la última planta de aparcamiento”.

Además, el auto recoge explícitamente que los términos de la ejecución de la sentencia “no imponen el derribo de dicha planta, dado que como hemos visto no se incumple la altura máxima del edificio ni la legalización se ha realizado mediante una modificación en trámite del Plan General especialmente concebida para la legalización”.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
NotaPublicado: Sab 06 Jun, 2015 8:51 am 
Desconectado
Site Admin

Registrado: Sab 30 Ago, 2003 6:24 pm
Mensajes: 3147
Según Diario de Lanzarote:

Nuevo frente abierto para el Ayuntamiento de Arrecife en los tribunales. El Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria tramita una demanda contra el Consistorio capitalino en la que se le reclama más de un millón de euros por una supuesta “responsabilidad patrimonial” de la administración.

Imagen

El pleito ha sido interpuesto por la empresa Sonilanz, propietaria de un edificio de aparcamientos en la céntrica calle Fajardo, que fue declarado ilegal por la Justicia tras una demanda que interpusieron vecinos de la zona que resultaron afectados por la construcción del parking.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictó sentencia en octubre de 2008 en la que daba la razón a los vecinos (Soraya y Natalia Paz, Manuel Paz y Marina Sánchez) y anuló la licencia que el Ayuntamiento de Arrecife concedió en junio de 2002 a las empresas Lauralanz y Sonilanz para la construcción de un edificio de aparcamientos entre las calles Fajardo, La Inés y el pasaje Julio Blancas.

El TSJC declaró que la licencia otorgada por el Ayuntamiento era nula porque el Plan General de Arrecife sólo permite en esta zona edificios de cuatro plantas, salvo los destinados a parking, que pueden tener un máximo de seis plantas, mientras que el construido tiene un total de siete plantas.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias destacó entonces que el Plan General de Arrecife establecía un doble límite para los edificios en esa zona, tanto en número de plantas como en altura, y recordó que tenían que respetarse ambas condiciones y no solo una de ellas. La propiedad del edificio recurrió sin éxito al Tribunal Supremo, que ratificó en 2009 el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

En marzo de 2012, el Ayuntamiento capitalino decidió conceder una nueva licencia para el parking de la calle Fajardo, tomando como base que el edificio, de 20,5 metros de altura y siete plantas, cumplía con la altura pero la última planta no estaba amparada por el Plan General de Ordenación Urbana. Por “las sólidas expectativas de legalización” del edificio, señaló entonces el Ayuntamiento, se otorgó una nueva autorización urbanística a las seis primeras plantas, mientras que se ordenó “el cierre y tapiado de la última” planta, descartando la “demolición total o parcial” del inmueble.

Sin embargo, esa ‘solución’ que se adoptó hace tres años no zanjó la polémica. En diciembre de 2013, la empresa propietaria del parking planteó una reclamación en el Ayuntamiento al considerar que había incurrido en una responsabilidad económica por el cierre parcial del aparcamiento. El Consistorio no contestó, rechazando con su silencio las pretensiones de la empresa.

Ahora, la empresa reclama por vía judicial el pago de más de un millón de euros, cantidad en la que cuantifica el daño económico causado por el Ayuntamiento de Arrecife tanto por la anulación judicial de la licencia original del edificio como por el cierre parcial del aparcamiento.

El concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Arrecife, José Montelongo, destaca que el Consistorio rechaza de plano la pretensión económica de la empresa propietaria del parking de la calle Fajardo. En la Corporación municipal confían en que el pleito no tenga “recorrido” en los tribunales y el Ayuntamiento se termine librando de tener que desembolsar el montante reclamado por la empresa.

Además, se espera que en el nuevo Plan General de Ordenación, pendiente de aprobación definitiva, se clarifiquen los criterios que deben cumplir los edificios de aparcamientos. No obstante, el Supremo advirtió que la regularización no se puede realizar “mediante una modificación en trámite del Plan General especialmente concebida para la legalización”.


Arriba
 Perfil  
Responder citando  
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 9 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 73 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro

Buscar:
Saltar a:  
cron
POWERED_BY
Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com