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Según La Voz de Lanzarote:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la actual planificación hidrológica de Lanzarote, que fue aprobada en el año 2015 con carácter transitorio, al concluir que establecer un “monopolio” del agua en la isla supone una “flagrante violación” de la Constitución española y también de la Ley de Aguas de Canarias. El fallo, dictado el pasado 18 de mayo por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo, estima así un recurso interpuesto por la entidad mercantil Daminvest S.L., propietaria de los hoteles VIK, que se oponía a la prohibición de instalar desaladoras privadas en la isla.

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La normativa que ha sido tumbada por el TSJC fue aprobada a través de un decreto del Gobierno de Canarias, con el que se pretendían evitar sanciones de Europa por el retraso en la aprobación del nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote. De esta forma, el decreto suspendió el Plan que estaba en vigor en ese momento y lo sustituyó por unas Normas Sustantivas Transitorias de Planificación Hidrográfica –mientras se tramitaba el nuevo documento-, que son las que ahora han sido anuladas.

En base a esa normativa, el Cabildo anunció en julio del año pasado la apertura de expedientes para clausurar hasta 48 desaladoras privadas en Lanzarote. De esta forma, defendía que solo Canal Gestión Lanzarote podía desalar agua en la isla, al haber obtenido la concesión del Consorcio del Agua de Lanzarote. Una concesión que también ha sido cuestionada por la Justicia en otra sentencia -dictada hace seis meses y desvelada hace tres semanas por La Voz-, que ordena revisar el procedimiento de adjudicación del ciclo del agua al considerar que se introdujeron “sorprendentes modificaciones” en los pliegos del concurso “en beneficio” de Canal de Isabel II.

Tras aprobarse las Normas Transitorias, Asolan anunció que acudiría a los Juzgados y también lo hizo la mercantil Daminvest, a la que ahora el TSJC ha dado la razón. "El recurso debe prosperar por cualquiera de los motivos sostenidos en la demanda", sostiene el TSJC en su fallo, partiendo precisamente del hecho de que la Ley de Aguas de Canarias establece la "compatibilidad de la gestión pública y privada del agua sin perjuicio del control público de la iniciativa privada respeto de otros aprovechamientos hidráulicos". Además, el fallo subraya que esa Ley "regula asimismo la autorización de la instalación de plantas de producción industrial de agua y específicamente de las plantas de desalación, impidiendo una posición de monopolio en la produccción de agua".

"A partir de tal afirmación, el establecimiento de un monopolio de desalación en la isla de Lanzarote a favor del Consorcio de Aguas, no sólo supone una flagrante violación de la reserva de Ley que consagra el artículo 182 de la Constitución Española, sino que viola frontalmente la propia Ley de Aguas de Canarias, infracción del principio de jerarquía normativa, e incluso supone una derogación singular del Decreto 86/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico", apunta la sentencia, contra la que aún cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El TSJC considera que "hasta tal punto son graves tales vulneraciones constitucionales, que se realiza además en contradicción del principio de igualdad". Al respecto, señala que el decreto "dictado aparentemente con idéntica finalidad para la isla de Fuerteventura" reconoce expresamente, por contra, "la preservación del sistema de desalación de aguas por particulares que en este caso se prohíbe" en Lanzarote.

La sentencia también condena al Gobierno de Canarias, en concreto a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, al pago de las costas judiciales, fijándolas en un máximo de 2.000 euros. Además, también tiene una incidencia directa sobre el Plan Hidrológico que está actualmente en trámite y que ya fue aprobado inicialmente. Y es que ese Plan también establece un monopolio del agua a favor del Consorcio, en este caso a través de Canal Gestión como adjudicataria, y eso es lo que el TSJC considera inconstitucional.

Concretamente, tanto las normas anuladas como el Plan que actualmente está en exposición pública señalan que “no se autorizará ni se concederá la instalación de nuevas plantas desaladoras de iniciativa privada, salvo lo dispuesto en la disposición transitoria primera” del documento. En esa disposición se establece que tanto las depuradoras como las desaladoras que cuenten con autorización y que estén destinadas al autoconsumo “mantendrán su vigencia” como máximo hasta el 31 de diciembre de 2019, para lo que falta menos año y medio.

Solo excepcionalmente, cuando el Consorcio no pueda suministrar agua, se podrá autorizar para autoconsumo la instalación temporal de desaladoras”, señala también el texto del Plan Hidrológico. Ése es por ejemplo el caso de Montaña Roja, donde aún hoy sigue sin llegar la red pública de agua. Sin embargo, hasta este verano, ésa era la única desaladora de la isla donde había intervenido el Consorcio. Fue el presidente, Pedro San Ginés, quien ordenó incautar las plantas de Club Lanzarote en ese plan parcial, en una medida que después fue anulada por los tribunales y por la que tiene pendiente una causa penal, cuya instrucción ya está cerrada y a falta de los escritos de acusación para ir a juicio. San Ginés, que tras la incautación entregó esas plantas a Canal Gestión, está imputado en esa causa por delitos de prevaricación y coacciones.


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NotaPublicado: Vie 01 Jun, 2018 4:46 pm 
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NotaPublicado: Vie 01 Jun, 2018 6:41 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

La Asociación Insular de Empresarios de Hoteles y Apartamentos de Lanzarote (Asolan) ha acogido “con satisfacción” la sentencia del TSJC que ha anulado la actual planificación hidrológica de Lanzarote y espera que "se tenga en cuenta" de cara al II Ciclo del Plan Hidrológico Insular, que actualmente se encuentra en información pública, para "corregir errores y evitar a futuros mayores perjuicios y posibles responsabilidades patrimoniales a las administraciones competentes por vulnerar derechos adquiridos".

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En un comunicado, Asolan explica que "ha defendido en sede judicial, de la misma forma que ha venido haciendo durante la tramitación de la norma en las distintas fases de audiencia, que los artículos ahora declarados nulos de pleno derecho por el TSJC "fueron elaborados quebrantado los principios constitucionales de legalidad y jerarquía normativa”.

Por ello, la patronal entiende que esta decisión del tribunal “reafirma la ilegalidad del modelo hidráulico que se promueve en Lanzarote". “La normativa declarada nula contradice abiertamente la legislación autonómica de aguas, eliminando la iniciativa privada y el autoconsumo, salvo cuanto el Consorcio esté en disposición de cumplir con el abastecimiento”, apunta.

Asolan recuerda que, en palabras del propio tribunal en su fundamentación jurídica, "el art.90, apartado 3 de la citada ley (Ley de Aguas de Canarias), no solo contiene el régimen general y en ningún caso excepcional de la autorización o concesión de una planta de desalación a la iniciativa privada, sino que incluso excluye la instalación de plantas públicas destinadas al mismo consumo que impliquen una posición de monopolio en la producción de agua tanto pública como privada”.

"Los preceptos impugnados por la patronal que afectaban al derecho al autoconsumo y la iniciativa privada son nulos de pleno derecho ya que la posibilidad de autorización o concesión de nuevas plantas por la iniciativa privada además del carácter excepcional, se hace depender de que el Consorcio considere que no se puede suministrar agua, de manera que no se sujeta la decisión a la acreditación de una serie de requisitos objetivos, externos a la mera opinión subjetiva de la Administración, y fijados a priori por la normativa correspondiente, que deban ser observados y vinculen a la administración y administrados", señala la patronal.

Asolan recuerda que actualmente se encuentra en periodo de información pública y sometimiento a consulta interadministrativa y a los interesados de la propuesta del proyecto del Plan Hidrológico Insular de la isla de Lanzarote, 2º ciclo (2015-2021), y de su documento ambiental estratégico. Así, la presidenta de la patronal, Susana Pérez, ha instado a las autoridades competentes “a tener en cuenta el contenido de la presente sentencia, de cara a corregir errores y evitar a futuros mayores perjuicios y posibles responsabilidades patrimoniales a las administraciones competentes por vulnerar derechos adquiridos, tal y como refleja el fundamento jurídico tercero de la sentencia”.


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NotaPublicado: Vie 01 Jun, 2018 6:47 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

Si Canal Gestión no cubre los costes de producción, porque se pierden los ingresos del agua turística en un grandísimo porcentaje, pues habrá que obtenerlos subiendo el precio del agua de abastos”. Ése es el mensaje que ha lanzado el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, en la rueda de prensa que ha ofrecido este viernes para valorar la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que anula el planeamiento hidrológico de Lanzarote al concluir que la existencia de un monopolio del agua y la prohibición de las desaladoras privadas viola la Constitución y la Ley de Aguas de Canarias.

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En su comparecencia, en la que ha estado acompañado del presidente del Consorcio, Echedey Eugenio, y de los gerentes del Consorcio y del Consejo Insular de Aguas, Domingo Pérez y Erik Martín, San Ginés ha reconocido la “trascendencia” que podría tener este fallo, del que asegura que se enteró este jueves por La Voz de Lanzarote. Así, aunque ha vuelto a cargar contra este medio por haber hecho pública la sentencia, también ha admitido que es “un tema de calado y de enjundia” y ha anunciado recursos, dejando claro además que no van a tener en cuenta el contenido del fallo hasta que sea firme, pese a que afecta directamente al nuevo Plan que está actualmente en trámite.

Esta sentencia será recurrida por el Gobierno de Canarias y, presumiblemente, por el Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, aunque hoy no está personado en el proceso”, ha precisado San Ginés. Y es que tal como publicó La Voz, lo que anula el fallo es un decreto del Ejecutivo regional, que en el año 2015, y ante el riesgo de que llegaran sanciones de Europa por el retraso en la aprobación del nuevo Plan Hidrológico de Lanzarote, suspendió el que estaba en vigor desde 1991 y aprobó unas normas transitorias mientras se terminaba de tramitar el documento definitivo, que actualmente se encuentra en exposición pública.

En su sentencia, el TSJC anula ese decreto y por tanto las normas transitorias, porque concluye que establecer un monopolio del agua en la isla y prohibir las desaladoras privadas es una “flagrante violación” de la Constitución y que también “vulnera frontalmente” la Ley de Aguas de Canarias. Sin embargo, San Ginés ha sostenido que esas normas “no contravienen ninguna directiva ni europea ni del Gobierno de Canarias”.

Sería de género tonto que el Gobierno de Canarias aprobara una norma en contra de su propia norma”, ha defendido el presidente, pese a que eso es precisamente lo que el TSJC concluye que ocurrió con la aprobación de ese decreto. No obstante, en la rueda de prensa ha asegurado que ni él ni el Gobierno de Canarias habían tenido acceso al fallo hasta el momento de su comparecencia.

“Vamos a dar cuenta hasta donde podemos”, ha señalado al principio de su intervención, explicando que solo conocía lo que había leído en La Voz de Lanzarote. Sin embargo, al mismo tiempo ha vuelto a cargar contra este medio, que también fue quien adelantó hace tres semanas otra sentencia sobre la gestión del agua en la isla, que en este caso San Ginés había mantenido oculta durante seis meses, y que ordenaba revisar el procedimiento por el que se adjudicó la gestión de este servicio a Canal de Isabel II, al concluir que se introdujeron “sorprendentes alteraciones” en los pliegos “en beneficio” de esta empresa.

En su comparecencia, San Ginés se ha centrado en negar que las normas transitorias o el futuro Plan Hidrológico prohíban las desaladoras privadas para beneficiar a Canal Gestión. Al respecto, ha defendido que esa prohibición existe en la isla “desde hace 30 años” y que está recogida tanto en el Plan Insular de 1991 como en el Plan Hidrológico de 2001. Sin embargo, lo cierto es que ni durante esas tres décadas ni durante todo el mandato de San Ginés se habían adoptado medidas contra las desaladoras privadas que existen en la isla.

Fue tras la llegada de Canal Gestión cuando se empezó a actuar, primero contra las plantas de Club Lanzarote -que fueron incautadas y entregadas a Canal en una medida que después fue anulada por la Justicia y por la que San Ginés está pendiente de juicio por prevaricación y coacciones- y después, el pasado verano, abriendo expediente a otras plantas privadas.

Sobre esos expedientes, el gerente del Consejo de Aguas ha confirmado este viernes a La Voz que continúan “en trámite” y que actualmente están contestando “a las alegaciones y a los recursos interpuestos” por las empresas afectadas. Además, ha confirmado que pese a la sentencia, seguirán adelante con esos expedientes para ordenar el cierre de las plantas, al menos mientras la sentencia no sea firme. E incluso después, ya que lo que volvería a estar en vigor en ese momento es el Plan de 2001, que también prohibía las desaladoras privadas, a excepción de las que abastecen a zonas donde no llega la red pública de agua, como ocurre en el caso de Montaña Roja.

Por su parte, San Ginés ha afirmado que se va a “enfrentar a quien sea” para mantener el monopolio del agua en Lanzarote, incluyendo con ello a Asolan –que también presentó un recurso contra el planeamiento hidrológico que ha sido anulado- y a uno de sus socios de gobierno, el PP, al que ha acusado de “cambiar de criterio” con este tema. Además, también ha cargado contra Ciudadanos, que siempre se ha posicionado en contra del monopolio del agua y ya advirtió de que la prohibición de las desaladoras privadas era inconstitucional, tal como ha concluido ahora el TSJC.

Al respecto, San Ginés ha insistido en que mantendrán esa prohibición aunque el Supremo rechace los recursos, porque entonces pasaría a estar en vigor el plan anterior que también las prohibía. Además, ha dejado claro que no tiene intención de revisar el nuevo Plan que actualmente se está tramitando, y que contempla también ese monopolio en manos del Consorcio, aunque cedido ahora a Canal de Isabel II como concesionaria de este servicio.

“El delito habría sido sacar a concurso un ciclo integral del agua que no se atuviese a lo que es ley”, ha afirmado el presidente, defendiendo así una vez más la adjudicación del agua a esta empresa madrileña envuelta en varios escándalos de corrupción. Además, ha reiterado que romper ese monopolio y permitir que sigan abiertas las desaladoras privadas haría “que se dispare el precio del agua de abasto, sin ningún género de dudas”, planteando que el contrato permitiría a Canal llevar a cabo esa subida.

Tras afirmar que no había leído siquiera la sentencia, San Ginés ha dedicado la mayor parte de la rueda de prensa a asegurar que desde hace tres décadas había una “unanimidad absoluta y total” con respecto a este tema y a criticar a los que considera que han “cambiado de opinión”. Entre ellos ha incluido a Asolan, ya que afirma que en su día, cuando “estaba presidida por don Rafael Lasso”, votó a favor de prohibir las desaladoras privadas, pese a que ahora ha acudido a los tribunales para recurrir el planeamiento hidrológico. “La patronal parece que se cayó del guindo ayer”, ha llegado a afirmar el presidente.

Del mismo modo, ha criticado a su socio de gobierno, el Partido Popular, ya que sostiene que también ha cambiado de postura, y San Ginés ha situado la suya junto a la de formaciones como el PSOE, Podemos y Somos Lanzarote, y la de entidades como la Fundación César Manrique. No obstante, a continuación ha añadido que “algunos están muy contentos” con esta sentencia y se ha referido no solo a Ciudadanos, que es partidario de terminar con el monopolio del agua, sino también a los “enemigos y adversarios políticos”, que según él “son capaces de decir una cosa y la contraria”.

“Algunos creen que esto le interesa mucho a la gente, pero a la gente lo que le interesa es que cuando abren el grifo del agua, salga. Y salga con calidad”, ha añadido San Ginés, que cree que la ciudadanía no tiene interés en las últimas noticias judiciales que se han conocido y que afectan a la gestión del agua en la isla. Según él, lo importante es que “salga agua” y “con calidad” y “el resto es ruido, mucho ruido”.


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NotaPublicado: Sab 02 Jun, 2018 9:04 am 
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NotaPublicado: Mar 05 Jun, 2018 4:11 pm 
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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com