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NotaPublicado: Mar 05 Feb, 2019 4:13 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

Se reactiva la causa contra el abogado Felipe Fernández Camero, para el que la Fiscalía pide seis años de cárcel por el cobro de 971.000 euros del Ayuntamiento de Yaiza “sin control fiscalizador alguno”.

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La Audiencia Provincial acaba de expulsar del procedimiento a la Asociación Jiménez de Asúa, que se personó cuando ya se había presentado el escrito de acusación por parte del Ministerio Fiscal, que se formuló en 2015.

En septiembre de aquel año, el Juzgado de Instrucción número 1 de Arrecife accedió a que la citada asociación se personara como acusación. La Fiscalía, que ha venido advirtiendo que el colectivo ha pretendido actuar en casos de corrupción como un “caballo de Troya” con “intereses bastardos”, recurrió la decisión del Juzgado.

En un auto dictado el pasado 30 de enero, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, presidida por Emilio Moya, estima el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y por la asociación Transparencia Urbanística, que ya ejercía la acusación durante la fase de instrucción y a la que el Juzgado obligó a “litigar conjuntamente”.

La Fiscalía argumentó que el colectivo Jiménez de Asúa pretendía personarse de forma “extemporánea”, una vez que ya se habían presentado los escritos de acusación contra Fernández Camero, contra el exalcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, el exsecretario del Ayuntamiento, Vicente Bartolomé Fuentes, y un trabajador municipal.

Según la Fiscalía, la asociación Jiménez de Asúa pretendía personarse en la causa con un objetivo “meramente dilatorio” y con “fines espurios”. También advirtió de que no se había comprobado en el Juzgado de Instrucción si había vínculos entre la citada asociación y los acusados.

La Audiencia señala que “resultan evidentes” las objeciones de la Fiscalía, así como la utilización por parte de la asociación Jiménez de Asúa de una fórmula “desordenada” en los procedimientos en los que pretende invertir, tratando de personarse “con posterioridad a la presentación del escrito de acusación del Ministerio Fiscal”.

La Audiencia también pone en tela de juicio que Jiménez de Asúa “la evidente ausencia de interés alguno por parte de la asociación en participar en la instrucción de la causa, en un proceso que data de 2012”.

Esta causa se desgajó del caso Yate, y la Audiencia resalta “la notoriedad y difusión pública del asunto penal”, con “múltiples detenciones y registros”. A pesar de ello, la citada asociación “decide personarse tras los escritos de acusación” con el objetivo de “retrotraer las actuaciones en la medida de lo posible”.

La Audiencia añade que ha habido “resoluciones contradictorias” con respecto a permitir la personación en diversas causas penales de la asociación Jiménez de Asúa, en los últimos tiempos se ha denegado, dando la razón a la Fiscalía por “los indicios de personación extemporánea e intereses espurios” que denuncia.

La Fiscalía solicita seis años de prisión para el abogado Felipe Fernández Camero, así como para el exalcalde de Yaiza y para el ex secretario interventor de Yaiza, y otros cinco años y medio para Antonio Fernández, que sustituía a este último en ocasiones.

El caso nace como pieza separada del caso Yate, en el que se acreditó la ilegalidad en la concesión masiva de licencias a hoteles, urbanizaciones y el puerto deportivo Marina Rubicón.

Fernández Camero negó que el fuese el cerebro de una trama para la concesión de las licencias que fueron anuladas por los tribunales y que solo sobraba por su asistencia letrada en diversos procedimientos.

No obstante, Camero cobraba una cantidad mensual, para la Fiscalía sin justificar, que además detectó irregularidades en su contratación para los pleitos. Este abogado, investigado también en el caso Unión, cobró casi un millón de euros de Yaiza, de forma personal o a través de su sociedad Adelfas 24, entre los años 1996 y 2012.

Según el fiscal Ignacio Stampa, que formuló el escrito de acusación antes de ser adscrito a la Fiscalía Anticorrupción en la Audiencia Nacional, el caso supone “una arbitraria expoliación de fondos públicos”.

Los acusados crearon la ficticia apariencia de que se prestaban servicios de asesoramiento jurídico por parte del acusado, simulando que se adjudicaban mediante adjudicación directa o contrato menor”, señaló la Fiscalía.

Durante todos esos años no hubo en esos pagos ni expedientes de contratación ni acuerdo escrito para efectuarlos, no se concretó el objeto del contrato o servicio, ni su idoneidad, ni se determinó el beneficiario de dicho supuesto servicio de asesoramiento, ni se fijó la duración del contrato ni las necesidades que se pretendían cubrir, ni la conveniencia de que se contratara a ese abogado y no a otro, subraya el Ministerio Fiscal.

Tampoco hubo propuesta de gasto ni retención de créditos. Además, el precio lo fijaba “arbitrariamente” el propio Camero. También, asegura la Fiscalía, se fraccionaban los pagos para evitar la libre concurrencia y la cuantía de los pagos realizados excedía de los límites legales anuales para los contratos menores o por adjudicación directa.

Además, añade el Ministerio Fiscal, en ningún caso se registraban las minutas pasadas al cobro y que eran abonadas, con el fin de facilitar la opacidad de las operaciones. A todo esto hay que sumar que Camero no podía contratar con el Ayuntamiento de Yaiza, puesto que era incompatible con su cargo de secretario del Ayuntamiento de Arrecife, del que fue destituido precisamente por ejercer la abogacía sin solicitar la compatibilidad.

En esta trama, según el fiscal, Camero actuaba “como pleno organizador de tal corrupto proceder en el seno del Ayuntamiento de Yaiza, dando instrucciones a los otros tres acusados sobre la forma, el momento y las cuantías que se le debían abonar, disponiendo por su mero capricho y ansia dineraria de los caudales municipales”.

Por su parte, el exalcalde José Francisco Reyes firmaba los documentos contables de aprobación del gasto y autorización del pago sin que se acreditara en modo alguno el cumplimento o prestación del ambiguo servicio consignado en las minutas, mientras que Bartolomé y Fernández “incumplían las más básicas obligaciones fiscalizadoras y de control de la legalidad del gasto público, permitiendo en todo caso el cumplimiento de las órdenes del alcalde”.

Además del procedimiento anterior, Camero instauró en ese Ayuntamiento “otra forma de satisfacer su desmedido ánimo económico en perjuicio de los intereses patrimoniales del Ayuntamiento de Yaiza”, mediante la adjudicación a sí mismo de la dirección letrada en múltiples pleitos. Tampoco se tramitó ningún expediente de contratación para la adjudicación o encomienda “de ni uno solo de los procedimientos judiciales” y se abonaron a Camero “dietas, gastos de asistencia y taxis sin atribución a contrato o servicio concreto facturado”, añade el fiscal.

Por asesoramiento, Fernández camero cobró unos 230.000 euros, en casi 250 pagos distintos, y por los pleitos, 741.000, todos ellos “sin control fiscalizador alguno, más allá de la consignación de algunos datos a efectos contables”.

El fiscal hace una relación pormenorizada de todos los pagos y considera que los acusados cometieron los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, así como falsedad en documento oficial y mercantil. También pide que indemnicen al Ayuntamiento con 115.00 euros (Fernández), 311.000 (Camero), 726.000 (Bartolomé) y 839.000 (Reyes).


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com