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NotaPublicado: Sab 26 Nov, 2005 9:19 am 
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Según la voz de lanzarote:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia con fecha de 15 de octubre de 2005 en la que estima el recurso 558/ 2002 y mediante la que se condena al Servicio Canario de Salud (SCS) a pagar en concepto de indemnización a los herederos de una paciente lanzaroteña la cantidad de 120.000 euros, al apreciar que el servicio público sanitario que gestiona el Gobierno de Canarias es responsable de su muerte.

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Según ha podido saber este medio, la paciente en cuestión falleció mientras se encontraba a la espera de ser intervenida de una operación quirúrgica de recambio valvular de corazón.

Los hechos que han originado esta revolucionaria sentencia, que concede una indemnización por daños y perjuicios a los familiares de la paciente, se remontan nada menos que a diciembre del año 2000, cuando la reseñada acudió al Hospital General de Lanzarote con una dolencia cardiaca crónica.

La paciente falleció en el servicio de urgencias del citado centro hospitalario, después de llevar más de un año y medio en lista de espera aguardando a ser operada del corazón en el Hospital Doctor Negrín de Las Palmas de Gran Canaria.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera probado que la demora del Servicio Canario de Salud a la hora de operar a la paciente fue causa determinante de la muerte de la misma puesto que, de haber sido intervenida a tiempo, la enferma -que contaba con 52 años- con toda probabilidad hubiera desarrollado una vida normal, ya que, además, según aseguran los expertos, este tipo de operaciones cuenta con más de un 80 por ciento de probabilidades de terminar con éxito.

Tras interponer el recurso por el fallecimiento ocurrido en diciembre de 2005, el Sistema Canario de Salud tendrá que hacer frente ahora a la indemnización de 120.000 euros.


Ésta es la primera sentencia que se dicta en Canarias en la que los tribunales reconocen los derechos de los ciudadanos a ser atendidos con la premura que demanda la dolencia que padecen. La sentencia sienta precedente hasta tal punto que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado al servicio sanitario canario por lo que considera una mala gestión, y por los retrasos habidos en la llamada “lista de espera de la muerte”, la referida a las intervenciones cardiovasculares, con un grave riesgo de fallecimiento.

Según expertos del Derecho, es muy difícil que los tribunales determinen este tipo de resolución por el simple retraso o demora en la atención médica, pero en este caso parece probado que de haber sido intervenida a tiempo la paciente lanzaroteña, ésta habría salvado su vida.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com