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NotaPublicado: Mié 20 Abr, 2005 2:51 am 
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TEGANTAI No. 14
DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y EXPLOTACION PETROLERA
INTRODUCCIÓN


No se puede hablar de Derechos Humanos sin vincularlos con procesos históricos y realidades culturales.

Las actividades extractivas a gran escala como la explotación petrolera, han incurrido sistemáticamente en procesos de violación a los derechos fundamentales y colectivos de los pueblos afectados que viven en estas áreas.

Aún cuando la explotación petrolera se realice en un país que parece reflejar una imagen de democracia y respeto a las libertades individuales, no ocurre lo mismo en el ámbito local y con las poblaciones locales de los lugares de donde se extrae petróleo.

La historia de violaciones a los derechos humanos a lo largo de la historia no es reciente, muchos de los casos son conocidos por todos y parecemos estar acostumbrados a esto. Sin embargo, solo lo asociamos con casos de encarcelamiento arbitrario, pérdida de libertad de expresión, esclavitud, tortura o muerte por conflictos armados, etc.

Sin embargo, existen otras violaciones a otros derechos que se dan en procesos de extracción de recursos naturales, o aún, muchos de los derechos perdidos mencionados anteriormente se dan para garantizar seguridad a las empresas nacionales o transnacionales que extraen petróleo, minerales, madera u otros valiosos recursos.

ORGANISMOS INTERNACIONALES

Cuando las poblaciones afectadas por las actividades petroleras no consiguen resultados positivos frente a sus demandas en el ámbito nacional, pueden acudir a los organismos oficiales de protección internacional. Los organismos internacionales, como las Naciones Unidas, las Organizaciones de estados americanos o africanos tiene como objetivos, entre otros, hacer efectivas las garantías de las personas y pueblos contenidos en los tratados, convenios, pactos y declaraciones internacionales.

Así como cada país tiene su sistema jurídico - administrativo para la defensa de derechos, a nivel internacional existen organismos creados, para garantizar el cumplimiento de la normativa internacional: unos tienen competencias en el ámbito mundial, como es el caso de los organismos pertenecientes al sistema de Organización de las Naciones Unidas, (ONU), otros son de carácter regional, como los que pertenecen a la Organización de Estados Americanos (OEA), al Consejo para la Unidad Africana, o a la Liga de Países Arabes.

Dentro del sistema mundial de las Naciones Unidas, algunos de los organismos encargados de vigilar el cumplimiento de derechos de las poblaciones afectadas o amenazadas por la actividad petrolera pueden ser: el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, la Comisión de Derechos Humanos y la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de Minorías, órgano o dependencia de la Comisión.

Estos organismos examinan violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos en los países miembros. Su limitación es el no estar facultados para receptar denuncias particulares. Sin embargo, existen grupos de trabajo y relatores especiales que atienden este tipo de denuncias en situaciones específicas.

El procedimiento varía de acuerdo al caso. Hay situaciones en las cuales los integrantes de estos organismos consideran que es necesaria la publicación del caso, hacer recomendaciones y sancionar al país; en otros casos se da seguimiento a la denuncia sin pronunciarse contra el estado infractor.

Además existen organismos especiales: Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) - cuyo Convenio 169 es específico para los pueblos indígenas y tribales-, Oficina Mundial de la Salud (OMS), Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); receptan denuncias particulares o colectivas.

Entre los organismos regionales, por ejemplo tenemos a la la Comisión Interamericana de derechos Humanos (creada en 1956) y las Corte Interamericana de Derechos Humanos que son parte del Sistema Interamericano. Tienen como objetivo incidir en el cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas siempre y cuando se hayan interpuesto y agotado los recursos inadecuados, inaccesibilidad a los sistemas de justicia, falta de pronunciamiento, o resoluciones injustas, son motivos para presentar una denuncia ante estos organismos.

En general, en caso de violaciones a los derechos humanos una denuncia puede ser presentada por:

- una persona particular

- un grupo de personas

- una persona en representación de otra u otras

- una organización particular de derechos humanos u otra que está en condiciones de representar a las personas afectadas.

CORTE PENAL INTERNACIONAL

En los últimos meses se ha impulsado una campaña internacional para que la Corte Penal Internacional entre en vigencia.

El 17 de julio de 1998, en Roma se estableció la Corte penal Internacional, como un mecanismo permanente que tendrá jurisdicción sobre los crímenes de lesa humanidad, de guerra, de genocidio y de agresión.. Ejerce su jurisdicción sobre personas naturales respecto a crímenes internacionales y tendrá carácter complementario a las jurisdicciones nacionales penales nacionales.

Ejemplos de crímenes competencia de la Corte que pueden estar relacionados a explotación petroleras.

GENOCIDIO
Crímenes perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, religioso, etc.

LESA HUMANIDAD
Crímenes que se comenten como parte de un ataque generalizado o sistematizado con conocimiento contra una población civil.

Matanza de miembros de un grupo humano Asesinato
Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros de un grupo humano Exterminio
Esclavitud

Tortura

Traslado forzoso

Sometimiento intencional a un grupo humano a condiciones de existencia que acarreen su destrucción Encarcelamiento o privación de la libertad en violación de normas fundamentales del derecho internacional
Traslado forzado de menores del grupo humano Actos inhumanos que causen intencionalmente sufrimiento o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.



Más de 100 estados presentes, aseguraron, a través de la aprobación del estatuto de la CPI, que se puede frenar la impunidad en el mundo. La CPI permite entablar juicios y sanciones a los autores y responsables de estos graves crímenes. El Estatuto, nace de una convergencia entre sistemas jurídicos distintos, pro basado realidades culturales, religiosos y culturales.

Paralelamente se conformó una Coalición de más de 600 organizaciones no

gubernamentales por una CPI. Hasta el momento, cerca de 90 países han suscrito el Estatuto, y para que inicie sus actividades legalmente, vinculada a las naciones Unidas, se necesitan 60 ratificaciones.

La sede de la Corte Penal Internacional será La Haya, Países Bajos y podrá ejercer sus funciones y atribuciones en cualquier Estado signatario, y por un acuerdo especial, en el territorio de cualquier otro Estado.

Las principales debilidades del Estatuto de la CPI es primeramente su competencia temporal, ya que únicamente la tendrá respecto a crímenes cometidos en un Estado después de la entrada en vigencia del mismo, y en segundo lugar que se aplica a personas naturales y no jurídicas o Estados.

Sin embargo, una persona natural acusada, de acuerdo al estatuto, si actuó bajo órdenes superiores, sean éstas militares o civiles, no queda liberado de su responsabilidad.



INSTRUMENTOS INTERNACIONALES CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y LOS DERECHOS HUMANOS

Aparte de las posibilidades que ofrece el ordenamiento interno jurídico - administrativo y político de los países, y de los organismos internacionales, las personas cuyas vida se encuentren afectadas negativamente por la actividad petrolera o se encuentran en situaciones de riesgos a causa de esta, tienen también la posibilidad de acudir a instancias internacionales.

La normativa y mecanismos de defensa internacional, que nació para la regulación de conflictos armados, en la actualidad busca garantizar, no solamente aspectos civiles y políticos sino también asuntos sociales, económicos, colectivos y ambientales, ámbito al cual pertenecen los derechos de los pobladores frente a la actividad petrolera.

La vida, la salud, vivir en condiciones dignas y seguras, la posibilidad de disponer de recursos naturales, vivir en un medio ambiente libre de contaminación, desarrollar la cultura, acceder a la información y la posibilidad de incluir y participar en la toma de decisiones, son derechos que obedecen a consideraciones humanas, a valores y principios básicos de una convivencia humana y responsable. Los instrumentos han evolucionado de manera que se puede definir al derecho a un medio ambiente sano como un derecho humano fundamental.

Varios de estos derechos constan en disposiciones a las que se denominan instrumentos internacionales o normativa internacional. generalmente son acuerdos realizados por los estados: convenios, pactos, tratados, declaraciones, que una firmados y ratificados a fin de garantizar los derechos de los gobernados.

Existen instrumentos normativos generales que hacen mención a todos los derechos de las personas (por ejemplo la declaración Universal de Derechos Humanos), e instrumentos específicos sobre temas puntuales: niños, mujeres, minorías étnicas, trabajadores, refugiados, medio ambiente, etc.

Aunque instrumentos internacionales como la declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y no establecen expresamente relaciones entre el medio ambiente y los derechos humanos, algunos de sus artículos se refieren al Derecho a la Vida como inherente a la persona humana.

El derecho a la vida está directamente vinculado a otros derechos, como el derecho a la salud, a condiciones de trabajo adecuadas, etc. que si no se respetaran se podrían en peligro la vida de las personas. Otros derechos estipulados en estos instrumentos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales no se pueden ejercer si no existe un medio ambiente sano, como son "el derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, vivienda...".

Desde 1972, a través de la Declaración de Estocolmo, se ha incorporado directamente el concepto de medio ambiente reconociendo que el ser humano "tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad, el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras".

Por otro lado, instrumentos, de carácter regional de protección de los derechos Humanos, y que están actualmente en vigencia, como es la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos mencionan que dice que "todos los pueblos tienen derecho a un medio ambiente satisfactorio y global, propicio a su desarrollo". Otras leyes internacionales como el protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los acuerdos de la OCDE, la declaración de Salzburgo, la declaración de Derechos y Libertades Fundamentales, la Carta Mundial de la Naturaleza, la reunión de Sofía, Convenio sobre Diversidad Biológica, promocionan también el derecho a un medio ambiente sano como un derecho fundamental, el derechos al acceso a los recursos naturales y la participación de los pueblos en la defensa de estos derechos.

APOYOS CIUDADANOS NO GUBERNAMENTALES

Independientemente de los organismos oficiales, existen posibilidades de presentar denuncias ante organismos privados cuyos objetivos son la solidaridad, la difusión, la condena de violaciones a los derechos humanos y la generación de opinión ciudadana a fin de comprometer la investigación de los hechos, agilitar procesos e imputar responsabilidades.

Estas iniciativas ciudadanas se manifiestan a través de foros, reuniones, talleres, espacios en los cuales, la difusión de información permiten dar a conocer las limitaciones de los sistemas de justicia internos de los países y el surgimiento de las consiguientes propuestas de reformas legales.



DERECHOS FUNDAMENTALES Y EXPLOTACION PETROLERA

Los Derechos Humanos surgen de una dimensión jurídica natural de la persona. Por ello son considerados "universales" y pertenecen a todo individuo desde el primer momento de su vida, independientemente de sus condiciones y calidades singulares.

En este punto debemos recalcar que existe un interpretación cultural de lo que significan los Derechos Humanos, no para restarles cobertura, al contrario, para darles una concepción más holística. Para muchos pueblos indígenas, toda forma de vida – "incluidas la piedras" – tienen los mismos derechos que los seres humanos y la extensión de la normativa relativa al tema debe abarcarlo.

A los Derechos Humanos, que son inherentes a la persona humana, se los llama derechos fundamentales; derechos que todo ser humano lleva como atributo jurídico innato, que "existen con anterioridad al surgimiento de las normas positivas y que se caracterizan por su calidad de inalienables, en cuanto no admiten enajenación, cesión, ni transferencia".

Existen además los llamados derechos de tercera generación o derechos solidarios, relacionados con los derechos ambientales y colectivos que en algunas Constituciones en el mundo ya han sido reconocidos:

ALGUNOS DERECHOS FUNDAMENTALES FRENTE A LA EXPLOTACIÓN PETROLERA

1. El Derecho a la Vida

El derecho a la vida incluye el respeto a la integridad física, al derecho a la calidad de vida, a la salud y la seguridad; el derecho a vivir en un medio ambiente sano, a tener una calidad de vida que asegure la salud física y mental; a tener asegurada sus necesidades de salud y de atención especial cuando la persona está expuesta a riesgos.

Todos estos derechos son sistemáticamente violados durante la actividad petrolera

2. El derecho a la seguridad alimentaria

La seguridad alimentaria incluye el derecho que tienen los grupos humanos a poder asegurar una dieta alimentaria básica, pero dentro de sus patrones culturales, y teniendo control de la producción de sus propios alimentos.

Este derecho es violado, pues la actividad petrolera al contaminar el agua y el suelo, impide que las comunidades puedan producir sus alimentos tradicionales, y se genera un círculo de dependencia alimenticia.

3. El derecho a la conservación del medio ambiente y los recursos naturales

Este derecho incluye el asegurar que se han tomado medidas para que se proteja el aire, el agua, el suelo, los bosques y la vida silvestre. Incluye además el derecho de contar con áreas no perturbadas, incluyendo zonas protegidas, sitios de interés científico y cultural, arqueológico y religioso, donde las colectividades pueden ejercer sus prácticas culturales.

Este tal vez es uno de los derechos más violados por la actividad petrolera, pues en varios países se han otorgado concesiones petroleras en áreas protegidas, bosques protectores, y las empresas petroleras tradicionalmente no han respetados sitios sagrados o de importancia científica y cultural.

El Convenio 169 de la OIT reconoce el derecho de los pueblos indígenas a participar en la utilización, administración y conservación de los recursos naturales presentes en sus territorios. El Convenio tiene provisiones relacionadas con el uso de los recursos del subsuelo, que siendo insuficientes vela por ciertos derechos, pero que deben ser tratados en forma más integral por las legislaciones nacionales.

4. El derecho a la propiedad privada

Este derecho incluye la inviolabilidad del hogar, reconoce el derecho a la propiedad individual y colectiva. En este derecho puede incluirse el derecho al territorio.

El Convenio 169 de la OIT reconoce el valor cultural y religiosa para los pueblos indígenas y llama a los países firmantes a resolver todas la demandas de tierras existentes.

Sin embargo, a pesar de que muchas demandas de tierras están pendientes, los Estados han entregado concesiones petroleras dentro de territorios indígenas, violando este derecho fundamental.

5. El derecho a no ser desplazado

Toda comunidad humana tiene derecho a un domicilio, mucho más aun si este está ligado a una cultura o a una cosmovisión. El desplazamiento forzado es toda forma de migración interna que obedece a causas relacionadas con situaciones en las cuales la violencia lesiona o pone en peligro el núcleo esencial de los derechos fundamentales a la vida, a la integridad, a la libertad y seguridad personal.

La actividad petrolera ha violado este derecho, pues ha desplazado a pueblos enteros de sus territorios tradicionales, instalando carreteras, pozos, estaciones y hasta pueblos que sirvan a su actividad.

6. El derecho al desarrollo cultural

Este derecho incluye el asegurar prácticas relacionadas con la identidad y la cultura, las prácticas religiosas, al lenguaje y a la libre asociación. En relación al derecho de asociación, el Convenio 169 de la OIT llama a reconocer las formas organizativas propias a la cultura y legítimamente representativas de cada pueblo.

Todos estos derechos son violados por las empresas petroleras, pues ha pasado por alto todos los aspectos culturales de los pueblos, y esta en algunos casos, ha creado organizaciones paralelas a las legítimas para poder llevar a cabo sus planes.

7. El derecho a la libertad religiosa

En el campo religioso, el ser humano es libre cuando ni se le obliga a actuar contra sus convencimientos, ni se le impide ajustar a ellos su conducta.

La actividad petrolera viola constantemente lugares sagrados, lo que impide a los pobladores locales a ejercer su fe.

8. El derecho a la resistencia

Este es un "supremo recurso" como bien jurídico perteneciente al campo de la defensa justa. Cuando un régimen desconoce los recursos humanos y surge una situación de injusticia, de violación institucionalizada que frecuentemente es generado durante la actividad petrolera, debe cumplirse la primera finalidad de la comunidad política: la de conservar los derechos humanos. Si esta situación se torna crónica, pude aplicarse el derecho a resistir.

9. El derecho a la información, a la participación y a la capacidad de decisión

Este es un derecho que prevé el poder acceder y compartir información, de expresar opiniones a través de cualquier medio de comunicación, de ser consultado y de participar en asuntos que afectan a su vida y a su bienestar, y de participar activamente en el desarrollo de actividades de protección ambiental.

De acuerdo a las legislaciones ambientales de varios países, las empresas petroleras tienen que elaborar planes de manejo, estudios de impacto ambiental, evaluaciones de riesgos, auditorías ambientales y planes de desarrollo, información que, de acuerdo a este derecho, debe esta a la disponibilidad de todos los sectores legítimamente interesados en la actividad petrolera.

10. El derecho a presentar demandas, peticiones y demandas

Incluye el derecho a presentar denuncias, demandas y peticiones frente a las autoridades públicas u organizaciones internacionales para ello es necesario contar con los recursos administrativos y jurídicos necesarios.

Por otra parte, las autoridades tienen la obligación de dar una respuesta rápida a los mismos.

Otro derecho incluye la posibilidad de ejercer acciones populares en contra cualquier actividad que pueda dañar el medio ambiente, sin importar si quienes presentan la demandas sean directa o indirectamente afectados

11. El derecho a demandar responsabilidad, compensación y reparación.

Incluye la obligación que tienen los Estados de determinar responsabilidades por da–os ambientales. En esto caso, es un derecho de los afectados el recibir compensaciones por los daños sufridos tanto a nivel material como psicológico. Este derecho está también consagrado en el Convenio 169 de la OIT.

En caso de daños ambientales, se debe exigir la restauración ambiental, derecho previsto también en el Convenio de Biodiversidad.


CASOS

El Pueblo U’wa y la Occidental

Los U'wa - cuyo nombre significa "gente inteligente que sabe hablar" - pertenecen a la familia lingüística Chibcha, y es uno de los pocos pueblos que aún sobreviven en el país y que mantienen en forma más viva la cultura ancestral.

Habitan en su mayoría las inalcanzables cimas de la Sierra Nevada del Cocuy-Guicán, desde la cual han visto desaparecer sus tierras sagradas, que en otros tiempos también abrazaron la Cordillera Oriental, desde la Sierra Nevada del Cocuy hasta la Sierra Nevada de Mérida, en Venezuela.

Actualmente ocupan gran parte de la llamada región del Sarare (en los departamentos de Arauca, Norte de Santander, Santander, Boyacá y Casanare) y que va desde las postrimerías de la Sierra Nevada del Cocuy y del pie de monte llanero; por el sur, hasta el Valle de Pamplona, por el norte. De los ocho grupos o clanes originarios que inicialmente habitaban las tierras altas, medias y bajas de la Sierra Nevada, subsisten 3 grupos como clanes, los restantes se hallan organizados como familias más o menos dispersas y lamentablemente dos ya se extinguieron.

CRONICA DE UNA MUERTE ANUNCIADA

Los álgidos sucesos que han generado uno de los debates más fuertes en torno a la territorialidad indígena, comenzaron el 7 de abril de 1992, cuando Ecopetrol aprobó la sucesión parcial del contrato de la Occidental de Colombia, que obligaba a esta última a efectuar un programa de sísmica antes del 23 de junio de 1996. Este proyecto del contrato se conoce como "Exploración Sísmica del Bloque Samoré y afectará 8.934 hectáreas, de las cuales un 25% corresponde a territorio U'wa.

Aunque la Oxy afirma haber efectuado entre 1993 y 1994 más de 30 reuniones para informar y consultar a los U'wa, estas no fueron avaladas como la consulta que exigían los ministerios de Medio Ambiente y del Interior. Por su parte, el pueblo indígena aseguró no sentirse notificado y encontró sesgadas las reuniones, por lo que decidió en enero de 1995, durante dos días (10 y 11), realizar en Arauca una reunión amplia para informar a los suyos sobre lo que estaba sucediendo, dando como resultado una manifestación mayoritaria de rechazo por la profanación que se haría de sus tierras y una oposición radical ante cualquier tipo de exploración y explotación petrolera en tierras que jurídicamente les son reconocidas como de su propiedad. Además, no quieren volver a vivir las experiencias de Caño Limón, del carbón en la Guajira o del oro en el Chocó, donde el espejismo del desarrollo únicamente ha dejado efímeras bonanzas y una evidente destrucción ambiental, violencia y miseria.

Pese a ello, el 3 de febrero de 1995, el Ministerio del Medio Ambiente otorgó la licencia ambiental a la Oxy. A partir de entonces, la tranquilidad de los U'wa se vió trastornada, empujándoles a una lucha por salvar no sólo su mundo físico, sino también el sagrado, su cosmogonía, sus costumbres, su propia concepción de vida; lucha inicialmente solitaria pero que con el tiempo ha capturado el interés nacional e internacional por gestarse una polémica donde hoy se enfrentan argumentos de quienes se solidarizan con la comunidad y de aquellos que piensan que es mas importante el desarrollo, aun a costa de la eliminación completa de una cultura como hay pocas.

La Defensoría del Pueblo, el 10 de agosto de 1995, interpuso una Acción de Tutela ante el Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá por considerar que la decisión del gobierno "violaba el derecho al territorio, la autodeterminación, a la lengua, a la vida, a la supervivencia de la comunidad" y se vulneraba el derecho a la participación, la vida y la integridad cultural de la comunidad indígena U'wa".

El fallo del Tribunal fue favorable a los U'wa y pidió que se tutelaran sus derechos fundamentales, que se realizara la consulta y declarar la inaplicación de la licencia. De todos modos, Ecopetrol y la Occidental impugnaron ante la Corte Suprema de Justicia y ésta revocó la sentencia que favorecía a la comunidad. Sin embargo la Defensoría insistió y la Corte Constitucional emitió una sentencia donde reconoció que la consulta no había sido efectuada y dio al Ministerio del Medio Ambiente y a la Oxy un plazo de 30 días para realizarla.

Simultáneamente, en el Consejo de Estado validó la licencia ambiental por considerar que primaba "el interés general de los colombianos, el dominio del Estado sobre el territorio nacional y la propiedad estatal al subsuelo sobre toda consideración, incluso sobre el derecho de los pueblos indígenas que están amparados por la misma Constitución Nacional y además validó la consulta y el que la Oxy entre a territorio U`wa para ejecutar el contrato.

Pero los U'wa no se amedrentaron y redactaron una extensa carta para el embajador Jorge Taiana, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que solicitara al Gobierno Colombiano suspender la licencia, adoptar medidas para evitar daños irreparables en la comunidad indígena y que en su próximo viaje a Colombia visite al pueblo U'wa y confirme los hechos.

ESTRAGOS DE UNA LUCHA

Como suele ocurrir en estos casos, se activan mecanismos de democracia participativa (consultas, audiencias públicas ambientales, veedurías...) para "defender" los derechos de las personas, pero al final se terminan concediendo licencias y permitiendo megaproyectos, sin importar argumentos y el dolor de muchas comunidades.

En muchas ocasiones en casos como este, hubo un camino jurídico, una pelea colectiva, manifestaciones y protestas pero... finalmente el Gobierno "defiende el desarrollo", la intromisión de multinacionales o grandes empresas que extraen los recursos naturales y que a su marcha dejan una sombra de miseria y un vacio total de las riquezas nacionales.

En el caso de los U'wa la situación parece repetirse, pasando por encima de una comunidad que ya ha expuesto todas sus razones para impedir la intromisión de la petrolera en su territorio ancestral. Mas, aunque ha sido una lucha larga y extenuante, los U'wa han logrado una asombrosa solidaridad.

Tristemente el gobierno colombiano y la Oxy, parecen inamovibles y la opinión pública debe enfrentar un permanente cruce de informaciones que busca confundirla y estigmatizar la pelea de esta comunidad. Prueba de ello son las permanentes insinuaciones y rumores expandidos sobre que detrás de este debate se encuentra la guerrilla colombiana.

A lo anterior se suman dos factores delicados: el peligro que corren sus vidas ante las amenazas de que han sido víctimas algunos miembros de la comunidad y que fueron denunciadas en varias ocasiones públicamente, como en su momento lo hiciera el Senador de la República, representante de las minorías étnicas colombianas, Lorenzo Muelas, uno de los mayores defensores de la causa U'wa.

Pero sobre todo, se espera que la tesis expuesta por algunos Ministros de que el bienestar de 38 millones de colombianos está por encima del clamor de 5 mil U'was, empiece a ser desplazada y se tome en consideración que los pueblos indígenas, así como todas aquellas comunidades que así lo elijan, opten por su propio desarrollo, por su propio modelo y se les respete su derechos ancestrales, de territorio..., de vida.

ULTIMOS SUCESOS

En agosto de 1999, el Gobierno colombiano entregó oficialmente 120.000 hectáreas ampliando el resguardo U’wa a mas de 220.000 has. que llevará ahora el nombre de Resguardo Indígena Unido U’wa, como lo solicitó en Cabildo Mayor de la Asociación U’wa.

A pesar de que el Gobierno Nacional colombiano expresó que la constitución de este resguardo se dirige a garantizar la supervivencia y a proteger la integridad cultural y territorial de los U’wa; esto es una falacia ya que inmediatamente después y a escasos metros del límite del territorio adjudicado, el Gobierno ha entregado a la Oxy el permiso para perforar el Pozo Gibraltar 1.

El Gobierno colombiano al entregar a Oxy esta licencia, está confundiendo resguardo con territorio ancestral y confunde los intereses de las transnacionales con el de los ciudadanos colombianos.

EL PENSAMIENTO U'WA

Son múltiples las razones que tienen los U'wa para oponerse a la penetración de las compañía petrolera y a todos aquellos que explotan los recursos naturales renovables y no renovables. Es innegable la importancia de esta comunidad en la vida social, la propiedad colectiva, su conocimiento ancestral de la naturaleza, su respeto por el Medio ambiente, sus costumbres y medicinas.

Sus herramientas de estudio son la coca y el yopo, "elementos vivos que vinieron del cielo", y para ellos el petróleo o Ruiria, tiene sangre y es lo que les da la fuerza, la vida a ellos, a los árboles, a los y al mundo. Además es la "madre de todas las lagunas sagradas..." "él está trabajando; las esmeraldas, el oro, el carbón todos esos recursos no son tocables, ellos son vivos, están trabajando".

Por eso tienen su propia manera de controlar el medio que habitan y su comportamiento respecto al mismo se explica en mitos, creencias, usos y costumbres tan antiguas como el origen de su mundo. Su mundo social y cultural se ha organizado siguiendo el modelo de la creación.

Por eso, hablar del territorio, ley, costumbres implica trocar su cosmogonía y su cosmovisión U'wa, analizar su pasado y ver cómo se constituye su pensamiento que durante miles de años les ha permitido permanecer en armonía con la naturaleza y entre ellos mismos. De la Tierra piensan que es "un ser vivo y es madre", lo cual ha determinado sus practicas agrícolas, sus actividades de caza, pesca y recolección y su comportamiento ritual.

Para ellos la colonización es una de las consecuencias de la explotación de la Occidental y sus estragos son diarios y a todos los niveles del pueblo U'wa, desde un total agotamiento de la fauna y la flora, hasta la pérdida de identidad, derrumbe de la cultura tradicional e introducción de enfermedades incurables que en ciertas poblaciones se han convertido en grandes epidemias.

Ellos reconocen que actualmente están cerca de soportar hambrunas y los problemas de salud son muy graves, habiendo ya un alto grado de tuberculosis en la población. Por tanto insisten en analizar los impactos indirectos de la explotación (migración de población, inflación, violencia, enfermedades...).

En la tradición oral U'wa están firmemente arraigados los límites del territorio ancestral; marcado por cerros, lagunas, ríos y existe clara conciencia del alinderamiento tradicional.

Entonces su territorio va más allá del resguardo y la reserva. "Si hablamos de territorio tenemos que hacerlo desde los tiempos en que no había sido invadido por los colonos, estudiar a fondo y ver la relación que tiene el concepto U'wa de nuestros límites con nuestra cosmovisión y comportamiento: 'cuando Yagshoa estaba organizando no había llegado ni gringo, ni americano ni español; sólo había indígenas; los werjaya.

Apenas Yagshowa terminó ya salieron los U'was. Padre eterno regó el petróleo (Ruiria) por todo el mundo, pero tiene los límites; él sabía a dónde llegarían españoles y todo; por eso dejó este territorio intocable: aquí no podía tocar ellos....

... En esa medida tienen "sagrados mayores y menores" (algunas lagunas son intocables y allí no ingresan los indígenas por respeto), pero esos lugares que para ellos son sagrados, son considerados por "el Estado como tierras baldías, por el colono como monte, tierra inculta; la práctica del gobierno, del riowa, es muy destructiva e irrespetuosa, muy distinto a lo que se dice de la misma ley.

(...) "Nosotros no hemos cometido la insolencia de violar iglesias ni templos del Riowa, estos en cambio han ensuciado y secado nuestras lagunas "...Siendo la Ley U'wa, ley de la Vida o Ley del Mundo, algo sagrado e inviolable, no se entiende por qué el gobierno y la Oxy en general, juegan con la ley de los U'wa y de los demás. Por eso exclaman: "Por qué no se respeta ese derecho que tenemos a ser y vivir diferente a los Riowa?.

(...) ""Nuestra ley es no tomar más de lo que se necesita, somos como la tierra que se alimenta de todos los seres vivos, pero no come demasiado, porque sino, se acabará todo. Debemos cuidar, no maltratar. Para nosotros es prohibido matar a cuchillo, machete, bala. Nuestra armas son el pensamiento, la palabra; nuestro poder es la sabiduría. Preferimos la muerte antes de ver nuestros sagrados mayores profanados".

Colaboración de:

Mónica del Pilar Uribe Marín (Signos Comunes – Colombia)



GASODUCTO BIRMANIA - TAILANDIA

YADANA: UN ANALISIS DESDE LOS DERECHOS HUMANOS EN BIRMANIA

Birmania ha estado en guerra civil por más de cuatro décadas y muchas de las áreas donde viven las nacionalidades étnicas están bajo administración militar.

Durante la era del Partido del Programa Socialista de Birmania (BSPP), los militares clasificaron diferentes áreas del país dentro de las llamadas zonas negras, cafés o blancas, dependiendo del nivel de control que el ejército ejercía en ese lugar. El ejército SLORC ha continuado con este sistema de clasificación. Negro, zonas de libre fuego, indica áreas de Birmania que el SLORC no controla. Las áreas café no están ni bajo la oposición ni bajo los reglamentos del SLORC. Por último están las zonas blancas, las cuales existen completamente bajo la autoridad del SLORC.

La región a través de la cual el oleoducto que irá de Birmania de Tailandia está todavía en la mitad de la guerra civil y cae bajo una mezcla de las tres clasificaciones. Tanto el SLORC como las compañías petroleras reconocen que el desarrollo del gas natural en Birmania no puede progresar hasta que todas las áreas petroleras se encuentren totalmente bajo el control del SLORC. El proyecto del oleoducto ha sido amenazado no sólo por daños colaterales de la insurgencia étnica, sino también por ataques hechos al proyecto mismo.

Militarización en la Región del Oleoducto

Las declaraciones efectuadas por representantes del consorcio del proyecto responsabilizan al SLORC de resguardar el oleoducto. El presidente de Unocal John Imle ha reconocido, "Si ustedes amenazan el oleoducto habrán más militares ... por cada amenaza al oleoducto habrá una reacción." De este modo, está claramente entendido por parte de esas empresas extranjeras que las garantías de seguridad gubernamental significan el uso de militares del SLORC en el oleoducto.

Desde que el contrato fue firmado, se refuerza esta conclusión. Los militares han consolidado su presencia en la región. Mientras cuatro batallones estén permanentemente estacionados en la ruta del oleoducto de treinta y nueve millas de largo, ellos serán reforzados por otros 3 batallones y fuerzas adicionales de SLORC, encargadas de la seguridad para el área total del proyecto.

En la ruta misma del oleoducto, existen por lo menos 3.000 tropas del SLORC designadas exclusivamente para protegerla (reforzados por lo menos con otros diez batallones vigilando el área). Es probable que el número total de tropas encargadas de la seguridad del oleoducto sea sobre los 10.000. Tales cifras no incluyen las unidades de inteligencia del SLORC, unidades policiales o fuerzas especiales que también están esparcidas en toda la región.

Para la población civil que vive en estas áreas, la vida se ha vuelto intolerable debido a la creciente presencia militar. Adicionalmente a la expansión de las fuerzas de seguridad en el área, el programa total de desarrollo de gas natural incluye la construcción de infraestructura.

Es claro que el ferrocarril es parte del esquema de desarrollo total del SLORC en la región del oleoducto. Este permitirá a las tropas del SLORC encargarse del acceso del oleoducto a las áreas étnicas. Los campos militares a lo largo de la ruta del ferrocarril sugiere su importancia militar. Realmente el SLORC ya está utilizando las partes actualmente finalizadas del ferrocarril para transportar combustible, comida y provisiones que se reporta están apoyando tanto a los militares en el área del oleoducto como al mismo proyecto del oleoducto.

En el 1994, el SLORC inició un plan más organizado para asegurar el área del proyecto en una iniciativa militar llamada operación Natmin (Espíritu Rey). La Operación Natmin tenía dos objetivos principales: asegurar la ruta del oleoducto y remover las fuerzas de resistencia

ABUSOS A LOS DERECHOS HUMANOS EN LA REGION DEL GASODUCTO

En los treinta y cuatro años que el SLORC y su predecesor, el BSPP, han gobernado Birmania, han creado un clima en donde es tolerada la total violación a los derechos humanos. Aunque la violación a los derechos humanos fueron comunes bajo el BSPP, hoy el SLORC se ha dado un incremento en la severidad y en toda su extensión geográfica. Continúan creciendo violaciones sistemáticas de los derechos humanos al consolidar el ejército su poder en nuevas regiones.

Desde que el SLORC empezó a movilizar las fuerzas militares en la región del oleoducto, los abusos a los derechos humanos se han incrementado. Los abusos a los derechos humanos que ocurren en el país no son reportados, ya que a los observadores independientes no se les permite acceder a ninguna parte de Birmania. Adicionalmente, el penetrante clima de miedo mantiene en silencio a la mayoría de la gente aún frente a las más brutales violaciones.

Unocal ha argumentado que su presencia en Birmania le da a la compañía una oportunidad única de conocer la situación de los derechos humanos dentro del país, declarando que: "como una regla, los grupos de derechos humanos no tienen acceso directo a la escena de la información en Myanmar. Nosotros sí."

Total, socia de Unocal, además declaró: "... está comprometida a asegurar que la construcción y operación del oleoducto de Yadana sea administrada de manera que sea consistente con las tivas, tradiciones y requerimientos de las comunidades locales, tradiciones y requerimientos... (y) en línea con la política de guías internacionales establecidas..."

A pesar de ésta y otras declaraciones, los representantes de Total no están seguros si podrán controlar las fuerzas de seguridad que la compañía ha contratado para proteger al proyecto. Tales recelos, sin embargo, no han llevado a la compañía a reconsiderar sus relaciones comerciales con estas tropas o al régimen que las gobiernan.

En contraste a las declaraciones de la compañía, los reportes de organizaciones internacionales y grupos sobre los derechos humanos han relacionado los crecientes abusos a los derechos humanos, pobreza y flujo de refugiados con las actividades petroleras y de gas en Birmania. Un creciente número de personas han llegado a los campos de refugiados quienes han dejado sus hogares en la región del oleoducto debido al alto nivel de actividad armada y asociada a los abusos a los derechos humanos en el área.

Debido a que este personal de seguridad está en la región específicamente para proteger el oleoducto, las compañías petroleras tienen una cuota de responsabilidad por las violaciones a los derechos humanos cometidas por ellos.

Violaciones al Derecho a la Vida

Las violaciones al derecho a la vida y a la integridad de la persona han tomado la forma de ejecuciones sumarias por el ejército, tales como aquellas conducidas en retaliación por el ataque en febrero de 1996 a los cuarteles de Total en Ohn Bin Gwin. Como parte de esta retaliación, el SLORC ejecutó arbitrariamente por lo menos a 10 aldeanos Karen del pueblo de Ein Da Ya Za que está ubicado en la ruta del oleoducto. A ninguna de estas personas se les juzgó por algún crimen u ofensa ni tuvieron una oportunidad informal de defenderse antes de ser ejecutado.

Los aldeanos son asesinados rutinariamente o físicamente abusados si se sospecha que están ligados o son partes de grupos armados tales como el Ejercito de Liberación Nacional Karen (KNLA) o el Ejercito de Liberación Nacional Mon (MNLA).

El SLORC también ha asesinado a muchos trabajadores civiles y peones de servicio en la región del oleoducto ya sea porque no pudieron alzar sus cargas o trataron de escapar. Tales muertes aumentan el nivel de ejecución extrajudicial, y éstas son frecuentemente precedidas de tortura, violación o maltrato severo por parte de las manos de las fuerzas de seguridad del SLORC. Otras muertes han sido productos de falta de alimentación apropiada o atención médica a los reclutados para trabajar como obreros forzados o peones de servicio militar.

Trabajos Forzados

ERI y SAIN han confirmado que se esta utilizando trabajo forzado en la ruta del oleoducto y proyectos relacionados, a pesar de que SLORC y las compañías petroleras lo han negado.

La Convención Concerniente a Trabajo Forzado u Obligatorio define al trabajo forzado como "trabajo o servicio que es exigido a cualquier persona bajo la amenaza de alguna sanción, o por la cual dicha persona no se ha ofrecido voluntariamente." Como un signatario a esta Convención, las acciones del SLORC descritas, violaron esta ley internacional, sin importar si ellos compensaron a los trabajadores.

Cuando una compañía petrolera emprende un proyecto, usualmente es necesario un desarrollo de infraestructura del área. Carreteras, puentes, y ferrocarriles son construidos para da mantenimiento a los proyectos. El desarrollo de esta infraestructura en Birmana ocasiona trabajo forzado, elevados impuestos y sufrimiento. En las palabras de un aldeano local que trabajó en la carretera relacionada con el oleoducto: "Si ellos nos dejan trabajar como seres humanos, no habríamos venido al campo de refugiados. Pero ellos nos forzaron a trabajar como esclavos o animales."

Adicionalmente al uso de trabajo forzado en la construcción e infraestructura de una compañía, la población civil en la región del oleoducto ha sido reclutada para construir barracas para las tropas del SLORC asignadas para proporcionar seguridad al proyecto.

Además desde 1992, los aldeanos han sido forzados a construir carreteras que probablemente serán utilizadas para construir y dar mantenimiento al oleoducto.

Desde que asumió el poder, el ejército del SLORC se mueve con los peones, típicamente 2 por cada soldado. Cientos de miles de aldeanos han sido reclutados a la fuerza en las áreas de minorías étnicas de Birmania para cargar armas, municiones y otras provisiones dentro de las zonas de la guerra civil, incluyendo al área del oleoducto.

La duración del servicio forzado varía desde unos pocos días a semanas o aun meses. El SLORC empleas reclutamiento métodos de detención, con maltrato severo o fatales a los peones. Algunos peones han fallecido por cansancio o negligencia, y otros han sido golpeados hasta morir o ejecutados extrajudicialmente por desobedecer órdenes o por tratar de escapar.

La única forma que los aldeanos pueden evitar el ser peones, es pagar altos "honorarios de peones" a las autoridades locales militares, dependiendo del tipo de trabajo que los soldados demanden. Estos honorarios normalmente son cobrados en la región del oleoducto, de una a tres veces al mes. Si un aldeano no puede proporcionar los peones o el honorario adecuado, el jefe de la aldea está sujeto a un severo abuso físico y otras formas de castigo.

Reubicación forzada y desplazamiento de la población

El tendido del oleoducto y su respectiva infraestructura ha producido un extenso desplazamiento de la población a través de toda la Región Tenasserim de Birmania. Desde que el proyecto Yadana empezó, miles de aldeanos han huido a los campos de refugiados, por el miedo de las tropas del SLORC.

Sin embargo el desplazamiento de la población también ocurre en una forma más directa. Total y Unocal rechazan que los aldeanos hayan sido reubicados debido al proyecto. De hecho la reubicación forzada empezó a principios de 1991 antes de la firma del contrato final por parte de Total, que ocurrió en julio 1992.

La aldea de Shin Ta Pi en el municipio Ye Byu, a través del cual pasará el oleoducto, también fue reubicada a la fuerza en 1992. Cincuenta y seis hogares en la aldea tuvieron que abandonar sus hogares en la estación lluviosa de 1992, solo dos meses antes de que Total firmara el acuerdo de producción - participación para el campo Yadana.

Los refugiados de Mi Chaung Laung, una aldea que estaba antes en la ruta, han relatado que en marzo de 1992, el SLORC convino una reunión con los jefes de la aldea y les informó que toda la aldea debía moverse a Pwa Shin Ma dentro de seis días. Temiendo sanciones, cada familia empacó sus pertenencias y dejaron sus hogares.

Esta reubicación tuvo lugar mientras las negociaciones estaban todavía en marcha con las compañías petroleras. Siete meses más tarde (3 meses después que el contrato se firmó) el SLORC regresó a Mi Chaung Laung y quemó muchas de las casas vacías y elimino la posibilidad de que la gente desplazada pudiera volver a sus hogares.

Derechos ambientales

El proyecto Yadana presenta una amenaza significativa para el ambiente en Birmania. El sistema político de Birmania bajo el SLORC, permite a las empresas extranjeras operar sin ninguna regulación ambiental, de manera que los socios del consorcio toman decisiones absolutas en control. La falta de transparencia asegurara que las empresas no asumirán responsabilidad por ningún daño ambiental que causen. En contraste, la gente de las áreas rurales, tradicionalmente han protegido siempre el medio ambiente, es excluida sistemáticamente en la toma de decisiones y en los procesos políticos.

Las posibilidades de que se diseñen políticas responsables ambientalmente en relación al proyecto Yadana son reducidas, por el hecho de que aquellos con el poder de decisión –SLORC y las compañíasó han demostrado poco interés por el medio ambiente en anteriores proyectos. Esto, en combinación con un sistema carente de regulaciones, transparencia y responsabilidad mas por la exclusión de la participación local en el proyecto del oleoducto de gas Yadana nos permite predecir que el medio ambiente en la zona de influencia del proyecto esta en riesgo.

PETROLEO Y DERECHOS HUMANOS EN CHAD

Chad y los derechos humanos

Chad está situado en el corazón del Africa y ocupa un territorio de 1'284.000 Km2; tiene una población de 6,5 millones de habitantes de los cuales el 78% vive en el medio rural. Este 78% produce mas del 85% de las exportaciones: productos agrícolas (principalmente algodón) y ganado (vacuno, caprino, ovino y de camellos). A pesar de estas importantes actividades económicas, el balance del estado es regularmente deficitario y compensado frecuentemente por ayuda internacional - entre el 60 y 75% -. Se conocen cerca de 150 lenguas locales aunque los idiomas oficiales son el árabe y el francés. El analfabetismo se sitúa alrededor del 80%.

Chad ha sufrido 33 años de guerra civil habiéndose firmado el último acuerdo de paz, entre el gobierno y los rebeldes armados, hace tan solo pocos meses, sin embargo existen todavía focos de rebelión.

Desde 1991, es decir 21 años después de la independencia, el multipartidismo ha sido reconocido como sistema político. Existen actualmente existen más de 50 partidos políticos y desde hace un año se conformó un parlamento en el cual está representados los partidos de la oposición.

La Constitución, aprobada en 1996, reconoce todos los derechos fundamentales de los ciudadanos: derecho a la salud, a la educación, a la vivienda, a la libre expresión política, etc. Pero entre la ley y la práctica hay una gran diferencia.

Un ejemplo claro es el caso del diputado opositor Yorongar, condenado a 3 años de prisión y a 1000 dólares de multa luego de un juicio plagado de irregularidades. Por un lado Yorongar fue juzgado aún contando con su inmunidad parlamentaria y por otro, la defensa tuvo acceso a toda la información solamente una hora antes del juicio. La defensa intentó boicotear la sesión, pero el juez decidió continuar en su ausencia.

Como conclusión se puede decir que hacia el interior del país se viven huelgas, manifestaciones, control de la gestión de los bienes públicos, represión y hacia afuera se maneja un discurso de respeto a los derechos humanos para que sea reconocido como un gobierno democrático.

El ultimo informe de Amnesty International menciona la inquietante situación de los derechos humanos en Chad: masacre de población civil, impunidad, ejecuciones extra judiciales, secuestro, medios de comunicación sujetos a intimidación constante, oposición política acallada.

En este contexto esta realizándose el proyecto petrolero que prevé la perforación de mas de 300 pozos y la construcción de un oleoducto de más de 1000 kilómetros que atravesará Chad y Camerún.

Situación actual

a.- Este proyecto incluye factores que rebasan el nivel nacional:

- la cuenca al sur de Chad colinda con la del norte de la República Centroafricana, con la del oeste de Sudán y la del este del Níger. Esto representa una estrategia para el consorcio petrolero que aspira a sacar un supuesto crudo existente en estos países por el oleoducto en cuestión.

- debido a esta oportunidad, se presenta una pugna entre las compañías estadounidenses y las francesas.

- las leyes de Chad no permiten un control del proyecto ya que o son inexistentes o son ajenas a la realidad del país.

- no existen reglamentos nacionales de control técnico adecuado y aunque existen instrumentos legales internacionales estos no han sido ratificados por el gobierno de Chad.

- existen modelos opuestos de gestión del medio ambiente: por un lado el tradicionalmente conocido por las comunidades y el del estado copiado del modelo francés que excluye el primero.

- la Constitución vigente ha escogido la descentralización administrativa como modelo de gestión publica, sin embargo las formas de y organización de la gestión pública son calcadas de los modelos franceses. Estos modelos no reconocen los modelos tradicionales de vida de la población rural por lo que necesariamente se confrontan uno al otro. Con esta situación la posibilidad de que las poblaciones locales participen efectivamente en la gestión, monitoreo y control del proyecto petrolero es casi nula.

b.- La sociedad civil es todavía débil y ninguna experiencia local de monitoreo existe aún. Recién ha aparecido la primera confrontación al proyecto petrolero en Chad. La sociedad civil depende para esto de la experiencia a nivel internacional. Hay que añadir a esto la larga guerra civil que ha dejado una población traumatizada, lo que ha orientado el accionar de la gente hacia la sobrevivencia (para lo cual la gente considera que el petróleo es una respuesta) antes que a cuestiones de orden ético como puede ser la defensa del medio ambiente.

Proceso de gestión del Proyecto

Este proyecto fue concebido y realizado bajo secreto y silencio absolutos invocando seguridad del estado. El proyecto comenzó en 1972 con las primeras exploraciones siguiendo la perforación en 1973. Sin embargo, fue en 1997 que el público tuvo acceso al archivo después de casi 25 años de secreto absoluto. Inclusive las poblaciones por donde pasará el oleoducto no tenían ningún conocimiento del proyecto.

A partir de ese momento, por obligación del Banco Mundial y presión de ONGs del norte, el archivo fue abierto y organizadas algunas consultas. Todos los documentos (estudios de impacto ambiental, plan de manejo ambiental, plan de compensación y de desplazamiento de poblaciones) fueron abiertos al público y el gobierno se ha visto obligado a aceptar debates públicos sobre el proyecto petrolero.

Los puntos claves que preocupan a la sociedad civil y a las ONGs son los siguientes:

Impactos ambientales del proyecto

Derechos de las poblaciones afectadas directamente por el proyecto

Desarrollo financiado con ingresos del petróleo

Demandas fundamentales que son reclamadas por la sociedad civil:

Respeto a los sitios sensibles: hábitat, cursos de agua, parques y reservas de fauna, lugares sagrados.

Justa compensación a las poblaciones desplazadas

Fiabilidad de las instalaciones

Tratamiento de desechos y manejo adecuado del gas asociado

Atenuación de los efectos sobre las personas y el medio ambiente

Posibilidades de monitoreo y control independientes a las instalaciones, a los riesgos de contaminación y a la administración de los recursos provenientes del petróleo

Responsabilidad civil y penal en caso de daño a las personas y a l medio ambiente

Establecimiento de un fondo para control de la salud de la población afectada tomando en cuenta que en Chad no existe un sistema público de seguridad social

Participación e las poblaciones locales en el monitoreo y seguimiento de la ejecución el proyecto

Libre acceso a la información

Posibilidad de amparo en medios legales en caso de diferencias con la consorcio petrolero

Puesta en práctica de normas nacionales y la ratificación de normas internacionales.



Avances en términos de respeto a los derechos de las poblaciones

Se las puede clasificar en cuatro categorías.

a.- Lo que se conoce con exactitud y que es aceptado:

- La compensación económica por pérdida de árboles frutales.

b.- Sobre lo que conocemos pero que se debe ampliar las discusiones y consultas:

- Zonas que también serán recompensadas: sitios sagrados, hábitats naturales, tierras agrícolas, etc.

- Tratamiento de desechos y manejo adecuado del gas asociado

- Acceso total a la información a las comunidades afectadas y al público en general

- Puesta en práctica de normas nacionales y ratificación de las internacionales

c.- Sobre lo que no sabemos nada, que tenemos dudas y que no hemos profundizado la discusión:

- Fiabilidad de las instalaciones

- Minimización de daños

d.- Sobre lo que no conocemos nada y no tenemos ninguna información precisa:

- Monitoreo independiente

- Responsabilidad civil y penal

- Amparo legal en caso de incumplimiento

- Salud de la población local

e.- Lo que esperamos obtener a corto plazo y en las mejores condiciones:

- Organizar a la sociedad civil y sus diferentes organizaciones: derechos humanos, sindicatos, organizaciones de base, etc.

- Capacitación local para conocimiento del proyecto profundamente: realización de talleres de formación y reflexión.

- Puesta en práctica de un sistema de monitoreo.

- Diversificación la colaboración con ONGs internacionales.

- Usar la participación del Banco Mundial en el proyecto como una forma de presión al estado de Chad.

Colaboración de Soumaine Adoum, CILONG, Chad


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com