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NotaPublicado: Lun 03 Nov, 2008 12:12 pm 
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Según canarias7.es:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido anular la licencia urbanística que facultó la construcción del hotel Hesperia de Puerto Calero. La decisión se basa en que la edificación carece de informe de compatibilidad con el Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT).

Lo curioso del asunto es que el pronunciamiento judicial se debe a la demanda mantenida por un particular y no por acciones emprendidas por el Cabildo. En este caso, a diferencia de la mayor parte de los hoteles en igual condición, desde la primera Corporación se tomó la decisión de retirar el pleito en 2006.
El fallo, comunicado a las partes en esta misma semana, ratifica la sentencia inicialmente dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Las Palmas, que anulaba la licencia de 1999 concedida por el Consistorio de Yaiza, con José Francisco Reyes como alcalde, para la parcela 74 del Plan Parcial Cortijo Verde. Precisamente Yaiza apeló el fallo, con argumentos que desde el TSJC encuentran respuesta en la que se incluye un comentario sobre el proceder cabildicio.

‘Toque’ al cabildo. En concreto, se matiza en la decisión judicial que «lo que tenía que haber pretendido el apelante es que el Cabildo diera un trato igual a todos los afectados por sus impugnaciones de licencias urbanísticas vinculadas», desistiendo así de todos los procedimientos existentes y no sólo en algunos casos en concreto.

Tras esta advertencia, se deja pie a que otros sí que tengan igual derecho y consideración al tiempo de presentar recurso contra las licencias urbanísticas de origen supuestamente dudoso. Así se concreta que «el hecho de que el Cabildo, que no ha intervenido en este procedimiento, haya desistido de algunos recursos en relación a licencias de obras», se matiza con referencia incluso a casos en concreto, «no es obstáculo, por sí, para impugnar la citada licencia de obras».

Asimismo, abunda el fallo sobre este respecto que «a la pregunta de que si una entidad mercantil puede impugnar la licencia otorgada por el Ayuntamiento de Yaiza, por ser contraria a la legalidad urbanística, debemos responder afirmativamente», a la par que se aclara que «en este punto consideramos que es legítimo el ejercicio de la acción, porque persigue el cumplimiento de la legalidad urbanística, que es la finalidad que en sí tiene la acción».

Tras estas oportunas aclaraciones, desde el TSJC se concretan diversos aspectos sobre el fondo del asunto, anulándose la licencia por el simple hecho de «no constar una publicación íntegra del Plan Parcial en cuestión, con anterioridad a la concesión de la licencia combatida»


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NotaPublicado: Mié 05 Nov, 2008 8:28 am 
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Registrado: Jue 21 Abr, 2005 11:14 am
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Según diariodelanzarote.com:

El nacionalista Mario Pérez (CC), siendo presidente accidental del Cabildo, ordenó el 23 de julio de 2004 la retirada del recurso contencioso que la Corporación insular había interpuesto contra la licencia del Hotel Hesperia de Puerto Calero, que ahora ha sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) gracias al recurso de otra empresa hotelera.

El 23 de julio de 2004, Juan Calero Rodríguez, en nombre y representación de Temuime SL, registra un escrito en el Cabildo para resolver la situación del recurso contencioso administrativo que pesaba sobre el proyecto hotelero, ubicado en el Plan Parcial Cortijo Viejo, en la zona de Puerto Calero.

Ese mismo día, el presidente en funciones del Cabildo, Mario Pérez, firma un decreto (resolución número 2.779/04) en el que accede “a lo solicitado”. La Corporación insular, gobernada en aquel momento por CC, PIL y PP, retira el recurso contencioso que se seguía en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

A cambio de la retirada del recurso contencioso, que no se plasmó en ningún convenio, Mario Pérez aceptaba que el Cabildo simplemente requiriese a la promotora para que, un mes después de que se aprobase el Plan Territorial Especial de Ordenación Turística (PTEOT), iniciase “en el plazo de seis meses” la adaptación del Plan Parcial Cortijo Viejo “al planeamiento insular”.

El representante de Temuime SL aseguró, en el escrito que registró el 23 de julio de 2004 en el Cabildo, que en el citado plan parcial “sólo se han construido las 600 plazas turísticas correspondientes al hotel”, edificado en la parcela 74.

Afirmó también que esas 600 plazas del hotel anulado recientemente por el TSJC no excedían el cupo fijado hasta el año 2010 por la Revisión del Plan Insular del año 2000, conocida como moratoria turística.

A pesar de que el grupo de Gobierno del Cabildo en el año 2004 desistió del pleito judicial, la empresa Riversun Inmuebles SL decidió interponer un recurso contencioso contra la licencia del hotel Hesperia al sentir un agravio comparativo.

Riversun Inmuebles SL ha visto cómo la Justicia, a instancias del Cabildo, anulaba las licencias de dos establecimientos de su propiedad en el plan parcial San Marcial del Rubicón (Playa Blanca): el Hotel Iberostar Papagayo Park, de 397 plazas, y los apartamentos Iberostar Papagayo, de 166 plazas.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com