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NotaPublicado: Jue 30 Jun, 2011 8:13 am 
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Según diariodelanzarote.com:

El Ayuntamiento de Teguise decretó la paralización de las obras de una vivienda que construye en Caleta de Sebo (La Graciosa) la ex alcaldesa de Arrecife, María Isabel Déniz.

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El decreto de paralización y precinto se ha firmado este martes, sin embargo, 25 días después de que la Policía Local levantara acta urbanística porque la obra no contaba con licencia municipal. La casa se ha estado construyendo a un gran ritmo y el martes se estaba poniendo el techo.

La Policía Local levantó acta el 3 de junio, cuando aún estaba en funciones la anterior corporación, pero el original de esa acta no se encuentra en el expediente que hay en la sede del Ayuntamiento, por lo que no se inició el procedimiento.

Días más tarde, el 22 de junio, tras la visita a La Graciosa del nuevo alcalde, Oswaldo Betancort (CC), se volvió a levantar acta por parte de la Policía Local.

El martes por la mañana, el concejal de urbanismo, Echedey Eugenio, aseguró a ACN que el Ayuntamiento había ordenado el precinto pero no supo concretar la fecha de esa orden, que se firmó a lo largo de la jornada.

Eugenio argumentó que “eso no es noticia” y no quiso informar de los motivos del precinto afirmando que “es una información que tiene que saber el propietario de la finca”. La orden de paralización aún no se ha comunicado a la Policía Local de La Graciosa para que se haga efectiva.

La ex alcaldesa solicitó autorización tanto al Área de Patrimonio del Cabildo como a la Consejería de Medioambiente del Gobierno de Canarias para la restauración y mejora de una casa y un almacén que están incluidos dentro del Catálogo de protección de elementos de interés patrimonial del Plan Rector de Uso y Gestión del Archipiélago Chinijo. Tanto Patrimonio como el Gobierno dieron su visto bueno.

No obstante, para hacer la obra se ha derribado la antigua vivienda, sin que estuviera autorizado el derribo. Para poder demoler una vivienda afectada por Patrimonio, este departamento debe dar su aprobación.

El inmueble, que se encuentra frente a la Sociedad , es la primera tienda que hubo en La Graciosa. También está afectada por la servidumbre de tránsito de Costas.

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NotaPublicado: Jue 14 Jul, 2011 12:28 pm 
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Según diariodelanzarote.com:

El Servicio de Medioambiente del Cabildo de Lanzarote también ordenó la suspensión de las obras de la casa en La Graciosa de la ex alcaldesa de Arrecife, María Isabel Déniz. En una resolución firmada el 16 de junio por el consejero del área, Marciano Acuña, se pide la suspensión y precinto de las obras.

También se anuncia el inicio de un expediente sancionador en el que se avisa que se podrá imponer forzosamente la demolición de las obras a costa del infractor, y se remite la denuncia tanto a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural como a la Comisión de Patrimonio del Cabildo.

La resolución, que entró en el Ayuntamiento de Teguise el 29 de junio, tiene como origen una denuncia de un agente del servicio de medioambiente realizada el 8 de junio.

La orden de suspensión y precinto de las obras por parte del Ayuntamiento de Teguise se firmó el 28 de junio pero no se hizo efectiva hasta el 4 de julio, cuando la obra estaba ya muy avanzada, y a pesar de que el primer acta de la Policía Local señalando la infracción de las obras se levantó el 3 de junio y hubo que redactar una segunda el día 22.

En el expediente del Cabildo se hace mención al derribo de dos almacenes de 72 y 32 metros cuadrados que están incluidos dentro del catálogo de protección de elementos de interés patrimonial del Plan Rector de Uso y Gestión del Archipiélago Chinijo.

Las obras estaban amparadas en permisos del Gobierno de Canarias y del Cabildo, pero para reparación y mejora de uno de los almacenes y se acogieron a la obtención de la licencia municipal por silencio administrativo, aunque tal y como dice el informe del Cabildo “en ningún momento se hizo mención a la demolición de los almacenes y construcción de obra nueva”.


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NotaPublicado: Vie 04 Nov, 2016 3:49 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

El Ayuntamiento había impuesto una multa a Abreut de 375.000 euros por derribar un inmueble y hacer obras sin licencia en Caleta de Sebo. El TSJC elimina la primera infracción pero mantiene la segunda
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón parcialmente al Ayuntamiento de Teguise, que deberá imponer una nueva sanción a José Domingo Abreut, marido de la ex alcaldesa de Arrecife, Isabel Déniz, por hacer obras de construcción en Caleta de Sebo, en el año 2011, sin permiso. La sentencia ya es firme.

El TSJC también da la razón parcialmente a Abreut, a quien se le había sancionado por dos motivos, al considerar que no se le puede sancionar por derribar una edificación incluida en el Catálogo de protección de elementos de interés patrimonial del Plan Rector de Uso y Gestión del Archipiélago Chinijo, ya que el propio Ayuntamiento reconocía que la edificación se había derrumbado debido a su mal estado.

Abreut y Déniz habían solicitado autorización al Servicio de Patrimonio del Cabildo de Lanzarote y a la Consejería de Medioambiente del Gobierno de Canarias para restaurar un inmueble, casa y almacén, que había sido la primera tienda de Caleta de Sebo. Consiguieron los permisos, y en junio de 2011 comenzaron las obras, pero en lugar de una restauración, empezaron a hacer una obra nueva sobre el inmueble derruido. La Policía Local de Teguise levantó acta de infracción y el Ayuntamiento, posteriormente decretó la paralización de la obra, aunque tardó casi un mes en hacerlo desde que se levantó el acta.

Por decreto del alcalde Oswaldo Betancort, recién elegido, se impuso una sanción a Abreut de 375.000 euros, por dos motivos: por derribar la edificación protegida y por llevar a cabo obras sin licencia. Abreut recurrió esa decisión y logró que el Juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Las Palmas le diera la razón en los dos casos. El Juzgado consideró que no se había demostrado que derribara la casa antigua y que tampoco quedaba demostrado que llevara a cabo obras de nueva planta.

Teguise recurrió, y ahora la sentencia del TSJC valida la primera de las conclusiones, afirmando que “no ha quedado acreditada que la acción que se sanciona haya sido como consecuencia de una acción u omisión del recurrente, y no por el estado ruinoso de la edificación”, pero no la segunda, por lo que insta al Ayuntamiento a que fije una nueva sanción.

Abreut consideraba que había obtenido el permiso por silencio positivo, y la sentencia de primera instancia señalaba que “no es posible entender adquirido por silencio positivo la licencia de obra para una edificación de nueva planta cuando lo solicitado en su día fue licencia para un proyecto básico de obras de reparación y mejora de almacén”, pero aseguraba que, en este caso, no se puede descartar que las obras no fueran de rehabilitación, “y por tanto amparadas en la licencia otorgada por silencio positivo”.

Sin embargo, la segunda sentencia destaca que no existía proyecto de rehabilitación aprobado y que la actuación ejecutada excedía “de lo que son obras de rehabilitación”. La defensa de la ex alcaldesa, ejercida por el ex secretario municipal, Felipe Fernández Camero, alegaba que se debía haber declarado la invalidez del Catálogo de protección, así como que no existía un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales previo a la declaración de Parque Natural del Archipiélago Chinijo.

El fallo del TSJC dice que el propio decreto sancionador de la alcaldía reconoce que el edificio se derrumbó por su estado de ruina “y sin que existiera intención del denunciado en tal hecho”, pero que “no existe el mínimo resquicio a la duda en cuanto a que se trata de obras de nueva construcción en un solar en el que se situaban los almacenes derrumbados”.

Destaca, igualmente, que no coinciden las obras que se estaban ejecutando con las que se habían solicitado, que se trababan de reparación de fachadas, carpintería, sustitución de puertas y ventanas, etc. “Nada que ver, por tanto, las autorizadas por silencio con lo que la Administración demandada califica, acertadamente, como un nuevo hecho edificatorio, y nada que ver con el alcance de obras de rehabilitación”. “Lo decisivo es que se trata de obras no amparadas por licencia”, concluye.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com