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NotaPublicado: Lun 25 Abr, 2005 9:15 pm 
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UN OJO EN LA REPSOL 30
Observatorio Transnacional http://www.ojotransnacional.org

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0. Presentación nº 30

1.(ESP.) Cortina cobró 2,8 millones de Euros como presidente ejecutivo de
Repsol

2. (ARG.) Llancanelo vs. Repsol
2.1 OIKOS: Fallo de La Corte Suprema de Mendoza: Repsol no podrà explotar
Llancanelo
1.2 LA NACION: Llancanelo, un fallo sin precedente


3. (ARG.) La Prórroga de la Concesión Loma De La Lata: una burda
Violación al Derecho Constitucional Indigenista


4. (VEN.) Repsol YPF y ChevronTexaco desarrollarán conjuntamente negocios
en Venezuela


5. (BOL.) Anexo D y poder petrolero en Bolivia

6. (ARG.) Aberraciones filantrópicas: Repsol construye un cine en la
Antartida

7. (ESP.) Repsol en el Mar de Alboran-Almeria

8.(CAN.) Primeros pasos de la campaña "CANARIAS DICE NO A REPSOL"

9. (ARG.) Declaración del Movimiento para la Recuperación de la Energía
Nacional Orientadora (MORENO)

10. ultimas noticias: 27 ABRIL MANIFESTACION CONTRA REPSOL EN CANARIAS
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0. PRESENTACION: 30 NUMEROS

Un Ojo en la Repsol, un boletín electrónico que nació hace 5 años, sigue
recopilando noticias y datos sobre el accionar de esta empresa petrolera
en el maltratado planeta.
En este número destacamos el sueldo de casi 3 millones de Euros del
dimitido presidente, el fallo sin precedentes en un juzgado argentino, que
impide a Repsol ingresar en la Reserva Llancanelo. Este caso puede sentar
jurisprudencia en otras regiones donde Repso linvade areas protegidas y
territorios indígenas. Un extenso artículo desde Neuquén muestra los
detalles en la trama clientelista entre Repsol y el gobierno provincial,
mientras las poblaciones mapuches sufren las consecuencias. Repsol en
Venezuela y tambien en Bolivia, donde lasp etroleras pagan un Anexo que on
es mas que la compra de políticos y funcionarios.
La publicidad petrolera toma tintes aberrantes, en lugar de invertir en
tecnología apropiada , en reparar el ambiente contaminado o beneficiar las
poblaciones que sufren las operaciones petroleras en su casa, Repsol
prefiere construir un cine en la Antártida.
En el Estado Español, colectivos como Ecologistas en Accion o la
Plataforma Ciudadana contra las prospecciones petroleras de Canarias la
tienen clara: No a Repsol.
Termina este numero, con un fragmento del manifiesto del Movimiento
Argentino Moreno, el cual cumplió el tercer aniversario.

Envia información o suscríbete: guarapitu@cascall.org

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1. CORTINA COBRÓ 2,8 MILLONES DE EUROS COMO PRESIDENTE EJECUTIVO DE REPSOL

¿No era que con estas tarifas perdían?:

Madrid, 12 de marzo (EFECOM).- El presidente de Repsol-YPF, Alfonso
Cortina, percibió el año pasado 2,8 millones de euros en concepto de
salario por el desempeño de sus responsabilidades ejecutivas, según consta
en el Informe Anual sobre Gobierno Corporativo remitido hoy a la Comisión
Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

EFE, 12 de marzo de 2004. El sueldo del consejero delegado, Ramón Blanco,
que accedió al cargo en abril del año pasado, ascendió a 1,4 millones de
euros.

Los consejeros de la petrolera hispano-argentina percibieron un total de
3,28 millones por su pertenencia al Consejo de Administración. Los
miembros del Consejo cobraron 1,01 millones
adicionales por pertenecer a órganos de administración de otras sociedades
del grupo.

El Consejo de Administración de Repsol-YPF someterá a votación en la
Junta General de Accionistas la modificación de sus Estatutos Sociales
para adecuarlos a las nuevas exigencias introducidas por la Ley del
Mercado de Valores, más conocida como "Ley de Transparencia".

Según el orden del día de la Junta, que fue remitido hoy a la CNMV, el
Consejo también
propondrá el pago de un dividendo complementario a cargo de los resultados
de 2003 de 0,2 euros brutos por acción, pagadero a partir del 1 de julio.


Fuente: MORENO (http://www.info-moreno.com.ar)

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2 . LLANCANELO VERSUS REPSOL

2.1 FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE MENDOZA: REPSOL NO PODRÀ EXPLOTAR LA
RESERVA DE LLANCANELO


LLANCANELO: la Corte Suprema se expidió a favor de la ONG mendocina Oikos
red ambiental frente al proyecto de explotación petrolera de Repsol YPF

La sentencia mantiene la prohibición de explotar hidrocarburos en la
reserva de Laguna Llancanelo, ubicada en la provincia de Mendoza,
Argentina) hasta que se realicen nuevos estudios y se delimite el área
protegida, considerada uno de los humedales más importantes del mundo.

La Suprema Corte convalidó hoy lo actuado hasta el momento por la Jueza
Maria Mercedes Herrera del Juzgado 15º en lo Civil, Comercial y Minas,
ratificando los fallos anteriores de la justicia mendocina, que declaraban
inconstitucional la autorización otorgada por el gobierno de la provincia
para explotar 5 pozos petroleros en la reserva laguna Llancanelo, ubicada
en el departamento Malargüe, en el sur de la provincia de Mendoza en la
república Argentina, otorgando así un gran espaldarazo a labor de la ONG
Oikos red ambiental, quien desde el año 2000 viene trabajando en este tema
y en enero de 2003 interpuso un amparo colectivo, para corregir los
defectos de la autorización del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas
del gobierno de la provincia de Mendoza, bajo la conducción en aquel
momento del Ing. Diego Grau.

La sentencia, de 35 páginas, luego de analizar todo el caso con sus
presentaciones, sentencias y apelaciones, confirma los fallos precedentes,
e insta a efectivizar la delimitación de la reserva como paso previo a la
autorización a la explotación petrolera, dejando en claro que ésta debe
hacerse de una manera participada y con todos los estudios necesarios para
proteger el delicado equilibrio ecológico, y dejando claramente
establecida la vigencia de la ley de áreas protegidas nº 6045, la cual
impide realizar cualquier tipo de explotación minera o petrolera dentro de
las reservas, cualquiera sea su tipo.

El fallo, punto por punto, reconoce los argumentos de Oikos red ambiental,
respecto de la necesidad de mayores estudios, delimitar el área y
confeccionar los planes de manejo.

Los alcances de la sentencia rebasan la provincia, pues resulta un
antecedente importante a nivel nacional e internacional y sienta
jurisprudencia que otras causas pueden aprovechar en el futuro. Se
desconoce hasta el momento otra sentencia a nivel nacional e internacional
que frene las aspiraciones de una corporación transnacional para extraer
recursos no renovables de un área protegida, a partir de la acción
judicial de una ONG local, lo que constituye un logro adicional para los
abogados de la causa y la organización ambientalista.



Mayor información: Lic. Eduardo Sosa - Tel. (00 54 261) 4257050 - Cel.
154183715 -Presidente de Oikos red ambiental y en la página web
http://www.oikosredambiental.org.ar

2.2 LLANCANELO, UN FALLO SIN PRECEDENTE

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza dictó
recientemente un fallo
trascendental, que puede alterar la actual relación entre la política, la
economía y
el medio ambiente en esa provincia y también extenderse al resto de la
Nación.

Laguna Llancanelo es un humedal de valores ecológicos sobresalientes,
ubicado en el
sur provincial, más precisamente en el departamento Malargüe, sitio que
atesora
algunas de las bellezas más significativas del país. Llancanelo, además de
reserva
provincial es un humedal de importancia internacional, reconocido así en
1995 por la
Convención Ramsar que protege este tipo de ecosistemas.

Allí también se encuentra una de las áreas petroleras más importantes.
Resultaba
previsible que la explotación de un recurso natural estratégico como el
petróleo y
la conservación de las áreas naturales entraran en colisión.

El proyecto de la petrolera española Repsol YPF, presentado en 2000, para
extraer
crudo en un área delicada por su diversidad biológica y servicios ambientales
provocó un áspero conflicto entre el gobierno provincial, la empresa, la
comunidad
científica y las organizaciones ambientalistas, que dividió a la opinión
pública
mendocina. Es que el presupuesto provincial depende en más de un tercio de
las
regalías, lo que genera graves dilemas muy complejos de resolver.

Luego de casi tres años de discusiones y debates, el gobierno provincial
decidió
finalmente autorizar el emprendimiento, y en enero de 2003 aprobó la
correspondiente
declaración de impacto ambiental. Sin embargo, en la sociedad civil el
debate aún no
había concluido y una ONG, llamada Oikos Red Ambiental, presentó una
acción de
amparo colectivo -instituto surgido de la reforma constitucional de 1994-
que logró
paralizar la ejecución del proyecto y, tras dos sentencias y un dictamen
de la
Procuraduría de la Corte favorables, dio lugar a la reciente sentencia de
la Suprema
Corte provincial que ratifica lo resuelto por la justicia mendocina en
instancias
previas, que había declarado inconstitucional la autorización emitida por el
gobierno de Mendoza, casi dos años atrás.

De este relato surgen dos consideraciones importantes. En primer lugar,
más allá de
la repercusión nacional o internacional que una sentencia de estas
características
pudiera tener, es saludable observar cómo las instituciones de la democracia
mendocina defienden el principio de igualdad ante la ley, al permitir que una
organización de la sociedad civil reclame la protección del ambiente
frente a un
gobierno con buena reputación y a una de las petroleras más grandes del
mundo,
manteniendo sus decisiones sobre la base del detallado análisis del caso
antes que
en la negociación política.

En segundo lugar, es destacable que la comunicación entre las partes jamás
se haya
interrumpido, a pesar de lo que estaba en juego y de la misma contienda
judicial,
que a veces obliga a las luchas más encarnizadas para obtener una sentencia
favorable.

Ahora deberá comenzar la tarea de la delimitación geográfica de la
reserva, uno de
los puntos centrales de la disputa. Este será un paso fundamental para
permitir la
extracción de petróleo y el mantenimiento de las condiciones ecológicas, a
la vez
que asegure el uso racional de los recursos naturales para beneficio de la
empresa,
el gobierno y la comunidad mendocina, atendiendo a la labor social que
tanto Estado
como empresa se deben en este caso. Todo en el marco del imperio de la ley
y el
respeto por las instituciones.

El desarrollo sustentable propone compatibilizar tres dimensiones del
desarrollo -el
económico, el social y el ambiental- para alcanzar un estado de
gobernabilidad que
traiga bienestar y niveles de calidad de vida acordes con las aspiraciones
ciudadanas. Este equilibrio rara vez se logra, aun en países altamente
desarrollados. El problema radica en que es difícil encontrar experiencias
genuinas
que nos indiquen el camino por seguir. En este caso, Mendoza da un ejemplo
notable
acerca de cómo se puede equilibrar la relación entre sociedad civil y Estado,
trabajando por el bien colectivo.


La Nación Online,

Viernes 18 de marzo de 2005

Link corto: http://www.lanacion.com.ar/688318

3. LA PRORROGA DE LA CONCESIÓN LOMA DE LA LATA: UNA BURDA VIOLACIÓN AL
DERECHO CONSTITUCIONAL INDIGENISTA (1)
Por Carlos Falaschi O. y Nara Osés (2)

Repsol asume el control de YPF SA en junio de 1999 (85% del paquete
accionario). A partir de dicho acto, las operaciones y beneficios en el
exterior, en su mayor parte de YPF, representan el 65,7%
del total de Repsol en el año siguiente .

La gestión de esta prórroga de la concesión hidrocarburífera de la firma
YPF SA en las áreas de Loma de La Lata-Sierra Barrosa, que suscitó una
cerril polémica tanto a nivel provincial como nacional y que
aún no ha concluido, reconoce dos etapas:


a) La primera, a cargo del señor J. Sobisch, gobernaor
del Neuquén, que llega a una suerte de 'carta de
intensión', suscrita el 27.06.00 en Madrid con el grupo
Repsol;
b) La segunda, en que intervienen los poderes ejecutivos
de Nación y provincia, también con Repsol, arriba a un
convenio firmado el 5 de diciembre de 2000 en Buenos
Aires.
Entre ambas tramitaciones, y luego de un intento previo habido en el mes
de marzo de 2000 entre la concesionaria y la Comunidad Paynemil (más
tarde dejado sin efecto por mutuo consenso), la empresa
Repsol-YPF SA suscribe, por medio de sus apoderados señores Isaac
Alvarez y Elías Dajczgewand, otro Acta-Acuerdo con ambas Comunidades de
Lomas de La Lata (LLL), esta vez relativa a un proceso de evaluación y
compensación de los impactos-daños de toda naturaleza en los territorios
de éstas, causados por la actividad hidrocarburífera, sin límite de
tiempo en el origen, producidos y remanentes hasta la fecha de la firma,
el 07.09.2000. A este acuerdo responde, en su primera fase, el presente
Informe de Evaluación.
No es el lugar ni la función de nuestros equipos de trabajo entrar aquí
en el debate de los múltiples aspectos jurídicos, políticos, económicos,
sociales y ecológicos, que suscitó y
todavía suscita una prórroga de concesión de esta naturaleza.

Ello no significa menoscabo al interés por tales enfoques ni elusión de
una toma de posición al respecto. Todo lo contrario. Reconocemos la
validez y pertinencia de las objeciones habida:
a) Políticas: desde el punto de vista del procedimiento
no democrático, con cláusulas 'secretas' y sin debate
en la opinión pública; de la omisión de su tratamiento
legislativo (Congreso Nacional y Legislaturas
provinciales), del hecho de una reforma por mucho
tiempo pendiente a la Ley de Hidrocarburos; de la
crítica a las políticas provinciales
energéticas y de desarrollo (petro-dependencia vs. otros modelos
sustentables); de la exclusión del impacto y perjuicio socio-ambiental en
las cláusulas tratadas; así como la
exención de impuestos en una operación de tal envergadura; dentro de una
política general, en suma, que fuera calificada benignamente como
"actuación pública abrumada por el corto
plazo" .
b) Legales, con base en la C.N. (Art. 124), la misma Ley
de Hidrocarburos, la Constitución provincial (Arts. 224,
228, 230 y 231), la Ley 24.145 de Federalización de
Hidrocarburos, y la Ley 2006 de Adhesión provincial; la
falta de efectivo control ambiental que
deriva del poder de policía sobre la actividad; el
ocultamiento y no publicidad concomitante de los
informes oficiales previos de los organismos de
hidrocarburos y de
medio ambiente; más la omisión de consulta y participación de las
Comunidades Mapuche poseedoras del territorio (que no son simples
superficiarias) en el yacimiento, previstas por la
C.N. (Art. 75, inc. 17) y el citado Convenio OIT Nº 169.
c) Otras, de índole económica, de razonabilidad y
oportunidad, etc., por ejemplo la falta de control de
la producción de Repsol-YPF como de las otras compañías
petroleras, ergo de las regalías resultantes; el
quantum reducido de la tasa misma de regalías; el canon
o cash bonus y su distribución entre Nación y Provincia,
etc.

Pero en razón del rol asumido en este proceso de evaluación, vamos a
circunscribirnos y resaltar la temática que concierne a los derechos e
intereses del Pueblo Originario Mapuche y sus Comunidades en LLL. De
todos modos, Repsol-YPF ha reconocido los impactos y daños
socio-ambientales producidos, a través del Acta-Acuerdo mencionada del 7
septiembre de 2000, casi tres meses antes del perfeccionamiento de la
prórroga que comentamos.

Nuestros equipos de evaluación no podrán, en el caso, ser tildados de
intervención en las pugnas inter o intra-partidistas o en aquellas de la
concurrencia comercial entre empresas. Lo que sí afirmamos, en coherencia
con toda la línea de este informe, es que la violación o el irrespeto -en
cualquier lugar- de los derechos cívicos y republicanos de aquellos
humanos individuales y/o colectivos de cualquier grupo o sector de la
sociedad, en este caso Comunidades del Pueblo Mapuche, afecta y afectará a
la ciudadanía toda, al cuerpo social en su conjunto e, incluso, más allá
del país, a los derechos humanos en cualquier rincón del planeta.

La 'carta de intensión' de J. Sobisch - Repsol-YPF SA (Madrid)

Este instrumento, que caracterizamos como 'carta de intensión' en virtud
de la enorme cantidad de interrogantes y cuestionamientos sin resolver a
la sazón, entre ellos los de
carácter jurídico-institucional, fue suscrito en Madrid el 27.06.2000
por el gobernador J. O. Sobisch y los representantes de Repsol-YPF.

Diversos cuestionamientos han hecho eclosión en la región por parte de las
mismas comunas de Centenario y San Patricio del Chañar y por los
chacareros y vecinos preocupados, en la sesión de consulta
del municipio de Neuquén (caso Valentina Sur). Sobre el tapete se coloca
la incompatibilidad entre la actividad frutícola en sus áreas productivas
y la actividad petrolífera. Otra consecuencia, asignada
a los acuerdos oficiales con las empresas petroleras, ha sido el veto
formulado por el gobernador J. O. Sobisch a la Ley de Areas
Naturales Protegidas, pese a haber sido votada por unanimidad en la
Legislatura (es decir, incluso con el voto de la bancada oficialista).

Pero en dicho instrumento se omiten e ignoran en absoluto los derechos de
previa consulta, control y participación de las Comunidades afectadas. Su
cuarta Considerando reza: "Que YPF SA ha dado buen cumplimiento a las
obligaciones emergentes de la concesión de explotación del área
mencionada". La cláusula Novena, para nuestra sorpresa, se refiere en un
mismo párrafo y en primer lugar a los "proyectos paleontológicos y
espeleológicos", antes que a las reivindicaciones de las Comunidades de
LLL. La cláusula finaliza así: "La provincia se compromete a arbitrar las
medidas pertinentes para dar solución definitiva a los requerimientos de
las comunidades indígenas en orden a posibilitar el normal desarrollo de
las
actividades de Repsol-YPF". Lo que equivale a decir que los requerimientos
mapuche serían atendidos en tanto y cuanto posibiliten la explotación de
la empresa.

Sin embargo, las Comunidades de LLL no han sido siquiera consultadas al
respecto ni han tenido espacio alguno para formular tales
reivindicaciones. Pero lo más significativo es
que no se menciona el 'pasivo ambiental' que corresponde a la empresa,
presumiéndose entonces su asunción por parte del Estado. Las Comunidades
llevan al Gobierno provincial sus inquietudes en una presentación fechada
el día 25 de mayo de 2000, con copia o comunicación informativa a los
otros poderes de la Provincia, Legislatura y Tribunal Superior de Justicia
el 31.05.00. Los apoderados remiten, en igual sentido y por las
Comunidades de LLL, una carta documento dirigida al mismo Gobierno el
20.07.00. No hubo respuesta, por parte del Gobierno provincial a ninguna
de estas reclamaciones administrativas. Copia de los mismos documentos fue
acercada por los apoderados también a la Presidencia de la Nación.

El convenio de prórroga: J.L. Machinea - J. Sobisch - Repsol-YPF SA
(Buenos Aires), convalidado por Decreto del presidente F. de la Rúa

El convenio de prórroga de la concesión "con uso y goce pacífico" hasta el
14 de noviembre de 2027 es suscrito por el ministro de Economía y las
demás partes el 05.12.2000 y se perfecciona por Decreto
PEN 1252, de fecha 28 de diciembre de 2000.
En este Convenio se persiste en desconocer totalmente
los derechos constitucionales de previa consulta,
control y participación de las Comunidades afectadas. La
cláusula de la 'carta de intensión' antes comentada,
referente a las reivindicaciones de aquellas
Comunidades, directamente desaparece en el nuevo
Convenio (sí se mantiene, por supuesto, la colaboración
en temas paleontológicos y espeleológicos, Art. XI).
Pero también se retoma lo que hace al "buen cumplimiento
de las obligaciones de la empresa", en el
Considerando IV, que expresa: "Que YPF ha dado buen
cumplimiento a las obligaciones emergentes de la
concesión, de conformidad con el informe emitido por la
Dirección Nacional
de Recursos Hidrocarburíferos y Combustibles de la Secretaría de Energía y
Minería de la Nación ... y de acuerdo con el informe remitido a la
Secretaría por la Dirección Provincial
de Medio Ambiente de la Provincia".
Aparte de otras puramente declarativas, el Considerando
XVI manifiesta: "la Provincia y la Secretaría
"acordarán la compatibilización de la legislación
ambiental aplicable a la exploración y explotación de
hidrocarburos y el control de su cumplimiento". Con lo
que nos enteramos, a esta altura de la actividad
petrolífera en el país y a seis años de la reforma
constitucional, que todavía no se ha compatibilizado la legislación
ambiental ni asegurado el control para su cumplimiento efectivo. Y el
art. 1.4, increíblemente, estima necesario aclarar que "el compromiso ...
no afecta en modo alguno las facultades de control y de sanción que surgen
de la Ley 17.319, ni excusan a YPF de cumplir dicha normativa y toda otra
que fueran de aplicación".
Por el Art. III.3.4, "la Provincia y la Nación se
comprometen a evitar la duplicación innecesaria de
pedidos de información, así como también a resguardar
la confidencialidad (¿?) de la información presentada
cuando ello corresponda"; es decir ad
libitum de los gobiernos y por fuera de toda exigencia legislativa. Pero
lo de mayor interés es que se modifican, por convenio y decreto (Art. XVI,
Incumplimientos), las causales de caducidad de la concesión previstas por
la Ley 17.319 en su Art. 80, reduciéndolas a las faltas de pago o del
programa de inversiones previstas. Por último, el Gobierno del Neuquén se
encarga de eximir al acuerdo del impuesto de sellos, y se declara que el
mismo "se regirá por las leyes de la República Argentina", sin fijar la
jurisdicción nacional para el supuesto de diferendos.

Los apoderados de las Comunidades efectuamos el día 22 de diciembre de
2000 una reclamación administrativa señalando las primeras consideraciones
vinculadas a los derechos de los pueblos originarios, ante la Presidencia
de la República y los titulares de los otros dos poderes nacionales: Corte
Suprema de Justicia y Cámaras legislativas, más las comisiones del
Congreso (Energía y Medio Ambiente) y a la Secretaría de Energía de
Nación. Dejando de lado una nota-chicana dilatoria de esta última
Secretaría (fechada el 08.01.2001), no hubo
respuesta alguna del P.E.N.
Con fecha 18 de mayo de 2001, el Director provincial de Medio Ambiente,
ingeniero José Luis Sierra hace llegar su respuesta -caso excepcional- al
pedido de información efectuado por los apoderados de las Comunidades el
14.02.2001, en relación precisamente al supuesto informe de su órbita
dando conformidad con el "buen cumplimiento de las obligaciones" por
parte de la empresa. Este buen cumplimiento se descuelga, para sorpresa
general, luego de enumerar, la Dirección, una serie (no todos y sólo a
partir de 1995) de incidentes ambientales
de grave y regular envergadura acaecidos en el yacimiento. No revela
inquietud alguna por las causas y factores de cada evento dañoso como
tampoco por el curso de las remediaciones.
Ni en su nota de respuesta ni en la dirigida a la Secretaría Nacional de
Energía figura número de expediente alguno provincial o nacional, como
tampoco en esta última ningún otro elemento de juicio que
acredite 'fecha cierta'.
El informe de la Dirección Nacional de Recursos
Hidrocarburíferos (Secretaría de Energía) sobre el buen
cumplimiento de las obligaciones de la concesionaria no
fue dado a conocer ni antes ni después de la firma del
convenio, aún cuando fue solicitado por los apoderados
de las Comunidades a dicha Secretaría.


(1) En base a la II Parte: Fundamentación
Politico-Jurídica, del voluminoso Informe de
Evaluación del Impacto Socio-Ambiental de la Actividad
Hidrocarburífera en los Territorios de
las Comunidades Mapuche Paynemil y Kaxipayiñ, de Loma
de La Lata, Neuquén, Argentina; Coordinación general
(2) Carlos Falaschi O., Neuquén (cfr.:
http://www.ecoportal.net/articulos/lomalata.htm). En
otros aspectos, como p. ej. daños y resarcimiento, hay
aportes del Dr. Miguel A. Quiroga. La Dra. Nara Osés
llevó, como Defensora de Menores, el planteo de la
contaminación, provisión de agua potable a las
Comunidades y el incumplimiento de fallos judiciales
firmes. hasta la instancia internacional de la
C.I.D.H.,Washington. El Dr. Carlos Falaschi, su
colaborador en dicha gestión, fue asesor y apoderado de
las de la Con-federación Indígena Neuquina y de las
Comunidades Mapuche Paynemil y Kaxipayiñ desde 1993
hasta setiembre de 2001.
9 (3) Fuente: El País Digital, agosto 2000 y 'Un Ojo en
la Repsol', Nº 7, 25.07.00. Además, información de la
misma em-presa Repsol da cuenta de que el precio promedio
del barril de crudo WTI pasa de $ 17,48 en los primeros 9
meses de 1999 (con pico de $ 38,25) a $ 29,79 en los
primeros 9 meses de 2000 (con pico de hasta $ 37).
(4) Sobre tópicos diversos de ese acuerdo, v.
comentarios de GADANO, Jorge: "Como cuando llegamos de
España", FERNANDEZ, Horacio: "Seguimos cambiando oro
por baratijas", BERGERO, Fabián: "Guárdese el vuelto
Don Al-fonso", de FALASCHI, Carlos:
"Cuando los 'invisibles' reaparecen ...
obstinadamente", en Rev. La Trastienda, Nº 69, Neuquén,
27 de julio de 2000.
(5) El propio ex secretario de Energía Daniel Montamat
reconoció públicamente que "una licitación hubiera sido
más transparente"; lo que no se termina de entender son
las
confusas 'razones de Estado' que justifican proceder de otra manera (v.
diario Río Negro digital).
(6) Destácase, que al iniciarse esta negociación, ya
había tenido amplio estado público el Informe de un
Equipo del PNUD 1998, titulado "Hidrocarburos,
Compensación y Desarrollo Forestal en la Provincia. del
Neuquén". En él, una evaluación de perjuicios parciales
ocasionados en los departamentos Pehuenches y Añelo,
asciende a la suma de 508.852.078 pesos entre 1920 y
1990, y a 416.333.519 pesos entre 1991 (privatización) y
1996 (o sea hasta cuatro años antes del convenio); es
decir un total de más de 920 millones de pesos (o
dólares).

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3. REPSOL YPF Y CHEVRONTEXACO DESARROLLARÁN CONJUNTAMENTE NEGOCIOS EN
VENEZUELA

AMDPress.- Repsol YPF y ChevronTexaco ha firmado una carta de intención para
proponer al Ministerio de Energía y Petróleo y a Petróleos de Venezuela
(PDVSA) el desarrollo conjunto de un bloque exploratorio en la franja del
Orinoco y la construcción de una refinería para la transformación del crudo
que se produzca.

El acuerdo entre ambas compañías supone desarrollar un bloque exploratorio
para la producción de crudo extrapesado en un nuevo área de la faja del
Orinoco, una de las zonas más prolíficas del mundo en este tipo de crudos.
Asimismo, incluye el transporte del crudo a través de un nuevo oleoducto
regional y su conversión a crudo sintético.

El proyecto incluye la construcción de una refinería para la producción de
gasolinas y derivados destinados al mercado americano y al mercado español.


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5. ANEXO D Y PODER PETROLERO EN BOLIVIA

Alvin Guardia (07/04/2005) en Bolivia.indymedia.org

Uno de los factores que alarga el tratamiento de la ley de hidrocarburos,
a pesar de que en octubre del 2003 la mayoría de los bolivianos ya
habíamos expresado que orientación debía
tener dicha ley (incluso el presidente Mesa), es el poder petrolero que
existe en el país.

Una manifestación concreta de dicho poder es el Anexo D de los contratos
de riesgo compartido, referido a fondos de "coperación". Con estos fondos
las distintas empresas
petroleras que operan en el país financian a YPFB capacitación de personal
(en el interior y exterior del país), mejoramiento tecnológico
administrativo (equipos de oficina, consultorías) y
viajes para funcionarios con temas relacionados a la exportación de gas
natural. Cada empresa petrolera invierte una determinada cantidad de
dinero, por año de contrato, por
cada parcela o campo en la que está trabajando (por campo de exploración
en zona tradicional invierte 1.500 $us; por campo de exploración en zona
no tradicional 250 $us; y 10.000 $us
por cada campo de explotación). La modalidad de desembolso del dinero
consta de tres pasos:

Primero, YPFB presenta una solicitud escrita en la cual indica el monto,
objeto del gasto y nombre del beneficiario final.
Segundo, la empresa petrolera emite los cheques solicitados a nombre de
los beneficiarios finales y hace entrega de ellos a YPFB. Tercero y
último, YPFB realiza los pagos y entrega facturas o
recibos, según el caso, a la empresa (las facturas y/o recibos están a
nombre de la empresa petrolera). Esto último significa que el estado
boliviano, en su propio país, rinde cuentas a empresas
extranjeras por gastos que son escondidos a la mayoría de la población.
En efecto, tal como se los nombra arriba, esos dineros son inversiones de
la empresa petrolera ya que, por el decreto supremo 26259 -promulgado en
el gobierno de Banzer /Quiroga- vigente desde julio del
2001, "constituyen recursos privados, propios del respectivo Titular (de
la petrolera extranjera), y que así mismo los bienes y servicios
adquiridos o contratados con dichos recursos, según
corresponda, son de propiedad o van en beneficio del titular". Te acuerdas
de la financiación de viajes para funcionarios con temas relacionados a la
exportación de gas natural?

Aunque el Anexo D es sólo un "aporte" de las empresas petroleras a YPFB,
ha servido también para pagar a funcionarios del ministerio y
viceministerio de hidrocarburos, incluidos el ministro y
viceministro del sector; de ahí uno ya se cuestiona si dichos funcionarios
trabajan para el país y su gente o para compañías de afuera. Con recursos
del Anexo D también se pagaron consultorías acerca de temas tan
fundamentales como la revisión de la ley de hidrocarburos, elaboración de
contratos para la venta de gas, incluso acerca de qué
puerto era más factible -si el de Chile o el de Perú, para la exportación
de gas a Estados Unidos; qué tan imparciales y verídicas pueden ser
dichas consultorías? .
¿Cómo será estar en una reunión, con las petroleras, de fijación de
precios de venta gas cuando las mismas petroleras han pagado tus pasajes y
estadía? Habría que preguntarle a las
distintas personas que pasaron por esa situación. Estos son sólo algunos
ejemplos concretos del poder que tienen las empresas petroleras en
Bolivia. Tal vez las compañías petroleras pensaron que
como se compraron a los que hacen las leyes y a los generadores de
opinión, muchos medios de comunicación recibieron dineros del Anexo D, el
gas del país era de su pertenencia y por ello afirmaron
esto último hace no mucho tiempo.

*amigo del GAMS
e-mail: grupodeapoyomovimientossociales@yahoo.com
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6. ABERRACIONES FILANTRÓPICAS: REPSOL CONSTRUYE UN CINE EN LA ANTARTIDA

Marc Gavaldà

La publicidad corporativa necesita de insumos cada vez más imaginativos
para penetrar las percepciones del consumidor. En el caso de la industria
petrolera, una de las más contaminantes y destructivas del planeta, la
publicidad toma matices de "lavado verde", o sea, adormecer la conciencia
del consumidor confundiendo términos y escondiendo en definitiva, los
verdaderos impactos del producto consumido.

Argentina es quizás -con Bolivia- el país que más sufre las consecuencias
económicas y sociales de la invasión "repsoliana". En 1999, la
privatización de YPF, significó despojar al país de los recursos
estratégicos que movían la maquinaria económica. Por ende, también la
renta petrolera que alimentaba presupuestos para la construcción de
carreteras, represas,mantenimiento de ferrocarriles, etc.. también fue a
parar a los anales de la historia nacional.
Tras las masivas movilizaciones del 19 y 20 de diciembre de 2001, donde
miles de argentinos, salieron a las calles con el grito de "Que se vayan
todos" (desafiando el Estado de Sitio y las balas policiales), la
compañía Repsol-YPF, sintiendo que el descontento de la gente tambien
apuntaba a esta empresa como provocante de la crisis, borra el nombre
Repsol de todas sus estaciones de servicio. La imagen corporativa de la
empresa estaba por los suelos, así que retomando "YPF", conundieron al
consumidor con un nombre del pasado.
¿Qué significa el acrónimo "YPF"? ¿"Yacimientos Petrolíferos Fiscales"?o
más bien ¿"Ya la Privatizamos Fácilmente"?
Repsol se enriquece vendiendo petróleo argentino a los argentinos, pero a
precio internacional. También lo exporta pagando sólo un 12% de regalías
deteriorando irreversiblemente las condiciones de vida de las poblaciones
que viven en la boca del pozo. De ahí la razón de tanto patrocinio.

Repsol patrocina la selección de futbol argentino, cuida el jardín del
Rosedal de Palermo y financia el esperpéntico concurso de belleza de la
elección de la Reina de la Vendimia en Mendoza, donde la refinería de
Lujan de Cuyo ha contaminado las napas freáticas y los derrames de crudo
son quemados en la vecina fábrica de cemento, como política de gestión de
residuos.
Sin embargo, la más singular de sus campañas filantrópicas, es quizás la
de construir una sala de cine en la Antartida. En un sospechoso giro
nacionalista, Repsol reinvindica la urbanización argentina del continente
blanco. La noticia empapó los diarios y paredes del metro de Buenos Aires
la pasada semana. Bajo un fondo de icebergs (fundidos por esta compañía y
otras petroleras con sus millones de toneladas anuales de CO2) Repsol
afirma: "El cine argentino llegó a todas partes del mundo, también tenía
que llegar a toda la Argentina". Y añade: "Repsol YPF auspicia la
inauguración de la "Sala del Bicentenario. Espacio INCAA Latitud 90".
Inaugurar la sala más austral del mundo es parte del compromiso de Repsol
YPF de promover la cultura. Otra forma de generar movimiento".

La cultura se puede promover de muchas formas, por ejemplo preservando las
"culturas" ya existentes a punto de desaparecer, como la mapuche. Loma de
la Lata es el yacimiento de gas y petróleo más grande de Argentina.
Repsol lo consiguió como parte de YPF en la bolsa de Nueva York. El
governador de Neuquén, le amplió 10 años la prórroga del contrato 17 años
antes que éste concluya. En Loma de la Lata, las comunidades mapuches
Kaxipayiñ y Paynemil, están envenenadas con presencia de metales pesados
en sus tejidos. Entre 17 y 30 metales diferentes, siendo el plomo,
mercurio, cadmio y bario los más importantes. La supervivencia de estas
comunidades ( y su "cultura") está condenada. En 2004 apareció el primer
caso de Anencefalia de feto en una embarazada de la comunidad Kaxipayiñ,
algo que ya se veía desde hace años en el ganado.
Repsol podría invertir una parte de sus enormes ganancias en reparar el
daño a estas y otras comunidades damnificadas, pero no lo hace.

A simple vista, el "compromiso de Repsol YPF de promover la cultura" no es
más que otro logo publicitario. O más bien: promueven la cultura del
saqueo. ¿Habrá petróleo en la Antártida?


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7. REPSOL EN EL MAR DE ALBORAN-ALMERIA

Las prospecciones marinas en el mar Mediterráneo es algo perseguido no
sólo por Repsol , sino también British Gas, tal como se informa en el BOE
nº 18, de 21 de enero de 2005, con Resolución de 20 de diciembre de 2004,
de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del
Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto
"sondeo Fornax-1", en el mar territorial frente a Castellón, promovido por
British Gas Internacional B.V.

Curiosamente, el Secretario General para la Prevención de la
Contaminación y del
Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri, fue directivo de Repsol-Ypf,
llegando a
elaborar para ésta un manual donde se indicaba como manejar a las comunidades
indígenas en América Latina, según indica Rafael Fuentes, del Movimiento
Ciudadano contra Repsol (Canarias).

Por otro lado, informa Paco Toledano, Coordinador de Comunicación del Área
Marina de Ecologistas en Acción, las exploraciones submarinas para
localizar hidrocarburos son un grave problema que amenaza importantes
zonas de nuestros mares, entre los que se encuentran el Mar de Alborán y
Canarias, éste último está en plena movilización. En el Mar de Alborán, en
la costa de Marruecos y en la de Andalucía, en la primera la empresa
americana Konoco están perforando y Repsol lo pretende en Alborán como en
el caso de Canarias. Y British Gas Internacional intenta lo mismo en la
costa de Castellón.

Contacto: Ecologistas en Acción Almeria
almeria@ecologistasenaccion.org
mar@ecologistasenaccion.org
http://www.ecologistasenaccion.org/mar
PROMAR-Almería
promar.almeria@nodo50.org
Página colaboradora
http://almeriware.net/almediam/Promar/Promar_000.htm


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CAMPAÑAS

8. PRIMEROS PASOS DE LA CAMPAÑA "CANARIAS DICE NO A REPSOL"




Noviembre de 2004:



- Primera toma de contacto para la constitución de una
Coordinadora que
canalice la energía de todos aquellos que en Lanzarote se oponen a las
prospecciones
de REPSOL-YPF. Organizaciones sociales, ciudadanos y cargos públicos
coincidieron en la necesidad urgente de vertebrar una reacción conjunta de
toda la sociedad de Lanzarote y del resto del archipiélago bajo la vía de
la confluencia y el consenso. Las medidas que de manera
preliminar se esbozaron, se basan fundamentalmente en aportar la máxima
información
a la ciudadanía sobre las intenciones de REPSOL-YPF y en articular
acciones de
protesta, aunque no se concretaron fechas.

http://www.sirocodigital.com/sirocodigi ... arote1.htm

- Durante éste mes se celebran multitud de reuniones, encuentros
de trabajo
y algunas asambleas.


Diciembre de 2004:

- Se constituye el Movimiento Ciudadano contra Repsol, de
Lanzarote con la
finalidad de agrupar a todos los colectivos, asociaciones, clubes,
federaciones,
empresas y ciudadanía en general con el único objetivo de emprender una
campaña
contra las prospecciones petrolíferas que Repsol pretende continuar frente
a las
costas de Lanzarote y Fuerteventura.

http://www.sirocodigital.com/sirocodigi ... arote1.htm

- Se decide lema: "CANARIAS DICE NO A LAS PLATAFORMAS PETROLÍFERAS"

- Se inicia campaña de recogida de adhesiones (colectivas y
personales) y
solicitud de apoyos a nivel mundial.

- Se crea un grupo de Voluntarios con las personas interesadas en
realizar un trabajo activo en diversas fases de la campaña.

- Se establece un sistema activo de comunicaciones con la premisa
de que la
información fluya en tiempo real y llegue a todos (adhesiones, apoyos y
voluntarios). De forma natural se asumen las tareas: Latitud 28º "Conciencia
cívica", administra el correo electrónico y el website; WWF/Adena hará lo
propio con
el teléfono; Squalo Diving Center asume la gestión del fax y
Webdelanzarote.com, en
coordinación con los Movimientos Ciudadanos de Lanzarote y Fuerteventura, se
encargan del Foro. Se habilitan los siguientes recursos:

o Teléfono 928 514 532

o Fax 928 822 382

o e-mail plataformasno@canarias.org

o Web http://www.canariasdicenoarepsol.org

o Foro http://www.webdelanzarote.com/foro/

- El Guincho - Ecologistas en Acción llevará la parte específica
creativa, la
gestión del taller y coordinará la campaña de comunicación en la calle.

- Los encuentros de trabajo y entrevistas los ejecutan El
Guincho-Ecologistas en
Acción, WWF/Adena y Squalo Diving Center. Latitud 28º "Conciencia cívica"
gestiona
las solicitudes y establecimiento de contactos.

- Se establecen contactos y relaciones con el Movimiento Ciudadano
contra Repsol,
de Fuerteventura. Miembros del Movimiento en Lanzarote acuden a la
asamblea del
Movimiento de Fuerteventura, y viceversa.

http://www.sirocodigital.com/sirocodigi ... arias1.htm

- Se decide el logo del Movimiento Ciudadano contra Repsol, de
Lanzarote.

- Se celebran encuentros de trabajo con personalidades, algunas
asambleas informativas y notas de prensa.

Enero de 2005:

- Participación del Movimiento Ciudadano contra Repsol, de
Lanzarote en la
acampada frente al Cabildo de Fuerteventura, organizada por colectivos
ecologistas
de Fuerteventura bajo el lema: "No a las prospecciones ni en Tindaya ni en
la mar".

http://www.canariasdicenoarepsol.org/GA ... NTURA.html

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ULTIMAS NOTICIAS:

EL MIERCOLES 27 abril SE DEBATE EN EL PARLAMENTO DE CANARIAS APROBAR LAS
PROSPECCIONES

<http://canarias.indymedia.org/usermedia/image/2/large/repsol.jpg>

Por todo ello convocamos a la ciudadanía a expresar su opinión contraria.

Lugar: *Parlamento de Canarias (Sta. Cruz de Tenerife)*

Día y hora: *Miércoles 27 Abril, 15.30H.*


Y nos manifestamos porque somos conscientes de su juego político.

*CANARIAS DICE NO A REPSOL*
http://canarias.indymedia.org/newswire/ ... /index.php

Aquí hay enlaces a la propuesta de la semana pasada del PIL, contra las
prospecciones, y que le quitó la careta al resto de formaciones
políticas canarias.

El otro enlace3 es al diario de sesiones de ese día del Parlamento, A
las 16.00H debaten REPSOL


Arrecife, 21 de abril de 2005

Latitud 28º "Conciencia cívica"

***************************************************
SI NO DESEAS VOLVER A RECIBIR ESTE BOLETIN, DISCULPA, CHE...
ESCRIBE A guarapitu@cascall.org


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com