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NotaPublicado: Mar 29 Abr, 2014 12:29 pm 
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Fuente diariodelanzarote.com:

El Ayuntamiento de San Bartolomé se niega a devolver a la Banca March 159.000 euros de un crédito que finaliza dentro de dos años como consecuencia del producto financiero ‘tóxico’ que la entidad bancaria le vendió al Consistorio.

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Así, la Corporación municipal tiene previsto iniciar el procedimiento administrativo para la “compensación de oficio” de los citados 159.000 euros, que se detraerán de los 312.500 que tenía pendientes el Ayuntamiento de un crédito de 750.000 firmado hace cuatro años.

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento consideran que esta medida está amparada en la legalidad y señalan que se debe declarar la “nulidad de pleno derecho” de un contrato de operaciones financieras, conocido como ‘Swap’, suscrito en 2005.

Desde el Consistorio se entiende que tanto este contrato con la Banca March, como otro suscrito con el Banco Santander, han acarreado consecuencias negativas para las arcas municipales y fueron acordados de manera irregular y por órganos municipales que no eran competentes.

El Ayuntamiento ya inició en diciembre, mediante acuerdo plenario, el procedimiento para declarar nulo el producto financiero ‘tóxico’, pero hubo un error en la identificación del contrato, puesto que el departamento de Intervención entregó a Secretaría “un borrador del contrato” que “se encuentra sin firmar”.

Luego se localizó en Secretaría el contrato firmado, en septiembre de 2005, por lo que “razones de seguridad jurídica” aconsejan dejar sin efecto el acuerdo plenario de diciembre e iniciar de nuevo los trámites.


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NotaPublicado: Vie 13 Abr, 2018 4:14 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé al revocar y anular una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas, y declarar "acertada, y por tanto ajustada a derecho, la decisión del Consistorio de compensar los cobros indebidos realizados por la Banca March por importe de 158.967,87 euros", según ha informado el mismo.

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La alcaldesa de San Bartolomé, María Dolores Corujo, recuerda que el procedimiento se inició "como consecuencia de los cobros derivados de una operación financiera heredada de anteriores corporaciones". El Ayuntamiento consideraba "indebidos" esos cobros, ocasionados por un producto conocido como swap, ya que las cláusulas contenidas en este tipo de instrumentos financieros habían sido anuladas en varias ocasiones anteriores por diferentes tribunales.

Debido a ello, el secretario del Ayuntamiento instruyó de oficio un procedimiento, resuelto por el Pleno, mediante acuerdo aprobado en sesión celebrada el 30 de junio de 2014. Como consecuencia de ese procedimiento, y por recomendación del secretario municipal, el Pleno acordó compensar el dinero cobrado indebidamente por la Banca March con el importe que adeudaba la corporación al citado banco, como consecuencia de un préstamo para inversiones.

Ahora, según ha anunciado el Ayuntamiento, el TSJC ha avalado los argumentos jurídicos esgrimidos por el secretario del Ayuntamiento, "que mantuvo desde un primer momento que al tratarse de una deuda de materia pública, cabía la compensación de oficio, previa audiencia del interesado". Tal decisión suponía que la administración no tendría que acudir a los juzgados de lo civil para recuperar dicha cantidad dineraria.

La alcaldesa de San Bartolomé, María Dolores Corujo ha manifestado su "satisfacción por este nuevo éxito judicial del Ayuntamiento de San Bartolomé", que supone que el Consistorio no tendrá que devolver los 158.967,87 euros descontados del préstamo de la Banca March.

“Nuestra satisfacción es aún mayor al considerar que sienta un precedente importante. En la misma situación se encuentra un procedimiento con el Banco Santander en el que compensamos 1.572.175,21 euros y esta sentencia nos hace prever, también, un resultado favorable para el erario público”, ha concluido.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com