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NotaPublicado: Mar 11 Jul, 2017 3:28 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

Agentes del Seprona de la Guardia Civil han acudido este martes a la bodega Stratvs para levantar el precinto que pesaba sobre las instalaciones desde diciembre de 2013. La propiedad venía reclamando que los propios agentes fueran a retirar el precinto para poder reabrir las instalaciones, después del último auto dictado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial.

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Ese auto, conocido el pasado 3 de julio, rechazó los recursos presentados por el Ministerio Fiscal y por la acusación popular y levantó la medida cautelar de cierre dictada hace tres años y medio por la juez instructora del caso Stratvs. “La instrucción ha concluido, han transcurrido casi cuatro años y el juicio oral está próximo a celebrarse”, señalaba el auto, justificando así su decisión de permitir la reapertura.

En cualquier caso, aclaraba que esta decisión no supone “ponderar, en modo alguno, las pruebas” que constan en la causa y la “valoración que debe hacerse en el momento del juicio oral”. Sobre esos juicios, cabe recordar que uno ya se celebró hace tres semanas y está a la espera de sentencia y el otro, que es el principal, sigue pendiente de que esta misma Sección de la Audiencia fije fecha para la vista.

"Resulta incomprensible que se alce la medida cautelar y se proceda a la apertura de la bodega cuando es ilegal su funcionamiento por la carencia de títulos habilitantes y la contradicción frontal con el planeamiento urbanístico que le es de aplicación", sostenía por su parte la Fiscalía. Con éste y otros argumentos recurrió el auto dictado el pasado mes de diciembre por la Sección Sexta, concretamente por el juez Salvador Alba, subrayando entre otras cosas el “sorpresivo cambio de criterio” del magistrado. Y es que este mismo juez había avalado en 2014 el cierre de la bodega, rechazando otro recurso presentado por Juan Francisco Rosa.

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Sin embargo, en diciembre el juez Alba acordó levantar la medida cautelar e incluso ordenó entonces que el Seprona acudiera a retirar el precinto, tras recibirse una llamada en la Audiencia del abogado de Juan Francisco Rosa. En aquel momento, el presidente de la Sección Sexta, Emilio Moya, intervino para anular esa resolución de Alba, alegando que podría causar “perjuicios irreparables” y que había que esperar a resolver los recursos. Finalmente, casi seis meses después, esos recursos han sido rechazados, haciendo firme el auto que levanta la medida cautelar de cierre.

Ahora, a la espera de la decisión que tome el Ayuntamiento de Yaiza -que aún podría intervenir para impedir la apertura, culminando los expedientes que tenía abiertos contra las instalaciones- el futuro de Stratvs dependerá del juicio que aún debe celebrarse. En él, el Ministerio Fiscal pide 15 años de prisión para Juan Francisco Rosa por delitos contra el medio ambiente, contra el patrimonio histórico, contra la ordenación del territorio y de usurpación de terrenos y falsedad documental, entre otros, así como el derribo del complejo Stratvs. En cualquier caso, lo que no podrá abrir sus puertas es el restaurante, ya que el Consistorio sí llegó a culminar ese expediente, ordenando el cierre en 2013, al constatar que carecía de cualquier tipo de permiso.


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NotaPublicado: Mar 11 Jul, 2017 3:29 pm 
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NotaPublicado: Mié 12 Jul, 2017 2:58 pm 
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NotaPublicado: Sab 27 Ene, 2018 10:27 am 
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Según Diario de Lanzarote:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la licencia de actividad de la bodega Stratvs que otorgó el Ayuntamiento de Yaiza y destaca en su sentencia que su concesión era “imposible” a la vista del planeamiento territorial y urbanístico.

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El TSJC subraya que lo “adecuado” hubiera sido que el Ayuntamiento subiese rechazado incluso el inicio de los trámites de la licencia de apertura y, en todo caso, “la denegación expresa” de la autorización por incumplir tanto el Plan General de Yaiza como el Plan Insular de Ordenación.

En el primer juicio del caso Stratvs tan sólo se ha analizado una parte de la causa, la relacionada con la participación de la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, al encontrarse aforada por su condición de diputada autonómica, dentro del grupo de Nueva Canarias.

En la pieza principal, pendiente de juicio en la Audiencia Provincial, se evaluará la licencia de obras concedida por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias en marzo de 1999, y el posterior permiso municipal para restaurar una vivienda de 243 metros cuadrados y un almacén y bodega de 900 metros cuadrados totalmente subterráneos.

Aunque no se dictamina sobre esos permisos de obra, en la sentencia del TSJC, que se refiere a la licencia de actividad de las instalaciones, se tienen en cuenta las irregularidades urbanísticas para determinar que el permiso de apertura no se tenía que haber tramitado ni concedido y para concluir que se infringió tanto el planeamiento insular como el municipal.

La sentencia cita el informe de una técnico del Cabildo, Amada Fontes, que tres años antes de la concesión de la licencia de actividad concluye que de acuerdo con el Plan Insular, el emplazamiento no era apto y que el uso de bodega en la zona en la que se construyó “no está permitido”. También recoge que la Oficina del Plan Insular del Cabildo advirtió en otro informe lo mismo.

En concreto, la sentencia explica que el suelo donde se asienta Stratvs tiene la consideración en el Plan Insular de suelo rústico protegido por su valor paisajístico y por ser un paisaje singular. En ese suelo sólo es compatible el “uso recreativo”. También recalca que el Plan General no permitía “la instalación de industrias de ningún tipo, ni aunque sean vitivinícolas”, y precisa que en los proyectos presentados en el Ayuntamiento por el promotor “se diseñaban instalaciones propias de una industria vitivinícola”, no autorizada en el planeamiento municipal.

El TSJC resalta que el entonces secretario del Ayuntamiento, Vicente Bartolomé Fuentes, a quien condena como cooperador necesario de un delito de prevaricación y por un delito contra la ordenación del territorio a 14 años de inhabilitación, debió haber advertido de la “exigencia” de solicitar al Cabildo “el informe de compatibilidad de la actividad solicitada con el Plan Insular de Ordenación”, algo que no hizo.

El tribunal también culpa al exalcalde José Francisco Reyes de que era “conocedor de la naturaleza de suelo rústico de protección especial” que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Yaiza establecía en la zona del Barranco del Obispo, en el paraje protegido de La Geria, y que tenía que haber decretado “la denegación expresa de la licencia” de actividad de Stratvs cuando fue solicitada en su etapa en la alcaldía.

El TSJC insiste en que otro condenado, el técnico municipal Andrés Morales, era “conocedor” de que el proyecto de la bodega “no se adecuaba al PGOU de Yaiza ni a la normativa del Plan Insular” ni a las “previsiones” de esos instrumentos de ordenación. Con respecto al informe de compatibilidad de Stratvs con el planeamiento insular, el tribunal destaca que era un “trámite fundamental y obligatorio” y que se obvió por completo porque hubiera resultado desfavorable.

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En la sentencia del TSJC se recalca que “a pesar de las advertencias” recogidas en los informes que solicitó la alcaldesa de Yaiza una vez que ya estaba en marcha la investigación penal, ni Acuña ni el entonces concejal de Urbanismo, José Antonio Rodríguez, “adoptaron medida alguna” para que se ejecutara, “al menos provisionalmente, el cese de las actividades” que había acordado el Ayuntamiento.

El tribunal apunta a que la alcaldesa y el exconcejal de Urbanismo conocían que en el emplazamiento “de las instalaciones del complejo Stratvs” no se podía autorizar el uso concedido de bodega ni otras actividades que se desarrollaban sin haber pedido ni siquiera licencia de obras, como sucedió con el restaurante El Aljibe.

Gladys Acuña ha sido condenada a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación por omisión para el ejercicio de cargo público “de carácter municipal”, además de otros siete años de inhabilitación, también para cargos municipales, por un delito contra la ordenación del territorio por la concesión de la licencia de actividad. Rodríguez fue condenado a siete años de inhabilitación para el cargo de concejal por prevaricación por omisión.


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NotaPublicado: Mié 09 Ene, 2019 8:53 am 
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Según Diario de Lanzarote:

La acusación particular en el procedimiento penal de la Bodega Stratvs se ha retirado de la causa tras alcanzar un acuerdo económico extrajudicial con la propiedad de la bodega.

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La familia Negrín, que ejercía la acusación, reclamaba que era propietaria de una parte, cercana al seis por ciento, de la parcela donde se ubica esa bodega, en el Barranco del Obispo, en La Geria.

Había dos ramas más de la familia que también reclamaban una parte similar, aunque esas otras dos partes sólo lo reclamaban en un procedimiento civil, pero no en las causas penales.

El propietario de la bodega, Juan Francisco Rosa, ha firmado un contrato de compra de esos terrenos y ha abonado la cantidad acordada con las tres familias, según fuentes cercanas al caso.

Tras la compra de la parcela se cerrará el procedimiento civil, mientras que la acusación particular se retira del caso penal, que tan sólo poco está a la espera de que se fije la fecha de la vista oral en la Audiencia Provincial.

En su escrito de acusación, el abogado de la familia se había adherido al escrito de acusación de la Fiscalía, que solicita altas penas de cárcel y la demolición de la bodega. Así, a Rosa le pide un total de 15 años de prisión.

En el escrito de acusación de la Fiscalía se reclama también al promotor que indemnice a la familia Negrín con 266.000 euros por el picón extraído y con 309.000 euros por la ocupación del terreno. Para Miguel Ángel Armas Matallana, arquitecto de la bodega, el Ministerio Fiscal pide 10 años de prisión y, entre otros presuntos delitos, le acusa de usurpación de un bien inmueble.

La representación de la familia Negrín alegó que sus clientes desconocían los trámites para la construcción de esa bodega y pedían una indemnización de casi 400.000 euros por el terreno usurpado, que corresponde a una 1/18 parte de la parcela principal.

Del caso Stratvs queda por celebrarse el juicio principal, que se desarrollará en la Audiencia Provincial de Las Palmas. Como se recordará, el Tribunal Superior de Justicia anuló el pasado mes de enero la licencia de actividad de Stratvs, cuya concesión, se señala en la sentencia, resultaba “imposible”.

En la parte del caso que se juzgó en el TSJC solo se analizó la relacionada con la licencia de actividad, que concedió la Junta de gobierno del Ayuntamiento de Yaiza, presidida por Gladys Acuña. Al ser parlamentaria y estar aforada, la causa la juzgó el alto tribunal. Ahora los aforamientos para diputados autonómicos han desaparecido con el nuevo Estatuto de Autonomía.

En la pieza principal se evaluará la licencia de obras concedida por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias en marzo de 1999, y el posterior permiso municipal para restaurar una vivienda de 243 metros cuadrados y un almacén y bodega de 900 metros cuadrados totalmente subterráneos.

Aunque no se dictamina sobre esos permisos de obra, en la sentencia del TSJC, que se refiere a la licencia de actividad de las instalaciones, se tuvieron en cuenta las irregularidades urbanísticas para determinar que el permiso de apertura no se tenía que haber tramitado ni concedido y para concluir que se infringió tanto el planeamiento insular como el municipal.


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NotaPublicado: Vie 11 Ene, 2019 3:38 pm 
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NotaPublicado: Lun 11 Mar, 2019 3:43 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

Más de cinco años después de que la bodega Stratvs fuera cerrada por orden judicial, el empresario Juan Francisco Rosa ha vuelto a abrir al público parte de las instalaciones, que se levantaron de forma ilegal en pleno corazón de La Geria.

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Concretamente, Rosa ha abierto la tienda, pese a no haber obtenido licencia del Ayuntamiento. Así lo han confirmado a La Voz desde el Consistorio, que afirma que no ha habido un “acto expreso” para autorizar la reapertura. No obstante, añaden que el empresario “podría considerar que tiene derecho a abrir”, acogiéndose a la ley que permite la apertura presentando una declaración responsable, por la que el interesado asegura cumplir con toda la normativa.

Sin embargo, en este caso no se trata de un nuevo negocio, sino de un complejo que tenía hasta tres expedientes municipales, que tiene la licencia de actividad anulada por la primera sentencia del caso Stratvs y que sigue pendiente de que se juzgue la pieza principal de esa causa, en el marco de la cual se ordenó el precinto. Esa medida cautelar adoptada en diciembre de 2013 por la juez instructora fue levantada cuatro años después por la Audiencia Provincial, pero en aquel momento la Sala dejó claro que eso no suponía “la autorización de este Tribunal para el ejercicio de la actividad”.

Eso fue lo que aclaró la Sección Sexta de la Audiencia en una resolución posterior al auto por el que se levantó el precinto, y que fue dictado por el polémico juez Salvador Alba, que actualmente está apartado de sus funciones y pendiente de juicio, acusado de graves delitos de corrupción en el ejercicio de su cargo. En esa resolución posterior, la Audiencia dejaba claro que lo que hizo fue levantar la medida cautelar por el tiempo transcurrido desde que se adoptó, pero sin analizar si era legal su reapertura o no. Así, dejaba la decisión en manos de las instituciones, señalando que debían ser el Cabildo y el Ayuntamiento de Yaiza quienes velaran por el cumplimiento de la "normativa".

Cabe recordar que aunque aún está pendiente de juicio la pieza principal del caso Stratvs, ya ha sido juzgada y sentenciada una primera pieza, que se centraba solo en la concesión de la licencia de actividad clasificada bajo la Alcaldía de Gladys Acuña. Y en esa pieza, la alcaldesa no solo fue condenada por acción sino también por omisión, al no haber adoptado medidas contra la bodega cuando supo de su ilegalidad. De hecho, la falta de actuación del Ayuntamiento fue lo que llevó en su día a acordar la medida cautelar del precinto por parte de la juez instructora, Silvia Muñoz.

En ese momento y tras los requerimientos del Juzgado, el Ayuntamiento tenía abiertos tres expedientes a Stratvs, aunque solo llegó a culminar uno, centrado en el restaurante. En ese caso sí ordenó el precinto, al concluir que no contaba con ningún tipo de permiso, ya que ni siquiera aparecía en el proyecto que Rosa presentó al solicitar la licencia de obras.

En cuanto a la bodega y la tienda, el Consistorio tenía abiertos otros dos expedientes que también proponían el cierre, pero que no llegaron a culminarse, al intervenir el Juzgado instructor ordenando el cierre de todo el complejo como medida cautelar dentro del caso Stratvs. Sin embargo, nada se ha sabido de esos expedientes desde que el juez Alba ordenó levantar el precinto hace dos años y desde que la Audiencia devolvió la responsabilidad a las administraciones.

Tras conocer la reapertura de la tienda de la bodega Stratvs, La Voz ha contactado con el actual alcalde de Yaiza, Óscar Noda, que ha señalado que está a la espera de informes jurídicos para hacer declaraciones. Así, de momento desde el Consistorio solo han confirmado que no ha habido por su parte una autorización expresa.

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Cabe recordar que tras el auto del juez Alba, la Fiscalía se opuso rotundamente a la reapertura de las instalaciones, señalando que “es ilegal su funcionamiento por la carencia de títulos habilitantes y la contradicción frontal con el planeamiento urbanístico que le es de aplicación”.

De hecho, en el escrito de acusación de la pieza que aún está pendiente de juzgarse, reclama la demolición de todo el complejo, al sostener que es ilegal e ilegalizable. Y es que además de señalar que obtuvo un permiso ilegal, la instrucción de esta causa puso de relieve que lo construido ni siquiera tenía nada que ver con lo que se había autorizado, que era la rehabilitación de una casa histórica protegida y la construcción de una bodega de 900 metros. En lugar de eso, tal como sostiene la acusación, Rosa derribó esa casa protegida y construyó una nueva –que es donde se ubica la tienda- y levantó un complejo de más de 12.000 metros cuadrados, que además incluía terrazas y un restaurante que ni siquiera estaban incluidos en el proyecto.


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NotaPublicado: Mié 13 Mar, 2019 4:58 pm 
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NotaPublicado: Mar 16 Abr, 2019 6:07 pm 
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Según La Voz de Lanzarote:

El Ayuntamiento de Yaiza ha ordenado el cierre de la bodega Stratvs, que fue precintada hace más de cinco años por orden judicial y que volvió a abrir sus puertas hace cerca de dos meses sin haber obtenido una nueva licencia. Lo que hizo en ese momento el dueño de la bodega, Juan Francisco Rosa, fue acogerse a la nueva normativa que permite abrir un negocio con una declaración responsable mientras se conceden los permisos. Sin embargo, una vez más, esa declaración que entregó no se ajustaba a la realidad.

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“No cumple con la documentación que presentaron”, ha explicado este lunes el alcalde, Óscar Noda, que desde hace semanas venía señalando que el Consistorio estaba pendiente de informes para tomar una decisión. Ahora, tras realizar una visita a las instalaciones y analizar los documentos aportados por el empresario, esos informes ya están sobre la mesa y llevaron a notificar la orden de cierre la pasada semana.

No obstante, el alcalde precisa que la empresa aún está “en plazo de alegaciones” contra esa decisión, por lo que de momento el Consistorio no actuará para garantizar que se cumpla esa clausura. “Una vez que las presenten, seguiremos estudiándolo y revisándolo”, ha añadido Noda.

A principios del pasado mes de marzo, La Voz de Lanzarote ya informó de que la tienda de Stratvs había reabierto sus puertas sin licencia, pero después se conoció que Rosa también había vuelto a poner en marcha la bodega. De hecho, unas jornadas de periodistas gastronómicos organizadas hace unas semanas por el Cabildo –y que se celebraron en otras instalaciones ilegales del mismo empresario, el hotel Princesa Yaiza- incluyeron incluso una visita a estaba bodega ilegal, que acogió parte de las actividades sufragadas con dinero público.

El complejo Stratvs fue cerrado por orden judicial hace más de cinco años y aunque esa medida cautelar fue levantada cuatro años después en un auto dictado por el polémico juez Salvador Alba –actualmente apartado y pendiente de juicio por graves delitos de corrupción en el ejercicio de su cargo-, la Sala advirtió después que eso no suponía “la autorización de este Tribunal para el ejercicio de la actividad”. En esa resolución posterior, la Audiencia dejaba claro que lo que hizo fue levantar la medida cautelar por el tiempo transcurrido desde que se adoptó, pero sin analizar si era legal su reapertura o no. Así, dejaba la decisión en manos de las instituciones, señalando que debían ser el Cabildo y el Ayuntamiento de Yaiza quienes velaran por el cumplimiento de la "normativa".

Por su parte, la Fiscalía se opuso rotundamente a la reapertura de Stratvs, señalando que “es ilegal su funcionamiento por la carencia de títulos habilitantes y la contradicción frontal con el planeamiento urbanístico que le es de aplicación”. De hecho, en el primer juicio del caso Stratvs ya fue declarara ilegal la licencia de actividad que permitió su apertura, bajo la Alcaldía de Gladys Acuña, y tanto ella como otras siete personas fueron condenadas por haber otorgado ese permiso.

En el juicio principal que aún está pendiente de juicio, el Ministerio Fiscal reclama la demolición de todo el complejo, al sostener que es ilegal e ilegalizable. Y es que además de señalar que obtuvo un permiso ilegal, la instrucción de esta causa puso de relieve que lo construido ni siquiera tenía nada que ver con lo que se había autorizado, que era la rehabilitación de una casa histórica protegida y la construcción de una bodega de 900 metros. En lugar de eso, tal como sostiene la acusación, Rosa derribó esa casa protegida y construyó una nueva –que es donde se ubica la tienda- y levantó un complejo de más de 12.000 metros cuadrados, que además incluía terrazas y un restaurante que ni siquiera estaban incluidos en el proyecto.

Durante la instrucción del caso Stratvs y tras ser advertido por el Juzgado, el Ayuntamiento abrió tres expedientes y llegó a concluir uno de ellos, ordenando el cierre del restaurante, que ni siquiera aparecía en el proyecto presentado en su día por Rosa para obtener los permisos para construir Stratvs.

En cuanto los otros dos expedientes, sobre la tienda y sobre la bodega, también proponían el cierre pero no llegaron a culminarse, al intervenir finalmente el Juzgado de Instrucción, ordenando el precinto de todo el complejo ante la “inactividad” del Consistorio. De hecho, en la primera sentencia de Stratvs, Gladys Acuña no solo fue condenada por prevaricación en la concesión de la licencia de actividad, sino también por omisión, por no haber actuado cerrando las instalaciones a pesar de conocer, al menos por las propias advertencias del Juzgado, que eran ilegales y que nada tenían que ver con el proyecto que se había autorizado.


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NotaPublicado: Lun 08 Jul, 2019 3:37 pm 
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Según Diario de Lanzarote:

El empresario Juan Francisco Rosa, propietario de la Bodega Stratvs, insiste en que puede abrir la tienda que hay dentro de esa bodega y que fue cerrada por orden municipal a finales de marzo. El Ayuntamiento de Yaiza ordenó el cierre en base a varios informes municipales que aseguran que entre la documentación presentada por el empresario no se encuentra el informe de compatibilidad urbanística que debe ser “previo y preceptivo” y que no se han hecho “las comprobaciones de toda índole precisas en cuanto a la instalación y actividad”.

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En 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias anuló la licencia de actividad de la bodega destacando que su concesión era “imposible” a la vista del planeamiento territorial y urbanístico. El TSJC subrayaba que lo “adecuado” habría sido que el Ayuntamiento hubiese rechazado incluso el inicio de los trámites de la licencia de apertura y, en todo caso, “la denegación expresa” de la autorización por incumplir tanto el Plan General de Yaiza como el Plan Insular de Ordenación.

En marzo de este año, Rosa decidió abrir la tienda sin contar con licencia y considerando que toda la documentación ya se encuentra en su declaración responsable presentada en 2013 y que era “consecuencia directa de lo establecido en el artículo 33 del entonces vigente Plan Especial de Ordenación del Paisaje Protegido de La Geria, que reconoció, legitimándola en lo necesario, que la Bodega Stratus y sus instalaciones complementarias eran uno de los doce equipamientos estructurantes de dicho Paisaje Protegido”.

El 15 de marzo, el Seprona giró una vista de inspección, comprobando que la tienda estaba abierta, y unos días después se ordenaba de nuevo el cierre. Rosa ha presentado alegaciones al cierre en las que dice que el informe de compatibilidad urbanística que le reclama el Ayuntamiento es competencia del propio Ayuntamiento, al menos en julio de 2013, que fue cuando se formalizó la comunicación previa con declaración responsable de todas la instalaciones existentes en Stratus.

El empresario alega que tras la entrada en vigor, el pasado 9 de febrero, del nuevo Reglamento de intervención y protección de la legalidad urbanística de Canarias, la competencia para emitir ese informe urbanístico es del órgano de gestión de dicho Paisaje Protegido, es decir, del Cabildo.

Rosa señala en sus alegaciones que aunque sea innecesario el informe, el 9 de abril pasado lo solicitaron al Cabildo pero que si no lo hubiera emitido en un plazo de diez días, “deberá proseguirse con la tramitación del procedimiento municipal para no causar nuevos perjuicios a esta parte” e insiste en que exigirle el informe ahora por parte del Cabildo no tiene fundamento porque ya lo hicieron en su momento, en el año 2013.

Respecto a la bodega sostiene que el Plan de La Geria, declarado ilegal por los tribunales, “reconoció, validó y legalizó, en lo necesario, doce equipamientos estructurantes dentro del ámbito territorial”, uno de ellos el Monumento al Campesino, y habla de que se había desencadenado un “ciclón persecutorio contra la Bodega Stratus y sus actividades complementarias” y que por eso presentó en 2013 una comunicación previa y declaración responsable con casi cuarenta documentos “acreditativos de que reunía todas los requisitos y exigencias técnicas exigibles” y de que era “un elemento esencial para la pervivencia de dicho espacio natural”.

Uno de sus argumentos es que, en ese momento, el Plan de La Geria estaba en vigor y que todas las instalaciones quedaron reconocidas y legalizadas con la configuración que tenían al momento de la entrada en vigor de la normativa del citado Plan Especial, lo que sucedió unos meses antes de la comunicación previa.

En otras alegaciones considera que es una actividad inocua, en cualquier caso, independientemente de su superficie porque no se dan las condiciones para que sea una actividad molesta, insalubre, nociva o peligrosa.

El Ayuntamiento considera que al exceder de una superficie de más de cien metros no es una actividad inocua, sino clasificada, y por tanto necesita de una comunicación previa.

En dos ocasiones nombra la vía penal. Dice en sus alegaciones que el reglamento que utiliza Yaiza es nulo y también su aplicación, y que usarlo, “a sabiendas de su nulidad, traslada la cuestión a otro ámbito jurídico distinto del derecho administrativo para quedar incardinado en el del derecho penal”.

En otra ocasión habla de trato discriminatorio reiterado por parte del Ayuntamiento porque es “muy distinto y muy agravado respecto del que ha dispensado a las otras tres bodegas situadas en el municipio de Yaiza, también reconocidas y declaradas, al igual que la Bodega Stratus, como Equipamientos Estructurantes del Paisaje Protegido de La Geria, que no han tenido problema alguno, no han sido clausuradas ni han sufrido perjuicio alguno a pesar de que su situación no era, según conoce esta parte, más favorable que la de la Bodega Stratus, lo que, además de constituir una segunda infracción de la Ley de Bases de Régimen Local, nos sitúa, de nuevo, en la antesala del derecho penal”.

Según la propiedad de la bodega, aunque el Plan de La Geria esté anulado, sus instalaciones siguen siendo “compatibles urbanísticamente con dicho Paisaje Protegido” porque el Plan, según sostiene, se anuló por un motivo formal. Finalmente, recurre a la nueva Ley del Suelo, que permite bodegas en cualquier categoría de suelo rústico. “Si esto es posible, tanto más lo será la viabilidad de aquellas instalaciones ya existentes en esos suelos”.

En suma, según Rosa, la Bodega Stratvs cumple las exigencias establecidas por la Ley del Suelo para la admisión de esa clase de instalaciones en cualquier categoría de suelo rústico y la legislación permite su localización en ese espacio.

En consecuencia, según las alegaciones, tanto la tienda como el restaurante de Stratvs, ambos cerrados, “en tanto que actividades complementarias de la bodega y de la explotación a la que sirve, tienen encaje preciso en el nuevo marco legal” y se trata de “usos autorizables”.

El complejo fue cerrado de forma cautelar por orden judicial en diciembre de 2013 porque “supera de manera exagerada y grosera lo inicialmente autorizado, ante los ojos de las instituciones públicas que pese a su conocimiento omitieron control alguno”.

La exigencia del propietario de Stratvs de abrir la tienda se produce a pesar de que el Tribunal Supremo ha ratificado las condenas por un delito contra la ordenación del territorio y otro de prevaricación por la licencia de actividad de la bodega, que acabó con la carrera política de la exalcaldesa Gladys Acuña, inhabilitada durante 14 años para cargo público.


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com