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NotaPublicado: Jue 04 Ene, 2007 11:09 am 
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Según el canarias 7:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el permiso de la Dirección General de Urbanismo del Gobierno canario para la obra de la Fundación César Manrique (FCM) en la Casa de las Cúpulas. La Sala anula el permiso para construir en suelo rústico y que acabó siendo de adecuación de vivienda como taller.

El fallo ordena retrotraer al inicio las actuaciones y volver al momento de solicitud inicial de la autorización para construir en suelo rústico, al tiempo que anula la autorización dada por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias el 2 de junio de 1999, a la Fundación César Manrique (FCM), para adecuación de vivienda como taller y espacio expositivo en la llamada popularmente Casa de las Cúpulas, aunque finalmente fue una construcción nueva de 680 metros en suelo prohibido por el PIOT.
El fallo respalda el recurso contencioso interpuesto por el particular Manuel Nicolás González Díaz, contra los permisos otorgados a la institución manriqueña, y no deja dudas sobre lo que los magistrados de la Sección Segunda califican de auténtica «incongruencia» por parte de la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias.
Dicha «incongruencia, confusión y ambigüedad», en que incurrió Urbanismo, se debe a que la FCM le solicitó permiso para construir un taller nuevo, aledaño a la casa de las cúpulas, y sin embargo, la Administración siguió un procedimiento de autorización para construir en suelo rústico, que sin embargo acabó con el otorgamiento de permiso para «adecuación de vivienda como taller y espacio expositivo».
Sin embargo, en base al dicho permiso de adecuación de vivienda como taller, y a la vista de los informes de los peritos, dice la sentencia que la FCM edificó 450 metros cuadrados, en suelo rústico de máxima protección, en una edificación anexa a otra existente, sin que la existente sufriera adecuación, aunque la superficie finalmente afectada por las nuevas obras fue de 686,34 metros, y no de 450 como preveía el proyecto.
La confusión es mayor al haber seguido la Administración un procedimiento para el otorgamiento de autorización para edificar en suelo rústico, ya derogado, consistente en la concesión de un permiso excepcional que contemplaba la Ley del Suelo Rústico 7/1987, que fue derogada en mayo de 1999.
La edificación, además, según la sentencia está y estaba entonces prohibida por el planeamiento insular vigente. La sentencia es recurrible en casación, aunque no podrá modificarse el fondo del fallo al afectar a derecho autonómico.


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NotaPublicado: Jue 04 Ene, 2007 3:54 pm 
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Según diariodelanzarote.com:

Comunicado de la FCM:
http://www.diariodelanzarote.com/docume ... upulas.pdf

El fallo del TSJC declara la nulidad de la autorización concedida en 1999 por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno autonómico para la construcción de un taller de actividades artísticas. La Fundación considera que la sentencia deja claro que dio “los pasos correctos, efectuó los trámites oportunos y presentó el anteproyecto requerido para solicitar la autorización que permitiera construir” el taller.

Al tiempo, subraya que el Alto Tribunal Canario “responsabiliza a la Administración de incurrir en incongruencia a la vista de la solicitud” y de la “documentación” presentada por la institución cultural para obtener la autorización acompañada. Así, la dirección general finalizó “el procedimiento con autorización de adecuación de vivienda como taller y espacio expositivo”, señala la FCM.

En todo caso, la Fundación manifiesta “que las obras realizadas, destinadas a cumplir un fin estrictamente cultural y de interés público, se han desarrollado en todo momento bajo la cobertura de las oportunas autorización y licencia, emitidas en su momento por las administraciones competentes”.

La entidad manriqueña destaca que la propia sentencia reconoce, “y reitera con insistencia, que la autorización de la Dirección General de Urbanismo se concedió en base al anteproyecto que definía la obra de nueva planta y que coincide, en lo esencial, con la obra ejecutada y ya terminada […]”.

“Del fallo del tribunal no se deriva, pues, ninguna irregularidad cometida por la FCM sino que los argumentos esgrimidos por la sala que han conducido a anular la autorización hacen recaer toda la responsabilidad en la actuación incorrecta de la Administración”, asevera la institución en un comunicado.

A la luz de la sentencia, la Fundación se considera “la principal perjudicada por el proceder incorrecto de la Administración” como consecuencia de “las actuaciones irregulares y la defectuosa tramitación del expediente administrativo que siguió a su acto de petición de autorización”. “Se convierte, de este modo, injustamente en víctima del funcionamiento deficiente de la administración concernida, que ha creado una situación evidente de inseguridad jurídica”, recalca.

Por otro lado, la Fundación César Manrique acata expresamente la sentencia y “aun cuando” dice que no la comparte, anuncia que “declinará recurrirla en las instancias oportunas” ante “la claridad con que la sala se pronuncia sobre el error de procedimiento imputable exclusivamente a la Administración autonómica a la hora de tramitar la petición de autorización solicitada por la Fundación para construir un taller en las inmediaciones de la Casa de las Cúpulas”.

Entiende la Fundación que, una vez que se ha pronunciado la sala del TSJC, es a la Administración regional “a la que corresponde defender sus actuaciones y emprender las acciones a que hubiere lugar para restituir la legalidad urbanística, pues la Administración , como reconoce el tribunal, es la única responsable de esos actos que han devenido en la susodicha anulación”.

Tras el fallo del TSJC, la FCM ha asegurado que –“siguiendo en su línea de reclamar el cumplimiento de la legalidad ambiental y urbanística”- “ instará a la ejecución provisional de la sentencia” . Además, a pesar de que la sentencia le permite volver a comenzar los trámites para obtener nuevamente la autorización pertinente, la Fundación ha indicado que “no tomará ninguna iniciativa en ese sentido”.

Asimismo, la entidad encargada de velar por el legado de César Manrique ha señalado que “no aspira a obtener más de lo que debe y le corresponde, pero sí espera ser restituida del perjuicio que se le ha causado”. Por tanto , “en el momento preciso, ejercerá su derecho a plantear, por el cauce adecuado, la oportuna reclamación por daños y perjuicios a las administraciones concernidas , tanto por los posibles daños causados a la imagen pública de la Fundación como a los económicos derivados de una eventual inviabilidad de la permanencia del taller”.

Además, la institución ha apuntado que este jueves que “continuará desarrollando con normalidad el proyecto de Residencia Taller para Artistas y las actividades pedagógicas vinculadas al mismo”, una apuesta considerada como “central del proyecto expositivo de la Fundación ”.

Por último, la Fundación César Manrique ha aprovechado para manifestar “públicamente” que “seguirá comprometida con su labor de defensa del territorio tal y como lo ha venido haciendo hasta la actualidad, con independencia de los intereses espurios que en el espacio público se ponen en juego , en ocasiones, para mermar el prestigio y la sostenida contribución a la cultura y el medio ambiente de la institución que lleva el nombre de César Manrique”.


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NotaPublicado: Lun 08 Ene, 2007 12:32 pm 
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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia:

http://www.diariodelanzarote.com/docume ... as_fcm.pdf


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NotaPublicado: Sab 14 May, 2011 10:11 am 
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Según Diario de Lanzarote:

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Gobierno de Canarias contra la sentencia del año 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por la que se anulaba la autorización de obras otorgada a la Fundación César Manrique (FCM) para el taller de la Casa de las Cúpulas, un edificio que se encuentra junto a la sede de la FCM en Tahíche.

Imagen

En junio de 1999, la Dirección General de Urbanismo de Canarias autorizó la adecuación de ese edificio, construido sobre lava volcánica en suelo rústico, como vivienda, taller y espacio expositivo.

La FCM pretendía llevar a cabo en ese espacio su proyecto 'Artistas en residencia', que consistía en invitar a artistas para que trabajaran en el taller y realizar posteriormente una exposición en la FCM sobre su visión de la Isla.

El asesor del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), Manuel Nicolás González, recurrió ese permiso y en 2006 el TSJC le dio la razón, anulándolo. La FCM decidió no recurrir la sentencia y además se ofreció a donar la Casa de las Cúpulas al Cabildo, aunque se rechazó esta propuesta.

En la sentencia que anulaba la autorización, el Tribunal señala que “se solicitaron y evacuaron los informes preceptivos en relación a una actuación en suelo rústico distinta de aquella que cuya autorización se había solicitado, lo que provocó a su vez que la autorización concedida por la resolución aquí recurrida fuese de todo punto incongruente con lo solicitado”.

Según el TSJC, “toda la tramitación desde el primer informe técnico de la propia Dirección General que ya se refería a adecuación de vivienda a casa taller y espacio y expositivo y no a edificación de un taller aledaño a dicha vivienda, se apartó de las normas o reglas de procedimiento".

"O, más correctamente, que no se siguió ningún procedimiento para determinar la procedencia de la autorización del concreto proyecto objeto de la solicitud de autorización", añade.

En aquel momento la FCM señaló que "la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias hace recaer toda la responsabilidad, en la actuación incorrecta de la Administración Autonómica".

La entidad cultural agregó que “dio los pasos correctos, efectuó los trámites oportunos y presentó el anteproyecto requerido para solicitar la autorización que permitiera construir un taller destinado a realizar prácticas artísticas”.

Tras el fallo del Supremo, el portavoz de la FCM, Alfredo Díaz, señala que quien debiera a dar explicaciones es el Gobierno de Canarias y que “si no se puede legalizar, que se demuela urgentemente”.

"Lo que no vamos a hacer", dice, "es pedir que se cambie el planeamiento municipal ni el Plan Insular ni que se creen normas especiales, ni emitir informes jurídicos para que el TSJC los tenga en cuenta", refiriéndose a los pasos que está dando el Cabildo para regularizar los hoteles ilegales, cuya ejecución de sentencia ha solicitado la Fundación.

Díaz señala que “la ley es igual para todos” y que “si se tiró Cho Vito y se tira la Casa de las Cúpulas, que se haga lo mismo con los hoteles que no cumplen la ley”.

Además, pide a la Administración que no mire para otro lado y afronte este problema y señala que “si alguien cree que con estas presiones vamos a cambiar estampitas, está equivocado”.

Sentencia del Tribunal Supremo:
http://www.diariodelanzarote.com/images ... upulas.pdf


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Traducción al español por Huan Manwë para phpbb-es.com